Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2003 (10/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 10 de marzo de 2003

to, realizar las adquisiciones, cancelar a la empresa proveedora, recepcionar y distribuir los materiales adquiridos a las areas que hicieron los requerimientos, correspondiendo estas funciones a los responsables de los Sistemas de Abastecimiento, Tesoreria y Almacen Central y que su firma en el documento sustentatorio es solo MORDAZA de afectacion presupuestal, realizandose las demas acciones despues de la afectacion presupuestal; por lo que considera no haber cometido ninguna infraccion que pueda conllevar una responsabilidad administrativa; Que, de acuerdo con el analisis efectuado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, los descargos formulados por la procesada no desvirtuan las observaciones planteadas por la Oficina de Auditoria Interna, quedando evidenciado que con su firma en el Comprobante de Pago Nº 3482, MORDAZA indebidamente la cancelacion anticipada de los bienes que ingresarian tres meses despues, por lo que le asiste responsabilidad administrativa; Que, en cuanto a la Observacion Nº 05 del Informe de Auditoria: "Innecesaria adquisicion de suministros de computo ocasionaron perjuicio economico por S/. 3,884.50 Nuevos Soles", referida a la adquisicion, mediante Orden de Compra Nº 0422 de 10.ABR.1995, de suministros innecesarios, consistentes en 1500 unidades de diskettes 5 ¼ HD y DD que no han sido utilizados, deviniendo obsoletos y causando perjuicio economico a la institucion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Adquisiciones presento sus correspondientes descargos, manifestando la procesada, que los encargados de realizar los requerimientos para la adquisicion de suministros u otros bienes eran las Direcciones Generales de Bienestar Familiar, Integracion Social y Administracion, no habiendo podido cuestionar u objetar las adquisiciones de los mencionados suministros para computadoras, puesto que habian sido requeridos por las Direcciones Generales; que en cuanto a que en la fecha continuan en los almacenes dichos suministros, considera que no es responsable de que no se MORDAZA dado uso a dicho material; finalmente invoca el MORDAZA de causalidad previsto en el inciso 8) del Art. 230º de la Ley Nº 27444, Ley General de Procedimientos Administrativos, senalando que la responsabilidad debe recaer en quien realiza la conducta omisiva o activa, constitutiva de infraccion sancionable; Que, en cuanto a los descargos formulados por la procesada, los mismos no enervan las imputaciones formuladas; pudiendo destacarse la omision en que incurriera la ex Jefa de Adquisiciones de no percatarse que el suministro solicitado se encontraba en MORDAZA de obsolescencia, y que luego de adquirido, permaneciera almacenado sin comunicarse el hecho al area que lo requirio a fin de darle el uso debido; Que, estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF, los ex servidores del INABIF: MORDAZA RIZO PATRON MORDAZA, MORDAZA VELEZMORO LLUIYA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estan incursos en responsabilidad administrativa por la comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF; y, En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del Articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 830 y la Resolucion Suprema Nº 192-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer, a los ex servidores que a continuacion se indica, la sancion disciplinaria de cese temporal, prevista en el inciso c) del Articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por la comision de faltas disciplinarias previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del mismo dispositivo legal: - MORDAZA RIZO PATRON MORDAZA, cuatro (4) meses. - MORDAZA VELEZMORO LLUIYA, cuatro (4) meses. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuatro (4) meses. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tres (3) meses.

- MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuatro (4) meses. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuatro (4) meses. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a los mencionados ex servidores para los fines correspondientes. Articulo 3º.- La sancion disciplinaria impuesta a los mencionados ex servidores, se aplica sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal que les pudiera corresponder. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta 04439

PRODUCE
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del FONDEPES
DECRETO SUPREMO Nº 009-2003-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, regula la actuacion de la funcion administrativa del Estado y el procedimiento administrativo comun y establece el regimen juridico aplicable para que la actuacion de la Administracion Publica sirva a la proteccion del interes general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujecion al ordenamiento constitucional y juridico en general; Que la referida Ley Nº 27444 establece que todas las entidades del Sector Publico deben elaborar y aprobar o gestionar la aprobacion de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos de acuerdo a las normas de la citada Ley; Que por Decreto Supremo Nº 018-2001-PE se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; Que conforme a lo dispuesto en el MORDAZA de la Ley del Procedimiento Administrativo General, se ha elaborado un MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, a fin de adecuar los procedimientos que se siguen ante el FONDEPES, a las disposiciones de la citada Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), el mismo que consta de 11 procedimientos, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- La evaluacion de los expedientes administrativos que se encuentren en tramite se efectuara de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 018-2001-PE; en el caso que no se MORDAZA cumplido con todos los requisitos exigidos, sera de aplicacion inmediata el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por el articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Deroguese el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 018-2001-PE, asi como las normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

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