Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2003 (10/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, lunes 10 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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c) Propiciar la homologacion de requisitos, tasas y tramites para la construccion de viviendas o mejoramiento habitacional en todos los municipios del MORDAZA, asi como su cumplimiento obligatorio. d) Propiciar la flexibilizacion de las normas de calificacion crediticia o la busqueda de modalidades alternativas que faciliten el acceso al credito a la poblacion de menores ingresos. e) Propiciar la instrumentacion de programas que racionalicen costos de originacion de creditos, reduzcan plazos, homogenicen requisitos y contratos para la adquisicion de vivienda nueva, construccion en sitio propio o mejoramiento habitacional. 5.4 Complementacion habitacional a) Identificar, proponer e impulsar, de manera coordinada y concertada, la dotacion o complementacion de infraestructura MORDAZA (abastecimiento de agua potable, recoleccion, tratamiento y disposicion de aguas servidas y aguas de lluvias, disposicion de excretas, alumbrado domestico y publico, teleservicios, radiodifusion) equipamiento MORDAZA social (salud, educacion y recreacion), economico (industria, comercio, turismo), institucional (seguridad, justicia) y proteccion ambiental urbana. b) Facilitar a la poblacion MORDAZA y rural el acceso, uso y disfrute de los espacios publicos libres de caracter civico, deportivo, natural y zonas verdes, respecto de estandares minimos preestablecidos. 5.5 Financiamiento habitacional

dad juridica a tenerse presente a la hora de optar por la adquisicion o mejoramiento de una solucion habitacional. f) Desarrollar campanas encaminadas al cambio de actitudes de la poblacion, agentes economicos, agentes sociales y otras entidades del Estado respecto de la importancia social y economica de la vivienda, la necesidad de facilitar, por un lado, y la conveniencia por otro, de acceder a una vivienda de manera MORDAZA y a precios asequibles, asi como la no necesaria perpetuidad de su uso residencial en el tiempo. 5.7 Gestion habitacional a) Coordinar la politica nacional de vivienda y sus acciones de politica con las organizaciones publicas de alcance nacional, regional o local, con la poblacion beneficiaria, la sociedad civil y los agentes economicos. b) Fortalecer las capacidades locales de los gobiernos municipales en su calidad de promotores y ejecutores de la politica MORDAZA, dentro de su ambito de competencia territorial. c) Promover una mayor eficiencia y eficacia operativa de los organismos regionales y locales respecto de los procesos de zonificacion, aprobacion de expedientes, otorgamiento de licencias y recepcion de obras residenciales d) Fortalecer los organismos nacionales encargados de la formulacion y ejecucion de la Politica Nacional de Vivienda. 04672

a) Lograr un mayor flujo de recursos financieros para apoyar la adquisicion, construccion y mejoramiento habitacional. b) Propiciar la constitucion de un sistema de financiamiento habitacional a partir del conjunto de instrumentos de captacion y mecanismos de prestamo existentes o por crearse y su complementacion con la existencia de una aseguradora hipotecaria que los engarce. c) Impulsar el MORDAZA primario de hipotecas y desarrollar el MORDAZA MORDAZA mediante la mayor participacion de inversionistas institucionales y del MORDAZA de capitales en general. d) Facilitar el acceso de la poblacion de menores ingresos a una vivienda adecuada, complementando su esfuerzo familiar, flexibilizando las exigencias crediticias y garantizando la cobertura del riesgo crediticio. e) Disponer de mecanismos de apoyo estatal para la poblacion de menores ingresos en su esfuerzo por adquirir una vivienda de interes social prioritario, la construccion en sitio propio o el mejoramiento de su vivienda. Uno de los principales mecanismos de apoyo, lo constituye el MORDAZA Familiar Habitacional, creado por la Ley Nº 27829. f) Establecer nuevos instrumentos y mecanismos financieros o potenciar los existentes con el proposito de complementar la capacidad financiera de las empresas inmobiliarias residenciales, en lo concerniente a la prestacion de recursos para capital de trabajo necesarios para la construccion de vivienda nueva para la poblacion de menores ingresos. 5.6 Fomento y promocion habitacional a) Crear mecanismos de apoyo a la poblacion peruana para la provision de una vivienda propia o arrendada en base a los principios de complementacion del esfuerzo propio, progresividad, objetividad, transparencia y equidad social y territorial. b) Proponer incentivos para la inversion privada social o empresarial que desarrollen acciones encaminadas a la produccion, adquisicion y mejoramiento habitacional de gran escala en localidades de preferente interes socioeconomico, tales como, renovacion MORDAZA, reurbanizacion o macroproyectos residenciales. c) Instituir un sistema de informacion habitacional a partir de MORDAZA primarias y secundarias que coadyuven a la mejor toma de decisiones del sector publico y privado. d) Instaurar un sistema de promocion de inversiones inmobiliarias residenciales en terminos de identificacion, seleccion, elaboracion, difusion, orientacion comercial y apoyo a la venta para los agentes economicos. e) Constituir un sistema de difusion y orientacion a las personas naturales y familias del ambito MORDAZA y rural respecto de las oportunidades de MORDAZA existentes, las MORDAZA de financiamiento disponible, parametros de calidad habitacional comparables y seguri-

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 959-2002-JEF/RENIEC
MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 Visto el Memorandum Nº 1416-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 237, 223-2001/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 075-2002-GAJ/PPU/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 3 de diciembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que las personas no identificadas que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo, con el objetivo de usurpar la identidad de los verdaderos ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rojas; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulte responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;

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