Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2004 (18/08/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2004

Que, lo dispuesto por este Organo de Gobierno constituye un acto de administracion de obligatorio cumplimiento, puesto que no se puede permitir que el servicio de administracion de justicia, declarado como Servicio Publico Esencial por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica mediante Resolucion Administrativa Nº 006-2003-SP-CS su fecha 30 de octubre del 2003, permanezca paralizado indefinidamente, en detrimento de los derechos de las personas, fin supremo de la Sociedad y del Estado; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de vacaciones, y del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, por encontrarse en una reunion de trabajo, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente las peticiones formuladas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ica y Amazonas, asi como por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para suspender la convocatoria de contratacion de personal que permita reiniciar el servicio de administracion de justicia en los Organos de Emergencia; debiendose proceder a la ejecucion inmediata de lo dispuesto por Resolucion Administrativa Nº 142-2004-CE-PJ, su fecha 2 de los corrientes, la que mantiene todos sus efectos, dando cuenta de las acciones adoptadas. Articulo Segundo.- Remitir al Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, fotocopia de los documentos remitidos por las Cortes Superiores de Justicia de Ica y de Amazonas, asi como por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para que proceda con arreglo a su competencia. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA 15004

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Amplian facultades contenidas en la Res. Adm. Nº 231-2003-P-PJ a fin que procurador inicie diversas acciones judiciales sobre responsabilidad civil y penal
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 101-2004-P-PJ

Que, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 231-2003-P-PJ, de fecha 31 de diciembre de 2003, se deja sin efecto las Resoluciones Administrativas Nºs. 138-2001-P-PJ y 177-2002P-PJ, asimismo se autoriza a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de acciones legales contra la empresa JORMAN Sociedad Constructora S.A., quien fuera ejecutor de la obra: "Modulo Basico de Justicia de MORDAZA ­ Loreto"; Que, mediante Informe Especial Nº 004-2001-PJ-OIG, efectuado en el MORDAZA de las acciones no programadas en el Plan Anual de Auditoria Gubernamental del ano 2000 de la Oficina de Inspectoria General e Informe Nº 006-2001-PJ-OIG ­ Examen Especial a la Ejecucion de Obras y su Liquidacion en el MORDAZA del MORDAZA de Modernizacion y Reforma del Poder Judicial, las Comisiones de Auditoria, verificaron la existencia de deficiencias en la construccion del "Modulo Basico de Justicia de MORDAZA ­ Loreto" por parte de la empresa JORMAN Sociedad Constructora S.A., consistente en la utilizacion de ladrillo distinto al especificado en el Expediente Tecnico de la Obra que exige el empleo de ladrillo MORDAZA MORDAZA Kong. Igualmente, se determino un pago indebido a la citada Empresa contratista, en la valorizacion Nº 05 por la ejecucion de las partidas "conexion a la red de agua" y "conexion a la red de desague", trabajos que no fueron ejecutados debido a que la MORDAZA de ubicacion del Modulo no cuenta con las redes publicas de agua y desague, sin embargo en la liquidacion final de la Obra, estas partidas no realizadas, figuran como ejecutadas por la Empresa contratista; Que, al respecto segun los Informes acotados, los funcionarios del Poder Judicial ex Coordinador de Obra Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Jefe del Area de Control y Ejecucion de Obras Ing. MORDAZA MORDAZA Galiano y el ex Supervisor de Obra, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han incurrido en omisiones en el cumplimiento de sus funciones al no haber observado y rechazado en su oportunidad el uso antirreglamentario del Expediente Tecnico de Obra y del Contrato suscrito, asi como no ejercieron los mecanismos de control y aprobaron el pago de las conexiones de agua y desague no efectuadas, causando un perjuicio economico a la institucion determinado en la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 231-2003-P-PJ; Que, conforme a los hechos detallados existe presunta responsabilidad civil y penal por parte del ex Coordinador de Obra Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, del ex Supervisor de Obra, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vega. Asimismo, existe responsabilidad civil en el ex Jefe del Area de Control y Ejecucion de Obras Ing. MORDAZA MORDAZA Galiano; Que, en ese sentido y por MORDAZA de economia, es necesario ampliar las facultades de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial contenidas en la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 231-2003-P-PJ, a fin de que se le autorice, ademas el inicio de acciones judiciales contra el ex Coordinador de Obra Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Jefe del Area de Control y Ejecucion de Obras Ing. MORDAZA MORDAZA Galiano y el ex Supervisor de Obra, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vega; Que, en uso de las facultades conferidas en el Articulo 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº 27465 y Ley Nº 27536 y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre representacion y defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; RESUELVE: Articulo 1º.- AMPLIAR las facultades contenidas en la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 231-2003-P-PJ, de fecha 31 de diciembre de 2003, en el sentido de que se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de acciones judiciales contra el ex Coordinador de Obra Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Jefe del Area de Control y Ejecucion de Obras Ing. MORDAZA MORDAZA Galiano y el ex Supervisor de Obra, Ing. Leo-

MORDAZA, 12 de agosto del 2004 VISTO: El Oficio Nº 880-2004-PJ-CE/PP, remitido por la Procuraduria Publica del Poder Judicial respecto a las acciones judiciales contra la empresa JORMAN Sociedad Constructora S.A.;

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