Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2004 (01/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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74º de la Constitucion Politica del Estado, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, senala expresamente que los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, habiendose otorgado mediante Ordenanza Nº 051-2004-MDPH, el Beneficio de Regularizacion Tributaria inicialmente hasta el 31 de octubre del ano en curso, el responsable de la Oficina de Rentas de esta Municipalidad mediante el informe de vistos, solicita la dacion del Decreto de Alcaldia correspondiente para la Prorroga de la Ordenanza MORDAZA mencionada, hasta el treinta (30) de noviembre del presente, a fin de cumplir con el pedido de numerosos contribuyentes que por una u otra razon, no han podido cumplir con sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas en el inciso 6), Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 051-2004-MDPH, que aprobo el Beneficio de Regularizacion Tributaria, hasta el treinta (30) de noviembre del 2004, por los fundamentos expuestos. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina de Rentas, el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 21629

Contrataciones en la cual se incluye el MORDAZA de seleccion materia de observacion, contraviniendo por lo tanto con las normas legales correspondientes; Que, mediante Ordenanza Nº 054-2003-MDPH la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA ha aprobado su Tasa de Estacionamiento Vehicular, a fin de brindar dichos servicios a sus veraneantes de las playas de veraneo de su jurisdiccion, siendo por tanto imprescindible para la Municipalidad el pronto inicio de los mismos; Que el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad de un MORDAZA de seleccion, en tanto se MORDAZA incurrido en algunas de las causales establecidas en el articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; Que, el articulo 57º del TUO de la Ley citada, indica que son nulos los actos administrativos cuando son dictados por organo incompetente, contravenga las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 20º numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad de oficio del Concurso Publico Nº 001-2004-CE-MDPH, para la contratacion del servicio de Cobranza del derecho de estacionamiento vehicular en las playas de veraneo del distrito de Punta MORDAZA en la temporada de MORDAZA 20042005, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo Segundo.- DISPONER de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias siguientes de su expedicion. Articulo Tercero.- NOTIFICAR (la presente Resolucion a todos los adquirientes de las Bases del precitado Concurso Publico dentro de los cinco dias siguientes de su expedicion; asimismo proceder a la devolucion de lo pagado por concepto de compra de Bases a cada uno de los adquirientes. Articulo Cuarto.- RECOMENDAR a los miembros del Comite Especial observen mayor celo en el cumplimiento de sus funciones cuando les corresponda asumir dicha funcion en los proximos procesos. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia a la Gerencia Municipal, miembros del Comite designado y suplentes y a todas las Unidades Organicas en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 21717

Declaran nulidad del Concurso Publico Nº 001-2004-CE-MDPH para la contratacion del servicio de cobranza por estacionamiento vehicular en playas del distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0497-2004-MDPH Punta MORDAZA, 25 de noviembre del 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 001-CECP-004 del Comite Especial del Concurso Publico Nº 01-2004-CE-MDPH para la contratacion del servicio de cobranza del derecho de estacionamiento vehicular en las playas de veraneo del distrito de Punta MORDAZA en la temporada de MORDAZA 2004-2005, conformado por Resolucion de Alcaldia Nº 454-2004MDPH; CONSIDERANDO: Que, mediante el informe de vistos, el Comite Especial de Adjudicacion para el otorgamiento de Concesion del Cobro de Estacionamiento Vehicular en la jurisdiccion del distrito de Punta MORDAZA, da cuenta que con fecha 10 de noviembre se publico en el Diario Oficial El Peruano y el diario Aja, el aviso de convocatoria para el Concurso Publico Nº 01-2004-CE-MDPH, el mismo que ha sido observado por el CONSUCODE al haberse incumplido con la formalidad y los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que asimismo, no se informo al CONSUCODE de la modificacion realizada al Plan Anual de Adquisiciones y

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen tasa por estacionamiento vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 083-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de MORDAZA del ano en curso, el Dictamen Nº 052-2004-CAJ/ MSI de la Comision de Asuntos Juridicos, el Dictamen Nº 033-2004-ADM-FIN/MSI de la Comision de Administracion y Finanzas, el Informe Nº 565-2004-15-OAJ/MSI

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