Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2005 (09/01/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

Pag. 284272

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 9 de enero de 2005

R.J. Nº 790-2004-JEF/RENIEC.- Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la administracion publica 284285 R.J. Nº 849-2004-JEF/RENIEC.- Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica 284286

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO D.A. Nº 020.- Disponen el embanderamiento general del distrito 284293

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza Nº 066-MDA.- Aprueban Ordenanza que regula la Publicidad Exterior en el distrito de Ate 284286 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA D.A. Nº 001-2005-MDP/A.- Prorrogan plazo de vigencia del D.A. Nº 019-2004-MDP/A 284293

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. Nº 000035.- Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 000037, que otorgo beneficios a deudores por papeletas de infraccion a los reglamentos nacionales de MORDAZA y Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano 284294 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUIMBAYOC R.A. Nº 068-2004-MDH.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el ano fiscal 2005 284294

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28458
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA LA ADECUACION DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS A LA LEY Nº 27972, LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Las municipalidades provinciales, bajo responsabilidad del MORDAZA provincial, adecuan el funcionamiento de las municipalidades de centros poblados creadas durante la vigencia de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dentro de los noventa (90) dias naturales de presentada la solicitud de adecuacion o publicada la ordenanza de adecuacion. El MORDAZA de adecuacion se inicia a solicitud de las municipalidades de centros poblados o de oficio por las municipalidades provinciales. El plazo es contado a partir del dia habil siguiente a la MORDAZA de la solicitud de adecuacion o la publicacion de la ordenanza de adecuacion cuando el MORDAZA se inicia de oficio. Articulo 2º.- MORDAZA de adecuacion En la solicitud de adecuacion de la municipalidad de centro poblado se indican las competencias, fun-

ciones y atribuciones administrativas y economicotributarias que solicita; el listado de anexos, caserios, centros, villas, asentamientos humanos y cualquier otro nucleo poblacional que la comprende; su regimen de administracion interna; el numero de pobladores que se veran beneficiados con el servicio de legado y la acreditacion del eventual sostenimiento de los servicios publicos locales cuya delegacion de competencias y funciones solicitan. Las municipalidades provinciales brindaran el apoyo tecnico necesario a las municipalidades de centros poblados para que cumplan con lo dispuesto en la presente Ley. Las municipalidades de centros poblados que con recursos propios o aportes de la comunidad ejecutan y sostienen obras de diversa indole o prestan servicios publicos locales, educativos o de salud, mantienen las competencias, funciones y atribuciones inherentes a dichas funciones, conforme a Ley. Articulo 3º.- Transferencias a las municipalidades de centros poblados Las municipalidades provinciales y distritales transfieren a las municipalidades de centros poblados los recursos a que se refiere el articulo 133º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, una vez concluido el MORDAZA de adecuacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA UNICA.- Modificase la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en lo que corresponda. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Pirmer Vicepresidente del Congreso de la Republica

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.