Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2004 (18/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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traloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 14929

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito de peculado en agravio de la Universidad Nacional de MORDAZA - UNT
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 324-2004-CG

cion del servidor publico de obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para si o para otros, asi como de utilizar o disponer bienes de la entidad publ i c a e n b e n e f i c i o p r o p i o o d e t e r c e r o s , respectivamente; situacion que ha generado un perjuicio economico a la Universidad ascendente a S/. 8,400.00 Nuevos Soles, segun los informes elaborados, provenientes del pago de subvenciones sociales, a efectos de cubrir los costos de las actividades de dicho Ente, no considerado dentro de la estructura organico- presupuestaria de la Universidad Nacional de MORDAZA, incurriendo en indicios razonables del presunto delito de Peculado Doloso en la modalidad agravada, al tratarse de recursos de indole asistencial educativos, hecho tipificado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica- Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes, en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA, 16 de agosto de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 136-2004-CG/EA, resultante del Examen Especial practicado a la Universidad Nacional de MORDAZA -UNT, periodo 2000 - 2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, en uso de sus facultades, dispuso la ejecucion de un Examen Especial en la Universidad Nacional de Trujillo- UNT, por el periodo 2000 - 2002, en merito a las denuncias presentadas por la comunidad universitaria; Que, en el contexto de lo actuado en el referido Examen Especial, la Comision de Auditoria ha determinado la existencia de irregularidades cometidas en la creacion y funcionamiento de la Encuestadora de la UNT, sin contar con las aprobaciones requeridas por los organos competentes Ejecutivos y de Direccion de dicho Centro de Estudios, lo que ha conllevado a la disposicion anomala de los recursos de la UNT por parte de la autoridad bajo cuya administracion se encontraban, con la participacion de otro funcionario de la entidad mediante la elaboracion de informes sustentatorios; Que, la situacion expuesta precedentemente, proviene de la inadecuada aplicacion de las normas correspondientes a la Ley Universitaria Nº 23733, Reglamento y Estatuto de la Universidad Nacional de MORDAZA (Resolucion Rectoral Nº 1533-93/UNT, y Acta de Sesion Solemne del 04.Jul.1984, respectivamente), al haber servido la Encuestadora para el proposito de la medicion de la intencion de MORDAZA de la colectividad en favor de dicho funcionario, con ocasion de los Comicios Electorales Municipales durante el ano 2002, en transgresion del numeral 2 del articulo 8º de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica Nº 27815, y asi como del inciso f) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, relativos a la prohibi-

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 14928 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 317-2004-CG Mediante Oficio Nº 534-2004-CG/SGE, la Contraloria General de la Republica solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Contraloria Nº 317-2004CG, publicada en nuestra edicion del dia 7 de agosto de 2004. DICE: Articulo Segundo.- (...): Tarifa CORPAC US$ DEBE DECIR: Articulo Segundo.- (...): Tarifa CORPAC US$ 14920 28,24 29,50

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