Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2004 (20/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 20 de enero de 2004 DECRETO SUPREMO Nº 004-2004-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, por Decreto Supremo Nº 025-2000-ITINCI, de fecha 27 de MORDAZA de 2000, se puso en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48, suscrito entre los Gobiernos de las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA, y el Gobierno de la Republica Argentina; Que, los Plenipotenciarios de los Gobiernos de las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA, y el Gobierno de la Republica MORDAZA, con fecha 18 de diciembre de 2003, han suscrito el MORDAZA Protocolo Adicional, en el MORDAZA del Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48; Que, el referido Protocolo tiene como objetivo prorrogar desde el 1 de enero de 2004 hasta el 30 de junio de 2004, la vigencia del Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48 y las preferencias pactadas entre sus signatarios; asimismo, prorroga las preferencias pactadas en el Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48 entre MORDAZA y Peru, hasta el evento que ocurra primero, sea el 30 de junio de 2004 o la efectiva entrada en MORDAZA del Acuerdo de Complementacion Economica suscrito el 25 de agosto de 2003, entre Peru y MORDAZA, Brasil, MORDAZA y Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR; Que, corresponde al Gobierno Peruano publicar el mencionado Protocolo Adicional, asi como senalar los mecanismos relativos a su puesta en vigencia y administracion; Que, conforme al articulo 2º e inciso 5) del articulo 5º de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, este Ministerio es competente para dirigir, ejecutar y coordinar la politica de comercio exterior; y en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecucion los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior e integracion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779 y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior; DECRETA: Articulo 1º.- Publiquese y pongase en vigencia el MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48, suscrito entre los Gobiernos de la Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA, y el Gobierno de la Republica Argentina. Articulo 2º.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la aplicacion del citado Acuerdo y de sus protocolos adicionales y modificatorios, asi como las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de enero de 2004. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 01086

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es el encargado de definir, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de negociaciones comerciales internacionales, de acuerdo a la politica general del Estado. En este sentido, el Viceministerio de Comercio Exterior debe participar activamente en las reuniones de negociaciones comerciales internacionales; Que, en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, se llevara a cabo entre los dias 22 y 23 de enero de 2004, la Primera Reunion de Coordinacion entre los equipos de negociadores de Peru y Colombia, para el inicio de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio - TLC entre Estados Unidos de Norteamerica y ambos paises, por invitacion de la Viceministra de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio Exterior, Industria y Turismo de Colombia; Que, el Embajador MORDAZA Zoellick, Representante Comercial de los Estados Unidos de Norteamerica, ha anunciado al Congreso Americano, la voluntad del Poder Ejecutivo estadounidense de iniciar negociaciones con Peru y Colombia orientadas a la firma de Tratados de Libre Comercio con dichos paises; Que, un TLC con los Estados Unidos de Norteamerica, permitira acceder al MORDAZA que este MORDAZA representa en mejores condiciones, lo que posibilitara un crecimiento de las exportaciones peruanas, y contribuira a un mayor ingreso de divisas para nuestro pais. Asimismo, el TLC ofrecera una apertura preferencial de un MORDAZA MORDAZA para productos con valor agregado, lo cual implicara aumentar la produccion y generar nuevos y mejores puestos de trabajo; Que, la Primera Reunion de Coordinacion mencionada, permitira el conocimiento mutuo de los equipos negociadores de Peru y Colombia, la adopcion de posiciones preliminares en cada uno de los temas que seran sujetos a negociacion para concretar el TLC, la coordinacion de cronogramas tentativos de las rondas de negociacion y la elaboracion de un plan de acciones futuras; Que, tales asuntos son de interes para el MORDAZA, razon por la cual es necesario autorizar la participacion de representantes del Sector en la Primera Reunion de Coordinacion mencionada; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, del senor MORDAZA Ferreyros Kuppers, de la senora MORDAZA Hooker MORDAZA, de la senora MORDAZA MORDAZA Colan, de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesores del Viceministerio de Comercio Exterior, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 21 al 23 de enero de 2004, a fin de que participen en la reunion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 312,00 x 6 = US$ 1 872,00 US$ 600,00 x 6 = US$ 3 600,00 US$ 28,24 x 6 = US$ 169,44

Autorizan viaje de Viceministro, funcionarios y asesores a Colombia para participar en reuniones de coordinacion referidas a las negociaciones del Tratado de Libre Comercio con EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 008-2004-MINCETUR/DM
MORDAZA, 14 de enero de 2004 Visto el Memorandum Nº 019-2004-MINCETUR/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior;

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, los funcionarios autorizados mediante el Articulo 1º, presentaran al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunion a la que asistiran y las correspondientes rendiciones de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 00972

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