Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2004 (18/08/2004)


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VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2004

El expediente Nº 200000140 presentado por Southern Peru Copper Corporation y el Memorandum N° 30992004-EF/94.45 de fecha 10 de agosto de 2004 de la Gerencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, Southern Peru Copper Corporation es una sociedad constituida bajo las leyes del Estado de Delaware, de los Estados Unidos de America; Que, mediante Sesion de Directorio de Southern Peru Copper Corporation de fecha 31 de MORDAZA de 1998, ratificada por Sesion de Directorio de fecha 17 de diciembre de 1999, se acordo aprobar la emision de bonos en el Peru, hasta por un total de US$ 200 000 000,00 (Doscientos millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), directamente o a traves de su sucursal en el Peru, delegando facultades al Presidente, el Presidente del Comite Ejecutivo, Vicepresidentes Ejecutivos y Funcionarios Principales de Finanzas y Operaciones, Vicepresidentes Legal y de Finanzas, para establecer las fechas, montos y demas terminos y condiciones de las emisiones, asi como otorgandoles la posibilidad de delegar estas facultades en terceras personas; Que, mediante la Resolucion Gerencia General Nº 039-2000-EF/94.11 de fecha 16 de junio de 2000, se aprobo el tramite anticipado y se dispuso el registro en el Registro Publico del MORDAZA de Valores del prospecto MORDAZA correspondiente al primer programa de emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Southern Peru", hasta por un monto MORDAZA de US$ 200 000 000,00 (Doscientos millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en la moneda de emision; Que, mediante la Resolucion Gerencia General N° 142-2001-EF/94.11 de fecha 30 de noviembre de 2001, se dispuso el registro de las variaciones fundamentales del prospecto MORDAZA registrado mediante Resolucion Gerencia General Nº 039-2000-EF/94.11, correspondiente al primer programa de emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Southern Peru", ampliandose el monto del programa hasta por un monto MORDAZA de US$ 750 000 000,00 (Setecientos cincuenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en la moneda de emision, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante la Resolucion Gerencia General Nº 041-2002-EF/94.11 de fecha 19 de junio de 2002, se aprobo la renovacion del tramite anticipado y se dispuso el registro en el Registro Publico del MORDAZA de Valores del MORDAZA prospecto MORDAZA correspondiente al primer programa de emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Southern Peru", hasta por un monto MORDAZA de US$ 750 000 000,00 (Setecientos cincuenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en la moneda de emision; Que, en merito a las facultades que le fueron otorgadas y de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato MORDAZA de Emision, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Presidente y Director General de la sociedad, ha decidido prorrogar el plazo de vigencia del referido programa y de la renovacion del tramite anticipado por dos anos adicionales; Que, con fecha 19 de MORDAZA de 2004, Southern Peru Copper Corporation solicito a CONASEV la aprobacion de la renovacion del tramite anticipado correspondiente a la oferta publica primaria de bonos, y el registro del tercer prospecto MORDAZA del "Primer Programa de Bonos Southern Peru" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliar ios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como las disposiciones apro-

badas mediante Resolucion Gerencia General Nº 21198-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Supremo N° 093-2002-EF, el articulo 14 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como lo establecido en sesion del Directorio de CONASEV de fecha 06 de MORDAZA de 1999, de acuerdo con lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar el tramite anticipado de inscripcion de valores y/o registro de prospectos, disponer el registro de los prospectos informativos, asi como la inscripcion de programas de emision; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la renovacion del tramite anticipado correspondiente a la oferta publica primaria de bonos de Southern Peru Copper Corporation, y disponer el registro del tercer prospecto MORDAZA informativo correspondiente al primer programa de emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Southern Per u", hasta por un monto MORDAZA de US$ 750 000 000,00 (Setecientos cincuenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en la moneda de emision, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- En tanto Southern Peru Copper Corporation mantenga su condicion de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse MORDAZA valores tipicos, la inscripcion de los bonos y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta publica a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion se entenderan efectuados su fecha de entrada en vigencia. En su defecto, la inscripcion de los referidos valores, asi como el registro de dichos prospectos se sujetara a lo dispuesto en el numeral 2, inciso b) del articulo 14° del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 3º.- La oferta publica de los valores a realizarse en el MORDAZA del primer programa de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Southern Peru", debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25º y, de ser el caso, en el articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y el emisor debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º de dicho Reglamento. La colocacion de los bonos debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, y siempre y cuando el plazo del programa y del tramite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga, en ningun caso, podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 4º.- La aprobacion, la inscripcion y el registro a que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a Southern Peru Copper Corporation, al Banco de Credito del Peru, en su calidad de agente estructurador y representante de los obligacionistas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A, en su calidad de agente colocador; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HIGA TAMASHIRO Gerente General 14659

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