Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2004 (01/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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4.- Uso del Predio: Centros Educativos, Institutos Superiores, Universidades, Clubes y Asociaciones
RANGOS EN FUNCION AL TAMANO DEL PREDIO (M2) Hasta 90.00 Hasta 120.00 Hasta 150.00 Hasta 200.00 Hasta 250,00 Hasta 300,00 Hasta 400.00 Hasta 500.00 Hasta 800.00 Hasta 1,000.00 Mas de 1,000.01 LIMPIEZA PUBLICA 6,00 10,00 20,00 30,00 50,00 70,00 100,00 150,00 200,00 400,00 800,00 PARQUES Y SERENAZGO JARDINES PUBLICOS 3,00 2,00 7,00 6,00 15,00 12,00 25,00 20,00 40,00 30,00 60,00 50,00 80,00 70,00 120,00 100,00 180,00 150,00 300,00 250,00 700,00 600,00

De De De De De De De De De

90.01 120.01 150.01 200.01 250,01 300,01 400,01 500.01 800.01

minar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, asi como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial. Para la distribucion entre los contribuyentes de una municipalidad, del costo de las tasas por servicios publicos o arbitrios, se debera utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio publico involucrado, entre otros criterios que resulten validos para la distribucion: el uso, tamano y ubicacion del predio del contribuyente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Otorguese un descuento del 20% para los pensionistas que gozan del beneficio establecido en el Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley del Sistema Tributario Municipal y sus modificatorias, siempre y cuando la integridad el predio este destinado a MORDAZA habitacion. Segunda.- Como consecuencia de la nueva metodologia establecida en el Articulo 24º del Decreto Legislativo Nº 952, asi como los lineamientos de la Comision de acceso al MORDAZA sobre tributacion municipal - INDECOPI, la Municipalidad de San MORDAZA de Porres ha determinado los nuevos montos de los arbitrios municipales (Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos), los mismos que en ningun caso podra ser incrementado en un porcentaje superior a la variacion de los costos de la anterior Ordenanza, fijandose como tope el 35% y para el caso del arbitrio de Serenazgo no sera mayor al de Parques y Jardines Publicos. Tercera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas Reglamentarias para su aplicacion. Cuarta.- La siguiente Ordenanza rige al dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo del Concejo Metropolitano de MORDAZA que apruebe su ratificacion. POR TANTO: Mando registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21619

5.- Uso del Predio: Instituciones Publicas, Organismos Internacionales y Gobierno Central
RANGOS EN FUNCION AL TAMANO DEL PREDIO (M2) Hasta 100.00 10,00 100.01 Hasta 150.00 150.01 Hasta 200.00 200.01 Hasta 250.00 250.01 Hasta 300,00 300,01 Hasta 350,00 350,01 Hasta 400,00 400,01 Hasta 500,00 500,01 Hasta 800,00 800,01 Hasta 1,000,00 Mas de 1,000,01 LIMPIEZA PUBLICA 5,00 30,00 70,00 100,00 150,00 200,00 250,00 300,00 350,00 400,00 500,00 PARQUES Y SERENAZGO JARDINES PUBLICOS 4,00 10,00 8,00 30,00 25,00 50,00 40,00 80,00 70,00 120,00 100,00 180,00 150,00 240,00 200,00 300,00 250,00 350,00 300,00 500,00 400,00

De De De De De De De De De

6.- Uso del Predio: Mercados
RANGOS EN FUNCION AL TAMANO DEL PREDIO (M2) Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Mas de 250.00 400.00 800.00 1,000,00 2,000.00 4,000.00 4,000.01 LIMPIEZA PUBLICA 10,00 30,00 50,00 100,00 200,00 300,00 400,00 PARQUES Y SERENAZGO JARDINES PUBLICOS 5,00 5,00 20,00 20,00 40,00 40,00 80,00 80,00 150,00 150,00 250,00 200,00 350,00 300,00

De 250.01 De 400.01 De 800.01 De 1,000.01 De 2,000.01

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Autorizan viajes de Gerente de Juventud y regidor para participar en eventos que se realizaran en MORDAZA y Brasil
ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2004/MVES MORDAZA El MORDAZA, 19 de noviembre de 2004 Visto: La Carta de Invitacion cursada por parte del MORDAZA de Reze, asi como la Carta de otorgamiento de beca de la Organizacion para el Desarrollo de MORDAZA Latina y el Caribe; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Gilles Retiere, de la MORDAZA Hermana de Reze, cursa una carta al MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para invitar al Gerente de Juventud, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de participar en el Foro Mundial de la Juventud de la Region de Loire, y el desarrollo de un periodo de practicas para ARPEJ, asociacion encargada de la gestion de los servicios para jovenes, a realizarse entre el 21 de noviembre al 4 de diciembre; los mismos que se realizaran en la MORDAZA de Nantes y Reze, respectivamente;

USUFRUCTUO EN AREAS DE DOMINIO PUBLICO
CONCEPTO LIMPIEZA PUBLICA TONELADA 3,0 TASA 0,50 DIARIO 1,500 MENSUAL 45.000

Articulo 12º.- TARIFA SOCIAL Para aquellos predios que se encuentran en Asentamientos Humanos y/o en MORDAZA de expansion MORDAZA pagaran por el servicios de los Arbitrios municipales de Limpieza Publica (S/. 3.00), Parques y Jardines Publicos (S/. 2.00) y de Serenazgo (S/. 1.00) lo cual asciende a S/. 6.00 (Seis y 00/100 nuevos soles) en forma mensual, siempre y cuando su autoavaluo no exceda de 03 (Tres) Unidades Impositivas Tributarias Vigentes. Articulo 13º.- JUSTIFICACION TECNICA DE LA DETERMINACION DE LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES De acuerdo a lo establecido en el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley del Sistema Tributario Municipal y su modificatoria el Decreto Legislativo Nº 952, las tasas por servicios publicos o arbitrios, se calcularan dentro del ultimo trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion, en funcion al costo efectivo del servicio a prestar, las mismas que deberan sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan deter-

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