Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2004 (20/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 20 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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TITULO II DE LOS MIEMBROS CAPITULO I Clases de miembros CAPITULO II Deberes y Derechos de los miembros CAPITULO III De la Colegiacion TITULO III DE LA ORGANIZACION CAPITULO I Estructura del Colegio CAPITULO II De la Asamblea Nacional CAPITULO III Del Consejo Nacional y de las funciones de sus miembros CAPITULO IV De la Asamblea Regional CAPITULO V Del Consejo Regional y de las funciones de sus miembros CAPITULO VI De los Capitulos Provinciales CAPITULO VII De las Comisiones Permanentes y Tribunal de Honor TITULO IV DE LOS SERVICIOS SOCIALES CAPITULO I De los Servicios Sociales TITULO V DEL REGIMEN ELECTORAL CAPITULO I Del Comite Electoral CAPITULO II Cargos elegibles y Elecciones TITULO VI DEL REGIMEN DISCIPLINARIO CAPITULO I De las faltas y sanciones CAPITULO II Del procedimiento disciplinario TITULO VII DEL PATRIMONIO Y SU ADMINISTRACION CAPITULO I De las rentas y bienes CAPITULO II De la Administracion CAPITULO III Del Sistema de Control TITULO VIII DEL REGIMEN DE MORDAZA CAPITULO I Distinciones y condecoraciones CAPITULO II Procedimiento TITULO IX DE LA MODIFICACION DEL ESTATUTO CAPITULO UNICO Modificacion de Estatutos DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

representativa de los Profesionales de la Educacion, con el titulo correspondiente, expedido o revalidado en el Peru. Articulo 2º.- Sede La sede central del Colegio se MORDAZA en la MORDAZA de MORDAZA y tiene Colegios Regionales; las sedes de estos son las Capitales de las Regiones correspondientes. Cada Colegio Regional puede constituir Capitulos Provinciales, uno solo por cada Provincia de la Region. Articulo 3º.- Ambito Territorial El Colegio tiene ambito nacional y se estructura en forma descentralizada en MORDAZA con su Ley, se autogobierna como un sistema unico, representativo y democratico.

CAPITULO II Principios
Articulo 4º.- Proposito Permanente El proposito permanente del Colegio es contribuir a la calidad de la educacion y promover el desarrollo eficiente del ejercicio profesional de los profesores. Articulo 5º.- Principios El Colegio reconoce y MORDAZA sus actividades con los principios siguientes: a) Primacia de la persona humana y el cumplimiento de sus deberes y derechos; b) Dignidad, tolerancia e igualdad entre sus integrantes, la responsabilidad social y la solidaridad como valores esenciales; y, c) Afirmacion MORDAZA, el derecho a la MORDAZA y la justicia social como valores centrales de la sociedad. d) Autonomia institucional; representacion y participacion en todos los niveles e instancias de decision de interes profesional; e) Capacitacion permanente de los profesores y superacion profesional en el ambito educativo; Articulo 6º.- Restricciones El Colegio, como consecuencia de los principios y de las normas eticas y deontologicas que reconoce, no admite discriminacion de ninguna indole ni actividades de adoctrinamiento ni proselitistas.

CAPITULO III De los Fines y Atribuciones
Articulo 7º.- Fines Son fines del Colegio: a) Velar por el cumplimiento de las normas eticas y deontologicas de la profesion; b) Contribuir al desarrollo de la educacion y la cultura cooperando con el Ministerio de Educacion, con los demas organismos del Estado y con las instituciones educativas, cientificas, sociales, tecnicas y de investigacion, publicas y privadas; c) Establecer coordinacion sostenida con entidades del MORDAZA y del extranjero vinculadas a la educacion; d) Organizar certamenes nacionales e internacionales y promover estimulos orientados al perfeccionamiento y actualizacion profesional y a la investigacion y fomento educativo-cultural; e) Absolver las consultas sobre asuntos educativos, culturales y de etica profesional que se le requieran; f) Promover el desarrollo social, cultural y economico de sus afiliados a traves del acceso y el libre ejercicio de la profesion; g) Defender los intereses de los colegiados; y h) Fomentar y promover la practica de la verdad, la justicia, el trabajo y la honestidad como valores prevalentes a ser proyectados entre los miembros de la comunidad educativa. Articulo 8º.- Atribuciones Son atribuciones del Colegio: a) Representar a los profesores colegiados en el territorio nacional y fuera de el, en los procesos, eventos, certamenes y actos en los que su presencia sea solicitada u ofrecida, conforme a Ley; b) Contribuir con el Sector Educacion en la formulacion de Proyectos y Planes Nacionales de Educacion, participando con propuestas, alternativas y su permanente actualizacion;

TITULO PRELIMINAR
Articulo I.El Colegio Profesional de Profesores del Peru, en lo sucesivo Colegio, fundamenta su organizacion en la Declaracion Universal de los Derechos Humanos, en la Constitucion Politica, en la Ley Nº 25231, que crea el citado Colegio, en la Ley General de Educacion y en las demas disposiciones legales que lo favorecen. Articulo II.El Colegio es una institucion unica, autonoma, profesional, de derecho publico interno, con personeria juridica propia y representativa de todos los profesionales de la educacion del Peru. Articulo III.El Colegio es democratico y brinda servicios profesionales, culturales, sociales y de defensa a sus miembros en cumplimiento de las normas eticas y deontologicas de la profesion. Articulo IV.El Colegio contribuye al desarrollo de la educacion nacional en el MORDAZA de los avances tecnologicos y cientificos, fortaleciendo nuestra identidad nacional y promoviendo el mejoramiento MORDAZA de la calidad del sistema educativo. Podra proponer ante las autoridades educativas competentes los proyectos educativos correspondientes.

TITULO I DEL COLEGIO CAPITULO I De la Denominacion y Sede
Articulo 1º.- El Colegio Profesional de Profesores del Peru El Colegio es una institucion, unica, autonoma, profesional, de derecho publico interno, con personeria juridica,

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