Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2003 (07/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003

caldia, en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM), en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles de emitida. Articulo Cuarto.- El Comite Especial Permanente se encargara de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04385

y con dispensa de tramite de aprobacion de acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el Programa de Recuperacion y Fiscalizacion Selectiva de Tributos Municipales dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA Anita. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Rentas, Unidad de Informatica y la Division de Fiscalizacion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Programa de Recuperacion y Fiscalizacion Selectiva de Tributos Municipales
ORDENANZA Nº 006-2003-MDSA MORDAZA MORDAZA, 28 de febrero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad del distrito de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo llevada a cabo el 28 de febrero del presente ano y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 36º inciso 3) de la Ley Nº 23583, Ley Organica de Municipalidades; VISTO: El Dictamen Nº 01-2003-CR/MDSA y el Informe Nº 038-2003-OAL/MDSA de la Comision de Rentas y de la Oficina de Asesoria Legal, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680 y concordante con el articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, el cual tambien establece que estas, como organos de gobierno local, tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la funcion de fiscalizacion es aquella mediante la cual se determina el incumplimiento de las obligaciones tributarias que tengan los contribuyentes, realizando un conjunto de acciones y tareas para obligarlos a cumplir con sus deudas; Que, la determinacion de la obligacion tributaria efectuada por el deudor tributario esta sujeta a fiscalizacion o verificacion por la administracion tributaria, la que podra ser modificada cuando constate la omision o inexactitud en la informacion proporcionada, emitiendo la Resolucion de Determinacion, Orden de Pago o Resolucion de Multa; Que, la Municipalidad requiere los servicios de persona, altamente calificada, natural o juridica, para realizar labores de fiscalizacion selectiva, por lo que es necesario requerir los servicios a traves de un concurso publico de conformidad con el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su respectivo reglamento aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM; De conformidad a las disposiciones acotadas, contando con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores

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Restituyen parrafo de disposicion complementaria de la Ordenanza Nº 0042000-MDSA
ORDENANZA Nº 007-2003-MDSA MORDAZA MORDAZA, 28 de febrero de 2003 VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de febrero del presente ano, el Dictamen Nº 0012003-CODUPE/MDSA y el Informe Nº 043-2003-OAL/ MDSA de la Comision de Obras, Desarrollo MORDAZA y Promocion Economica y de la Oficina de Asesoria Legal, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 0016-2001-MDSA de fecha 29 de octubre del 2001, el Concejo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA en sesion Ordinaria de fecha 27 de octubre del 2001 acordo la modificatoria del ultimo parrafo de la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ordenanza Nº 004-2000-MDSA quedando redactado en los siguientes terminos: "La Comision Mixta Distrital debera estar integrada por cuatro representantes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita: El Director Municipal quien la preside, el Director de Desarrollo MORDAZA, el Director de Rentas y un Regidor del Concejo Municipal, un Representante de la Direccion de Seguridad Vial (Unidad de Control de MORDAZA MORDAZA Este), un Representante de la Comisaria y tres Representantes acreditados de las Organizaciones de Transpor tistas de Vehiculos Menores." Que, dicho texto final es opuesto a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 009-200-MTC que modifica al D.S. Nº 004-2000-MTC que reglamenta la Ley del Transporte especial en Vehiculos Menores y quita facultades y disminuye la actuacion de los Regidores, por cuanto en este dispositivo indica que la Comision Tecnica Mixta esta conformada por representantes de la Municipalidad Distrital a traves de Regidores de la Comision de Transporte, Representantes de la Policia Nacional y Representantes acreditados de los transportistas debidamente registrados. Debemos entender que los representantes de la Municipalidad Distrital son regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA y que en todo caso debe presidirla; Del mismo, este texto modificado se contrapone a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 241-2000 MLM de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, de conformidad con el articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 0016-2001-MDSA.

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