Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2004 (01/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2004

sionado una sobrecarga procesal en los Modulos Corporativos de los Juzgados Civiles ubicados en los pisos 07, 13, 14 y 15, en comparacion con los ingresos de los Modulos Corporativos de los Juzgados Civiles de los Pisos 16, 17, 18, 19 y 20; Que, siendo asi, el Presidente de la Corte Superior de Justicia al ser la MORDAZA Autoridad Administrativa del Distrito Judicial a su cargo, debera adoptar las acciones que resulten necesarias, a fin de que la sobre carga de acciones de garantia que ascienden a 24,046 expedientes, no afecte aun mas el servicio de administracion de justicia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- DEJAR sin efecto la Resolucion Administrativa Nº 100-2001-P-CSJLI/PJ, DISPONIENDOSE que las demandas de procesos de MORDAZA, Cumplimiento y Habeas Data que ingresen a partir del 1 de diciembre del presente ano MORDAZA distribuidas en forma equitativa y aleatoria entre los 66 Juzgados Especializados en lo Civil de MORDAZA, que funcionan en la sede MORDAZA Valdez. Segundo.- INCORPORESE a partir de la fecha indicada en el articulo precedente, al 52º, 60º, 61º y 62º Juzgados Civiles para el conocimiento de las acciones de garantia senaladas en la Ley 28237, continuando estos con el tramite de los procesos en los que se aplique el Codigo de Procedimientos Civiles. Tercero.- DISPONER el cierre de turno temporal de los Juzgados que conforman los Modulos del Piso 7 (63º, 64º, 65º y 66º Juzgados Civiles), Piso 13 (1º, 2º, 4º, 6º, 7º, 11º y 26º Juzgados Civiles), Piso 14 (3º, 5º, 10º, 12º, 16º, 17º y 23º Juzgados Civiles) y Piso 15 (8º, 14º, 15º, 18º, 22º, 25º y 28º Juzgados Civiles), solo para el ingreso de las acciones de garantia, hasta el 17 de diciembre inclusive, debiendo recepcionar las demandas que correspondan a dicha subespecialidad. Cuarto.- DISPONER que el Juzgado Civil-Tradicional de Chaclacayo, sea competente ademas de los procesos para el conocimiento de las acciones de garantia senaladas en la Ley Nº 28237. Quinto.- DISPONER que la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, realice el monitoreo del sistema SIREJ, para procurar una distribucion equitativa y aleatoria de los procesos que ingresen a los Juzgados Civiles ubicados en el Edificio MORDAZA Valdez. Sexto.- DISPONER que la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice las coordinaciones respectivas con la Subgerencia de Desarrollo Informatico y Redes y Comunicaciones de la Gerencia de Informatica de la Gerencia General, a efectos de llevar a cabo las modificaciones necesarias para comprender en el Sistema Informatico de Registro de Expedientes Judiciales la asignacion aleatoria y equitativa de las acciones de garantia. Setimo.- DISPONER que al termino del plazo en el que permanecera cerrado el turno de los Juzgados a que se contrae el articulo tercero de la presente resolucion, la Oficina de Desarrollo de la Presidencia coordine con la Gerencia de Informatica de la Gerencia General para la distribucion equitativa y aleatoria de las acciones de garantias que MORDAZA competentes los Juzgados Especializados. Octavo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina de Desarrollo de la Presidencia, Oficina de Administracion Distrital, Administracion del MORDAZA Despacho Judicial y Servicios Judiciales, Administradora del Centro de Distribucion General del Edificio MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y Juzgados Especializados en lo Civil para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 21697

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a PRONAMACHCS conducir MORDAZA de seleccion para la designacion de sociedades de auditoria que efectuen examenes de gastos de diversas agencias zonales
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 482-2004-CG MORDAZA, 26 de noviembre de 2004 Visto; la Hoja de Recomendacion Nº 060-2004-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre la procedencia de otorgar autorizacion al Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, para conducir el MORDAZA de seleccion de sociedades de auditoria que efectuen los examenes especiales de los gastos de diversas agencias zonales pendientes de rendicion al 31.DIC.2003 reveladas en las auditorias financieras de los Convenios de Prestamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PEP27 del ejercicio 2003; CONSIDERANDO: Que, el Banco de Japon para la Cooperacion Internacional (JBIC) y la Republica del Peru suscribieron los Convenios de Prestamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27 para los Proyectos de Manejo de Recursos Naturales y Alivio de la Pobreza en la MORDAZA I, II y III, respectivamente, constituyendose el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos PRONAMACHCS como agencia ejecutora de los mencionados proyectos; Que, PRONAMACHCS con el Oficio Nº 953/2004AG-PRONAMACHCS-GG solicita la autorizacion para la conduccion del MORDAZA de seleccion de sociedades de auditoria que realicen los examenes especiales para la revision de los gastos de las agencias zonales financiadas con recursos de los Convenios de Prestamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27, que mostraban saldos pendientes de rendicion al 31.DIC.2003, reveladas en las auditorias financieras de los mencionados convenios del ejercicio 2003; Que, asimismo, se ha determinado que en los Lineamientos para el empleo de consultores bajo los Prestamos JBIC-ODA y en los Convenios de Prestamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27 se establecen procedimientos especificos que difieren de los regulados por el Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria; Que, el articulo 49º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por la Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG de 25.ABR.2003, regula que cuando las disposiciones de un convenio y/o las normas de un organismo internacional establecen un procedimiento especifico para la designacion de una sociedad, la Contraloria General de la Republica autoriza a la Entidad la conduccion del MORDAZA de seleccion correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y de conformidad con lo establecido en el articulo 49º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a PRONAMACHCS, la conduccion del MORDAZA de seleccion para la designacion de sociedades de auditoria que efectuen los examenes especiales de los gastos de diversas agencias zonales pendientes de rendicion al 31.DIC.2003 reveladas en las auditorias financieras de los Convenios de Prestamo Nºs. PE-P17, PE-P23 y PE-P27 del ejercicio 2003.

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