Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2003 (07/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003

mento de La MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los Sitios Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 04315 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 062/INC MORDAZA, 13 de febrero de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 585 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 28 de fecha 5 de noviembre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 585, de fecha 5 de noviembre del 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a las Zonas Arqueologicas de Cerro Chaclacayo, California A y California B, ubicadas en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a las Zonas Arqueologicas de Cerro Chaclacayo, California A y California B, ubicadas en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico del nstituto Nacional de Cultura la elaboracion de los Planos de Delimitacion de las Zonas Arqueologicas Cerro Chaclacayo, California A y California B, con sus respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de

Patrimonio Cultural de la Nacion de las Zonas Arqueologicas mencionadas en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las Zonas Arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 04316 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 063/INC MORDAZA, 13 de febrero de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 596 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 29 de fecha 12 de noviembre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 596, de fecha 12 de noviembre del 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico Cementerio MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico Cementerio MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica. Articulo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitacion Perimetrica del Sitio Arqueologico Cementerio MORDAZA MORDAZA Nº 01, de fecha octubre del 2002, a escala 1/500, con un area de 8,233.50 metros cuadrados y un perimetro de 354.92 metros lineales, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Sitio Arqueologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado

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