Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2005 (09/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 9 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Cuarta.- Las solicitudes en tramites sobre autorizaciones de publicidad exterior, se adecuaran a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Quinta.- Deroguese la Ordenanza Nº 025-2001, y todos los dispositivos legales que se opongan a la presente Ordenanza. Sexta.- Los procedimientos establecidos en la presente Ordenanza deben ser considerados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, Regimen de Aplicacion y Sanciones Administrativas - RAS y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Administrativas - CUIS; en la parte que les corresponda, con pronunciamiento de la Gerencia de Planificacion, Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y Gerencia General Municipal. Setima.- Facultese al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las medidas complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Octava.- Ratificar que toda instalacion de avisos y/o publicidad exterior en el distrito de Ate, seran validamente reconocidos en tanto cuenten con la autorizacion de la Municipalidad de Ate; obtenida conforme el procedimiento establecido en la presente Ordenanza. Novena.- Las personas naturales y juridicas que cuenten con avisos instalados sin autorizacion en el distrito de Ate, deben proceder a regularizar su situacion dentro de un plazo de treinta (30) dias Decima.- El presente beneficio alcanza a las personas naturales y juridicas que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva como consecuencia de la imposicion de sanciones administrativas y cuyo acogimiento a los beneficios de la presente Ordenanza implicara la condonacion de Gastos y Costos Procesales, asi como de gastos administrativos, que se hayan ocasionado como consecuencia de dicho procedimiento. Decimo Primera.- Otorguese a las personas naturales y juridicas que regularicen sus tramites de autorizacion y que se encuentran en calidad de sancionados, dentro de los plazos establecidos en la presente Ordenanza, el siguiente regimen de incentivos:
Nº 1 2 DESCRIPCION Pago de la Multa dentro de los primeros quince (15) dias Pago de la Multa a partir del 16 (Dieciseis) avo dia hasta la culminacion del beneficio DESCUENTO 90% 70%

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia del D.A. Nº 019-2004-MDP/A
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2005-MDP/A MORDAZA, 3 de enero de 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 009-2003-MDP/A de fecha 26 de setiembre de 2003 se declaro como Zonas de Tratamiento Especial a las Agrupaciones de Pobladores que se encuentran en la franja de recuperacion territorial del distrito de MORDAZA con los distritos de Lurin y MORDAZA MORDAZA del Triunfo; asimismo brindar las facilidades necesarias a los contribuyentes de dichas zonas del distrito de MORDAZA para que puedan afrontar las agresiones de las cuales son objeto; Que, en este contexto y dentro de los parametros del numeral 38.5 del inciso 38 de la Ley Nº 27444 se expidio el Decreto de Alcaldia Nº 019-2004-MDP/A, de fecha 3 de diciembre del 2004, por el cual se otorga el Beneficio del solo pago de montos insolutos; Que, de conformidad con el prescrito en el Articulo 20º inciso 6) y articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia del Decreto de Alcaldia Nº 019-2004-MDP/A de fecha 3 de diciembre de 2004, hasta el 31 de enero de 2005. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA DE RENTAS el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 00335

Decimo Segunda.- El acogimiento al beneficio implica por parte del infractor el reconocimiento y la aceptacion de la sancion impuesta, por tal motivo, este se desistira automaticamente de su pretension cuando existan recursos en tramite en la Municipalidad Distrital de Ate, para lo cual presentara una solicitud de desistimiento. Tratandose de procesos iniciados ante el Poder Judicial e instancias administrativas distintas a la Municipalidad Distrital de Ate, el deudor debera presentar MORDAZA certificada del escrito de desistimiento de su pretension ante el Organo correspondiente. Decimo Tercera.- No se encuentran comprendidos bajo el alcance de esta MORDAZA los propietarios de locales destinados a los giros de: HOTELES, HOSTALES, GRIFOS, DISCOTECAS, VIDEO PUB, BOITES, DISCO BAR, GRILLS, CLUB NOCTURNO y SIMILARES, BARES, CANTINAS y SIMILARES, PROSTIBULOS, HOSPITALES, CLINICAS, CENTROS MEDICOS, CONSULTORIOS MEDICOS EN GENERAL, cuyo funcionamiento irregular atenta contra la integridad fisica, salud, moral y buenas costumbres, de las personas. Decimo Cuarta.- La Gerencia General Municipal dispondra dar el apoyo necesario en bienes y servicios a las areas tecnicas pertinentes para la implementacion de las disposiciones de la presente Ordenanza. Decimo Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 00331

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 020 San MORDAZA de Lurigancho, 27 de diciembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, el 13 de enero del ano 2005, se celebrara el Trigesimo Octavo Aniversario de la Creacion Politica del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, en esta ocasion y con motivo de resaltar la Efemerides Distrital se hace necesario la participacion civica del vecindario con el embanderamiento, limpieza y pintado de las viviendas y de los diversos locales, tanto publicos como privados de nuestra jurisdiccion, en senal de reconocimiento a la precitada efemerides distrital;

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