Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2005 (03/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Con el visto MORDAZA, de la Division de Revision de Diseno, de la Direccion de Habilitaciones Urbanas, de la Unidad Tecnico Legal; y con lo recomendado por la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27972, Nº 27444 y Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Reglamento Nacional de Construcciones, Ordenanzas Metropolitanas Nº 292, Nº 273, y Edicto Metropolitano Nº 021; RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR, la Resolucion Gerencial Nº 018-2004-GDU-GCDL-MSS, emitida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA con fecha 9 de febrero de 2004, que resuelve aprobar la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico de MORDAZA Progresivo para Uso Residencial de Baja Densidad MORDAZA R1-S, en el terreno de 1,300.00 m², constituido por el Sublote 16-A de la Mz. "G" de la Parcelacion Semirrustica Las MORDAZA de Monterrico, ubicado con frente al ahora denominado Jr. El Bosque (antes MORDAZA El Bosque), distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por cumplir con los planes urbanos. Articulo Segundo.- NOTIFICAR, la presente resolucion a la SRA. MORDAZA MORDAZA BISSO MORDAZA DE HALL y a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, conforme a Ley. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y a la Division Tecnica de la Direccion de Tierras Eriazas de la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para los fines pertinentes. Articulo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de la interesada, dentro de los 30 dias siguientes de la fecha de notificacion de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 11920

MUNICIPALIDAD DE ATE
Disponen que las Organizaciones Sociales inscritas en el RUOS acrediten Delegados
DECRETO DE ALCALDIA Nº 021 Ate, 17 de junio de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Memorandum Nº 169-05-GPC/MDA de la Gerencia de Participacion Ciudadana; el Informe Nº 132405-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos y el Informe Nº 1423-05-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos y el Memorandum Nº 153-05-AA-MDA de la Asesoria de Alcaldia; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo como se establece en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de acuerdo a la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonicos de sus circunscripcion territorial; Que, existen Organizaciones Sociales que sobre la base de las normas que establecen el RUOS Ordenanza Nº 191-98-MML estan debidamente acreditados en los registros respectivos de la municipalidad, por lo que se encuentran aptas para participar en los diferentes espacios

de coordinacion y concertacion segun las leyes en cuanto a participacion ciudadana; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos IX y X del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y dentro del MORDAZA de efectiva participacion ciudadana en el que esta empenada la Municipalidad Distrital de Ate, mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-05 de fecha 30 de marzo del 2005 se aprobo el Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Ate 2003-2015, en el que se determinaron como fruto del consenso cinco lineas estrategicas fundamentales: Desarrollo Economico, MORDAZA Ambiental, Seguridad Ciudadana, Identidad - Cultura - Recreacion y Turismo y Gestion Local Participativa; Que, Ordenanza Nº 035-MDA de fecha 7 de MORDAZA del 2003 se aprobaron las zonas y subzonas de complementacion del distrito de Ate, sobre la base de criterios tecnicos geograficos que han permitido establecer areas de planificacion, ademas de consolidar la participacion ciudadana en el MORDAZA de desarrollo del distrito; Que, siendo necesario abordar la implementacion y ejecucion del mencionado Plan de Desarrollo Concertado, en sus diferentes ejes tematicos con la participacion de los representantes de la sociedad civil, es necesario ejecutarlo dentro de un Sistema Concertado de Participacion Ciudadana que consolide su caracter de concertado y de esta forma lograr su sostenibilidad en el tiempo; Que, los ejes estrategicos expresados en el Plan de Desarrollo Concertado se dan como consecuencia de procesos economicos, sociales y politicos en el MORDAZA de una globalizacion mundial, cuyas consecuencias en su parte negativa, significan retos a asumir por parte, entre otros, de los gobiernos locales; Que, las diferentes Organizaciones Sociales, en relacion a los documentos interno que las rigen, han tenido y siguen teniendo una estructura organizativa en el que los cargos dirigenciales estan orientados basicamente a temas en el ambito comunal como son las relacionadas al Desarrollo MORDAZA (habilitacion MORDAZA, pistas, veredas, etc.) y el de servicios basicos (agua, desague, luz, etc.); Que, los temas relacionados a los ejes estrategicos del Plan de Desarrollo Concertado, por su naturaleza misma implican MORDAZA grado de especializacion e identificacion para su adecuado tratamiento; Que, mediante Memorandum Nº 0153-05-AA-MDA el Asesor de Alcaldia senala que se proyecte el Decreto de Alcaldia respectivo. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER, que todas las Organizaciones Sociales debidamente inscritas en el RUOS de la Municipalidad deben acreditar, previa designacion en Asamblea General de acuerdo a los procedimientos establecidos en sus normas internas a cinco (5) delegados cada uno relacionado a los siguientes temas: Desarrollo Economico, MORDAZA Ambiental, Seguridad Ciudadana, Identidad - Cultura Recreacion y Turismo y Gestion Local Participativa. Articulo 2º.- Los Delegados acreditados pasaran a formar parte del Sistema Concertado de Participacion Ciudadana para la ejecucion del Plan de Desarrollo. Articulo 3º.- Las Funciones que tendran a su cargo cada delegado en los respectivos ejes tematicos seran: Eje Tematico de Desarrollo Economico: a) Promocion del Desarrollo Economico de la zona. b) Aportar al diseno del Plan de Desarrollo Economico del distrito de Ate. c) Aquellas que se deriven del cargo al que accedan, por eleccion, dentro del Sistema de Participacion Ciudadana. d) Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA a efectos de mejorar la competitividad. e) Proponer politicas municipales de promocion del desarrollo economico local. f) Otras que MORDAZA pertinentes. Eje Tematico MORDAZA Ambiental: a) Formular y colaborar en la elaboracion y ejecucion de politicas ambientales en concordancia con las normas, politicas y Plan de Desarrollo Local.

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