Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2005 (07/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

Que, la Subdireccion de Autorizaciones en el Informe senalado en el considerando anterior, refiere que los vehiculos de placas de rodaje Nºs UO-5114, UO5348 y UO-7112, se encuentran habilitados a nombre de la EMPRESA DE TRANSPORTES POWER S.A.C. en la concesion de ruta: Cusco-Puno y viceversa y que el omnibus de placa de rodaje Nº UQ-4473 se encuentra inscrito en calidad de exceso a nombre de la empresa MORDAZA MORDAZA CICCIA MORDAZA E.I.R.L., respectivamente. Que, con la Resolucion Directoral Nº 2262-2005MTC/15 de fecha 9 de MORDAZA del 2005 se declaro la conclusion de la habilitacion de los vehiculos de placas de rodaje Nºs UO-5114, UO-5348 y UO-7112, disponiendose el retiro del registro correspondiente. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 87º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, corresponde de oficio dar de baja solamente al omnibus de placa de rodaje Nº UQ-4473 del registro respectivo, toda vez, que se encuentra inscrito a nombre de su anterior propietaria. Que, son aplicables al presente caso, los principios de presuncion de veracidad y de privilegios de controles posteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes. Estando a lo opinado por la Direccion de Registros y Autorizaciones en Memorandum Nº 1508-2005-MTC/ 15.02 y por la Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en Informe Nº 739-2005-MTC/ 15.AL. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a favor de EXPRESO POWER EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, pudiendo tambien utilizar la abreviatura "POWER", la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Puno-Cusco y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : : : : MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa MORDAZA MORDAZA JULIACA ­ AYAVIRI ­ SICUANI ­ URCOS JULIACA ­ AYAVIRI ­ SICUANI ­ URCOS Seis (6) diarias en cada extremo de ruta Cinco (5) omnibus Cuatro (4) omnibus de placas de rodaje Nºs UO-5348 (1995), UO-7112 (1995), VG-4562 (1996) y UQ-4473 (1992) Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº UO-5114 (1995) Salidas de MORDAZA y de MORDAZA, a las 06:00, 08:00, 14:00, 16:00, 22:00 y 24:00 horas

DIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Quinto.- EXPRESO POWER EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Sexto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Registros y Autorizaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 12018

Autorizan a EFE AUTOMOTRIZ E.I.R.L. como Entidad Verificadora encargada de realizar inspeccion fisica y documentaria de vehiculos usados
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3237-2005-MTC/15 MORDAZA, 27 de junio de 2005 VISTOS: El Expediente Nº 2005-006349 presentado por EFE AUTOMOTRIZ E.I.R.L., mediante el cual solicita autorizacion como Entidad Verificadora para realizar la inspeccion fisica y documentaria de vehiculos usados, dentro del procedimiento de su nacionalizacion, para operar en las Zonas de Reconocimiento Fisico de Zofratacna - Tacna. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 0052004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 0022005-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 94º del citado Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, establece que el Reporte de Inspeccion y MORDAZA Reporte de Verificacion (Revisa 2), los mismos que constituyen requisitos para la nacionalizacion de vehiculos usados por el regimen regular y por el regimen de CETICOS y ZOFRATACNA, respectivamente, para garantizar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el citado reglamento y con la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles de emisiones contaminantes, es emitido por la Entidad Verificadora; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3094-2004MTC/15, modificada por la Resolucion Directoral Nº 5780-2004-MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 0042004-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Verificadoras y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Entidad Verificadora ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis de los expedientes presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Entidad Verificadora establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, aprobada

ESCALA COMERCIAL : FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : : :

FLOTA DE RESERVA HORARIOS

: :

Articulo Segundo.- La Direccion de Registros y Autorizaciones debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Tercero.- Dar de baja al omnibus de placa de rodaje Nº UQ-4473 del registro de MORDAZA MORDAZA CICCIA MORDAZA E.I.R.L., debiendosele notificar de este acto a la mencionada empresa para que devuelva la respectiva tarjeta de circulacion vehicular. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser publicada por EXPRESO POWER EMPRESA IN-

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