Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2005 (03/07/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 295827

mentacion de las politicas del Directorio y sera designado a traves de Concurso Publico. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- COMUNIQUESE formalmente a la Autoridad Portuaria Nacional y al Ministerio de Transporte de la presente Ordenanza, para los fines de Ley. Segunda.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano y en uno de mayor circulacion de la Region. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Ordenanza empezara a regir, al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO. Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Marcona, Ica a los trece dias del mes de junio del 2005. EDDY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (e) 11862

dad o viaje oficial. En el caso de licencia por comision de servicios oficial se otorgara con goce de dieta. j) A percibir viaticos cuando realicen viaje oficial autorizado por el Consejo Regional o la Presidencia Regional". Articulo Segundo.- Modificar los incisos a) y g) del Art. 19º, los Arts. 21º, 25º, 28º, 33º, el Inc. a) del Art. 30º, los incisos e) y f) del Art. 44º, los incisos e) y f) del Art. 45º, parrafo 3º del Art. 46º, el Inc. b) del Art. 51º, Incisos b) y c) del Art. 54º, incisos c) y d) del Art. 58º, Art. 65º, Art. 68º, parrafo 2º del Art. 69º, incisos d) y e) del Art. 70º, Art. 72º, Art. 73º, 75º, 2º y 3º parrafo del Art. 76º, Art. 77º, Art. 78º, Art. 79º y Art. 84º del Reglamento Interno con el texto siguiente: "Deberes funcionales Articulo 19º."a) De participar en las sesiones del Pleno, de las Comisiones Ordinarias, Investigadoras y Especiales cuando MORDAZA miembros de ella. Las inasistencias no justificadas por escrito dentro de los siete dias siguientes a las sesiones mencionadas en el parrafo precedente. Se consideran justificadas las inasistencias por licencia otorgada conforme al presente Reglamento. g) De cuidar los bienes publicos que son puestos a su servicio y promover el uso racional de los bienes de consumo que les provee el Estado. Esta obligacion incluye el deber de dar cuenta documentada de los gastos en que incurran en viajes oficiales o visitas autorizados por el Pleno o la Presidencia Regional con pago de viaticos" "Reemplazo por el accesitario Articulo 21º.- En caso de vacancia del cargo de Consejero, en aplicacion de lo que establece el articulo 30º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales No 27867, o revocatoria, conforme a la Ley de la materia, el Consejero sera reemplazado por el accesitario" "El Pleno del Consejo Regional Articulo 25º.- El Pleno es la MORDAZA asamblea deliberativa del Consejo Regional. Lo integran todos los Consejeros juramentados y, ademas, el Presidente Regional y el Vicepresidente Regional. Funciona de acuerdo con las reglas de quorum y procedimiento que establecen el presente Reglamento y supletoriamente la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. En el se debaten y se votan todos los asuntos y se realizan los actos que preven las normas constitucionales, legales y reglamentarias" "La Vicepresidencia del Consejo Articulo 28º.- El Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en caso de suspension, ausencia o vacancia, y asume las funciones que el le delegue. Realiza las coordinaciones necesarias para el adecuado desarrollo de las actividades del Consejo Regional y garantiza el trabajo de las Comisiones Ordinarias del Consejo Regional, ademas de las funciones contempladas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional. Cuenta con las facilidades y logistica propias de su cargo. El Vicepresidente Regional tiene voz y MORDAZA en las sesiones del Pleno del Consejo". "El personal de apoyo de la Secretaria General Articulo 33º.- La Secretaria General del Consejo Regional cuenta con un Asistente del Secretario General. El asistente administrativo apoya al Secretario General y tiene como responsabilidades directas el tramite de las proposiciones normativas y fiscalizadoras, la organizacion de la agenda del Pleno, de las Comisiones Ordinarias, la organizacion y tramite de los asuntos del despacho del consejo, la supervision del Diario de Debates y la redaccion del Acta del Pleno y de las Comisiones, de acuerdo con las normas reglamentarias que regulan la materia. Tiene como responsabilidades el funcionamiento de Centro de Documentacion e Informacion Ciudadana del Consejo, coordinacion de notas de prensa e imagen del Consejo y sus miembros, el archivo, custodia y fotocopiado de normas legales de El Peruano y el ordenamiento normativo regio-

Modifican el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica
ORDENANZA REGIONAL Nº 0010-2005-GORE-ICA
Ica, 15 de junio de 2005 El Consejo Regional de Ica en Sesion Ordinaria celebrada el 15 de junio del 2005, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: "Ordenanza Regional que modifica el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica"; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0002-2003GPRE-ICA de fecha 27 de febrero de 2003, se aprobo el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, que consta de 4 capitulos, 84 articulos y 4 disposiciones complementarias y finales, habiendo acordado el Pleno en sesion ordinaria del 21 de MORDAZA del 2003 realizar las modificaciones necesarias previo dictamen de la Comision de Reglamento y Asuntos Legales integrada por los Consejeros Regionales: MORDAZA MORDAZA, Carlo; MORDAZA MORDAZA, Javier; MORDAZA Belli, MORDAZA y Yarmas MORDAZA, Juan; Que, es derecho y obligacion funcional de los Consejeros Regionales, conforme al Art. 17º, inciso a), de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, proponer normas y acuerdos regionales; Que, de acuerdo a lo estipulado por el Art. 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, las ordenanzas regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas a este organo colegiado, dispuesta por el inciso a) del Art. 15º de la Ley Organica de gobiernos Regionales, consistente en aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902; Ha dado la Ordenanza regional siguiente: Articulo Primero.- Modificar el Inc. i) del Art. 18º del Reglamento e incorporar el Inc. j) al mencionado articulo con el texto siguiente: Articulo. 18º."i) A licencia oficial para ejercer las funciones dentro y fuera de la region o en el extranjero, y licencia por enferme-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.