Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2004 (18/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2004

Que, con Facsimil (DGS) Nº 436 de fecha 26 de MORDAZA del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por la Embajada de la Republica del Ecuador, en el Peru solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de la Fuerza Aerea Ecuatoriana, del 16 al 20 de agosto del presente ano, con la finalidad de participar en la IX Reunion Bilateral de Inteligencia entre las Fuerzas Aereas de Ecuador y Peru; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Fuerza Aerea de la Republica del Ecuador, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 16 al 20 de agosto del 2004, con la finalidad de participar en la IX Reunion Bilateral de Inteligencia entre las Fuerzas Aereas de Ecuador y Peru. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 15034
RESOLUCION SUPREMA Nº 352-2004-DE/SG

De conformidad con la Ley Nº 27856;

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal militar del Instituto de Investigacion de Enfermedades Tropicales - NMRCD, del Departamento de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyos nombres figuran en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, por los motivos y en las fechas que a continuacion se indican: - Dirigir y evaluar el programa de malaria en el Instituto de Investigacion de Enfermedades Tropicales - NMRCD, del 16 al 19 de agosto del 2004. - Estudio de vacunas contra la malaria, del 16 al 25 de agosto del 2004. - Visita a laboratorios del Instituto de Investigacion de Enfermedades Tropicales - NMRCD en MORDAZA e Iquitos, del 24 de agosto al 1 de setiembre del 2004. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 15035
RESOLUCION SUPREMA Nº 353-2004-DE/SG

MORDAZA, 16 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimiles (DGS) Nºs. 406, 407 y 408 de fechas 19 de MORDAZA del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por el Jefe del Instituto de Investigacion de Enfermedades Tropicales - NMRCD, del Departamento de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar estadounidense, entre el 16 de agosto y el 1 de setiembre del 2004, con la finalidad de realizar visitas y actividades academicas; y,

MORDAZA, 16 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS) Nº 442 de fecha 2 de agosto del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de MORDAZA, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar estadounidense, del 22 al 28 agosto del presente ano, con la finalidad de realizar un MORDAZA sobre Operaciones de Paz; y, De conformidad con la Ley Nº 27856;

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