Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2005 (23/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
Resolucion de Tachas

MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2005
del 4 de agosto al 5 de agosto del 8 de agosto al 9 de agosto A partir del 10 de agosto 28 de agosto de 9.00 a.m. a 3.00 p.m.

Civiles el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia y su difusion a traves de la Unidad de Imagen Institucional. Dado en el local de la Municipalidad del MORDAZA a los veinte dias del mes de MORDAZA del dos mil cinco. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13071

Fecha de Formulacion de Tachas

Publicacion de Listas Oficiales Fecha y Hora de las Elecciones

Publicacion de Resultados en el Palacio Municipal y Pagina Web de la Municipalidad

Lunes 29 de agosto 2005.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican el D.A. Nº 004-2005-ALC/ MDSA en lo referido al Cronograma del MORDAZA Eleccionario de las Juntas Vecinales Comunales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2005-ALC/MDSA MORDAZA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2005 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 004-2005-MDSA de fecha 28 de febrero de 2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de marzo de 2005 y su modificatoria la Ordenanza Nº 012-MDSA, publicada el 1 de junio del 2005 se establecieron disposiciones relativas a la Constitucion, Reglamento de Elecciones, Reglamento de Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito; Que, por Decreto de Alcaldia Nº 004-2005-ALC/MDSA de 6 de MORDAZA del 2005, se reconocio al Comite Electoral de las Juntas Vecinales del distrito de MORDAZA Anita; se aprobo la Determinacion de los Doce Sectores constituidos por vecinos residentes, se establecio el cronograma del MORDAZA Eleccionario y se convoco a Eleccion de Juntas Vecinales Comunales; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 007-2005-ALC/ MDSA de fecha 16 de junio de 2005, se modifica el articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia mencionado en el considerando anterior, estableciendose en dicha MORDAZA municipal un MORDAZA cronograma del MORDAZA Eleccionario la misma que establecia como fecha limite para la inscripcion de candidatos el 20 de MORDAZA del 2005; Que, el referido Comite Electoral de las Juntas Vecinales del distrito de MORDAZA MORDAZA mediante Oficio Nº 019CEJVCDSA/MDSA hace conocer que con motivo de haberse celebrado el Primer Encuentro de Organizaciones Sociales de base con miras al MORDAZA de elecciones de las juntas vecinales comunales; ha recibido el pedido unanime de los asistentes a dicho certamen manifestando que se amplie el plazo de inscripcion de la lista de candidatos, petitorio que es necesario atender modificando el cronograma del MORDAZA eleccionario; En uso de las facultades que le confiere el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con los vistos buenos de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Desarrollo Economico y Social; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 004-2005-ALC/MDSA modificado por Decreto de Alcaldia Nº 007-2005-ALC/MDSA en el extremo referido al Cronograma del MORDAZA Eleccionario, la misma que quedara establecido de la siguiente manera:
Fecha de Inscripcion de Lista de Candidatos Fecha de Publicacion de Listas Iniciales del 11 de MORDAZA al 1 de agosto del 2 de agosto al 3 de agosto

Articulo Segundo.- Mantener vigente los demas extremos del Decreto de Alcaldia Nº 004-2005-MDSA modificado por Decreto de Alcaldia Nº 007-2005-MDSA. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13091

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen Beneficio Especial Temporal de Regularizacion Tributaria y Administrativa
ORDENANZA Nº 134-MDSMP San MORDAZA de Porres, 21 de MORDAZA del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: Visto: en la Sesion ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 46- 2005-GATR-MDSMP, de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas de conformidad con el Articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo II del titulo preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la potestad tributaria municipal se desarrolla a su vez en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenando del Codigo Tributario D.S.Nº 135-99EF, numeral 9) de Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, y conforme a lo establecido por Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, determina que las ordenanzas municipales son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se crean, modifican, suprimen o exoneraran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y de contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF, establece que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es politica de la actual Gestion Municipal brindar a los contribuyentes y administrados las facilidades para el

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