Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2005 (09/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 9 de enero de 2005

dias a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- El Ministerio de la Produccion, durante la fase de transicion e inicio del programa de certificacion, bajo responsabilidad del ITP, otorgara mediante Convenio que celebre con dicho Instituto, los recursos necesarios para asegurar la continuidad operativa de los programas de inspeccion y certificacion para la exportacion y cumplimiento de las demas actividades a que se refiere el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Facultar a los Ministerios de Salud y de la Produccion a dictar las normas complementarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- Deroguese las normas que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 7º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Salud y de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 00414

nacion y el uso de tecnologias limpias, establecer mecanismos de transparencia del MORDAZA y la promocion de la produccion nacional; Que, los lineamientos generales consignados en dicha Carta Productiva deben ser referencialmente tomados en cuenta para efectos de elaborar las Cartas Productivas que se generen a nivel regional; Que, de acuerdo con las politicas sectoriales nacionales, corresponde al Ministerio de la Produccion aprobar los Planes de Concertacion Productiva; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de la Carta Productiva. Aprobar la Carta Productiva suscrita por el Ministerio de la Produccion y diversos Gremios Empresariales de ambito nacional, la misma que como anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Plan de Accion. Encarguese a las entidades y organizaciones que han suscrito la referida Carta Productiva, la elaboracion del proyecto de Plan de Accion, en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario, el mismo que sera aprobado mediante Resolucion Ministerial del Ministro de la Produccion. Articulo 3º.- Lineamientos para las Regiones. Los lineamientos contenidos en la Carta Productiva a que se refiere el presente Decreto Supremo, se tomaran en cuenta para efectos de las Cartas Productivas que se generen a nivel regional. Articulo 4º.- Cartas Productivas Regionales. Facultase al Ministro de la Produccion a la aprobacion de las Cartas Productivas Regionales que se le sometan a consideracion. Articulo 5º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 00415

Aprueban la Carta Productiva suscrita por el ministerio y diversos Gremios Empresariales de ambito nacional
DECRETO SUPREMO Nº 002-2005-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Produccion es el Ente Rector a nivel nacional, encargado de aprobar y supervisar las politica y Planes de Desarrollo de alcance nacional, aplicables a las actividades extractivas, productivas y de transformacion en los sectores industria y pesqueria, promoviendo su competitividad y el incremento de la produccion, asi como el uso racional de los recursos y la proteccion del medio ambiente; Que, el Ministerio de la Produccion en ejercicio de sus competencias y como parte de las lineas de accion para la cooperacion en actividades productivas, viene concertando un conjunto de medidas y acciones integradas hacia la transformacion productiva, sobre la base de la competitividad, que permita articular concertadamente, una economia moderna y descentralizada, insertada en el MORDAZA internacional con el incremento permanente del valor agregado y la productividad de las empresas y sus trabajadores, con el aprovechamiento racional de los recursos naturales del pais; Que, en dicho MORDAZA el Ministerio de la Produccion, la Sociedad Nacional de Industrias, la Camara de Comercio de MORDAZA, la Sociedad de Comercio Exterior del Peru, la Asociacion de Exportadores, la Confederacion de Instituciones Empresariales del Peru - CONFIEP, el representante de las MYPES ante el Consejo Nacional de Competitividad y Peru Red de Camaras de Comercio, han concertado y suscrito la Carta Productiva; Que, la referida Carta Productiva tiene como lineamientos estrategicos de politica la promocion de la inversion productiva descentralizada, la suscripcion de Acuerdos de Competitividad entre el Sector Publico y Sector Privado en el desarrollo de MORDAZA productivas, promover una nueva cultura productiva, promover la normalizacion productiva y la asociatividad empresarial, impulsar la innovacion tecnologica, desarrollar una gestion ambiental que privilegie la prevencion de la contami-

Encargan funciones de Director Ejecutivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2005-PRODUCE MORDAZA, 7 de enero del 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 143-2001-PE, del 21 de setiembre del 2001, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Ejecutivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo conferido; Que, en consecuencia se debe dictar el acto de administracion que acepte la renuncia acotada y proceda a designar al funcionario que desempene dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594;

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