Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2005 (07/07/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

Pag. 296242

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

so, se ha identificado comportamientos estrategicos derivados de la capacidad de negociacion de las partes, lo que es consecuencia, entre otros aspectos, de la presencia de una relacion asimetrica entre las partes, por lo que se hace necesario introducir un mecanismo que facilite el acceso, el mismo que se encuentran previsto por el REMA. Dicho mecanismo se refiere a la conveniencia de contar con un Contrato MORDAZA de Acceso Aplicable al Servicio de Remolcaje, a efectos de reducir eventuales dilaciones asociadas al MORDAZA de negociacion, asi como los costos en la negociacion o los riesgos de eventuales comportamientos estrategicos, concentrandose la negociacion en dos aspectos: la vigencia y el cargo de acceso. Asimismo, los Contratos MORDAZA de Acceso uniformizan los requisitos, obligaciones y derechos de las partes, como tambien, se cautela la aplicacion del MORDAZA de no-discriminacion establecido por el REMA. En suma, con este mecanismo se facilita el acceso y reduce la posibilidad de eventuales controversias entre las partes; y por consiguiente, se reduce los costos de supervision del acceso a las facilidades esenciales que se requieren para proveer el servicio de remolcaje. La aprobacion de Contratos MORDAZA de Acceso esta prevista en el Articulo 42º del REMA. Bajo estas condiciones, y siendo de MORDAZA importancia lograr una mayor eficiencia en los mercados de servicios esenciales, entre otros, el de remolcaje, es preciso introducir mecanismos que permitan mejorar las condiciones de acceso a las facilidades esenciales. La estrategia de implementacion de Contratos MORDAZA de Acceso por parte de OSITRAN es por etapas. En efecto, en MORDAZA del presente ano el Consejo Directivo aprobo Contrato MORDAZA aplicable al Servicio de Practicaje. Para la elaboracion del Proyecto de Contrato MORDAZA Aplicable al Servicio de Remolcaje, se ha tomado como base las obligaciones y derechos establecidos por los mandatos de acceso dictados por OSITRAN, de ser el caso, las observaciones a los Mandatos de Acceso presentados por los Usuarios Intermedios y las Entidades Prestadoras ante OSITRAN y los comentarios, sugerencias y aportes de los interesados. En efecto, de conformidad con el MORDAZA de Transparencia establecido por el Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102001-PCM, el proyecto de contrato MORDAZA fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el 9 de MORDAZA del ano en curso, con la finalidad de recibir comentarios, observaciones y aportes de los interesados. Al termino del periodo de consultas de 15 dias, se recibieron los comentarios y aportes de la Asociacion Peruana de Agentes Maritimos (APAM) y de la Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU), lo mismos que han sido evaluados por OSITRAN. 2. Caracteristicas del Contrato MORDAZA de Acceso El Contrato MORDAZA de Acceso Aplicable al Servicio de Remolcaje establece, entre otros, los siguientes aspectos: · Descripcion del servicio esencial que brinda el Usuario Intermedio. Se precisa los alcances del servicio esencial de remolcaje. · Descripcion de las facilidades esenciales administradas por la Entidad Prestadora que seran materia de utilizacion por parte del Usuario Intermedio. Se describe el alcance de las facilidades esenciales que se ponen a disposicion de los usuarios intermedios. · Los requisitos establecidos para acceder a las facilidades esenciales. Se establece los requisitos, los mismos que guardan concordancia con los respectivos Reglamentos de Acceso de las Entidades Prestadoras. · El cargo de acceso. El importe como la unidad de cobro sera negociado por las partes.

· Vigencia y renovacion del Contrato MORDAZA de Acceso. Sera determinado por las partes. Se establece renovaciones anuales por acuerdo directo. · Obligaciones de la Entidad Prestadora. Se precisa las obligaciones a cargo de quien provee la infraestructura. · Obligaciones del Usuario Intermedio. Se precisa las obligaciones que debe cumplir quien utiliza la infraestructura. · Incumplimiento de obligaciones. Se establece las causales de incumplimiento y los mecanismos que se deben aplicar, como es la suspension temporal. · Resolucion y cesion contractual. Se precisa las causales por las cuales se resuelve el contrato. · Solucion de controversias. Se precisa que se regulan por el Reglamento General de Solucion de Reclamos y Controversias de OSITRAN. CONTRATO MORDAZA DE ACCESO APLICABLE AL SERVICIO DE REMOLCAJE Conste por el presente documento, el Contrato MORDAZA de Acceso Aplicable al Servicio de Remolcaje, que celebran de una parte ............................, que en adelante se denominara Entidad Prestadora, con Registro Unico de Contribuyente Nº............., representada por el Senor ................., identificado con Documento Nacional de Identidad Nº ............., con domicilio legal en ..................... con poder inscrito en ...................................... del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Juridicas de..............; y de otra parte, .............., con Registro Unico de Contribuyente Nº .............., con domicilio legal en ....................., que en adelante se llamara Usuario Intermedio, con Registro Unico de Contribuyente Nº............., representado por el senor......................., con DNI Nº ........................, con poder inscrito en ....................................... del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Juridicas de ....., en los terminos y condiciones siguiente: CLAUSULA PRIMERA: DE LOS ANTECEDENTES Y DEFINICION DEL SERVICIO Mediante Resolucion Nº 014-2003-CD-OSITRAN se aprobo el Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico (REMA), el mismo que en el Articulo 42º establece que el Organismo Supervisor de la Infraestructura de Transporte de Uso Publico (OSITRAN) podra aprobar contratos MORDAZA de acceso, con la finalidad de facilitar las negociaciones entre las partes y reducir los costos de transaccion, los que seran de uso obligatorio. El Anexo Nº 2 del REMA incluye al Remolcaje como un servicio esencial que requiere para su prestacion del uso de facilidades esenciales, el mismo que se regula por los Reglamentos de Acceso de la Entidades Prestadoras. Mediante Resolucion Nº .......-2004-CD-OSITRAN, se aprobo el Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora, y sus modificatorias, se establecieron los requisitos y procedimientos para solicitar el acceso a la infraestructura portuaria calificada como facilidad esencial, entre otros, para el caso del servicio de Remolcaje. El Remolcaje es un servicio esencial, que consiste en halar, empujar o apoyar una nave durante las operaciones de atraque, desatraque, cambio de sitio, abarloamiento, desabarloamiento y maniobras de giro de las naves. Para tales operaciones se requiere utilizar infraestructura portuaria calificada como facilidad esencial por el REMA. El Usuario Intermedio, con fecha ................. ha solicitado a la Entidad Prestadora el acceso a la in-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.