Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2005 (09/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 9 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos no identificados que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nºs. 19873101, 18181702, 22062138, Formularios de Identidad Nºs. 13882822, 12205374, 11906617, 11409250, 14854355, quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ESTENIA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, los mismos que, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, solicitaron ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tramites de rectificacion y duplicado, utilizando para tal fin sustentos que no les pertenecen con la intencion de usurpar la identidad de terceros, haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusion del registro de las inscripciones que fueron materia de suplantacion, en salvaguarda del derecho a la identidad de los ciudadanos afectados y en estricto cumplimiento del articulo 67º incisos 7) y 9) del Decreto Ley Nº 14207 y de la Ley Nº 26497, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º respectivamente, del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nºs. 19873101, 18181702, 22062138, Formularios de Identidad Nºs. 13882822, 12205374, 11906617, 11409250, 14854355 y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra los ciudadanos no identificados que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nºs. 19873101, 18181702, 22062138, Formularios de Identidad Nºs. 13882822, 12205374, 11906617, 11409250, 14854355, quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ESTENIA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente; y los que resulten responsables, por la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica; en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 00141

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la administracion publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 790-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de noviembre de 2004 Visto, los Oficios Nº 1297-2004/GAD/RENIEC, Nº 251-2004/GAD/CGP, Nº 1706-2004/GAD/RENIEC, los Informes Nºs. 039, 053-2004/GAD/CGP y el Informe Nº 1269-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha de noviembre del 2004. CONSIDERANDO: Que, el Comite de Gestion Patrimonial, mediante los Informes del visto y de las Actas de Toma de Inventario correspondientes a los anos fiscales 2001 y 2002, ha determinado que los bienes asignados a los funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CHUQUE: Computador Portatil COMPAQ ARMADA 112, s/ 7645HYC34213 con Codigo Nº 740805000-0008, Cargadores de Bateria en General COMPAQ negro y SCH210 negro, con Codigos Patrimonial Nº 46221341-0015 y 46221341-0017; y Tarjeta Kofax Adrenaline 1700 SCSI, serie KB37275 con Codigo Patrimonial Nº 740800050001, respectivamente, se encuentran en la condicion de faltantes; Que, los citados ex funcionarios no han demostrado con precision donde se encuentran dichos bienes, lo que hace presumir que los mismos se encuentran en poder de cada uno, por lo que, de la evaluacion de los documentos del visto se concluye que existe la presuncion razonada que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CHUQUE habrian incurrido en presunto delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de Peculado, conducta descrita en al articulo 387º del Codigo Penal vigente, dado que el MORDAZA penal describe la conducta de aquel funcionario o servidor publico que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para si o para otro, caudales o efectos cuya percepcion, administracion o custodia le esten confiados por razon de su cargo; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CHUQUE y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CHUQUE y los que resulten responsables, por la comision de presunto delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de peculado, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 00142

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