Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2005 (29/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2005

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Delegan a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la competencia de emitir resoluciones en acciones administrativas
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 045-2005-GR-HVCA/PR
Huancavelica, 14 de febrero de 2005 VISTO: Proveido Nº 362-2005/GOB.REG-HVCA/P, Informe Nº 047-2005/GOB.REG-HVCA/ORAJ, Opinion Legal Nº 23-2005/GOB.REG-HVCA/ORAJ-HRSG, Informe Nº 0102005/GOB.TREG-HVCA/GRPPyAT, sobre delegacion de facultad para emitir Resoluciones; y, CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de Huancavelica, tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 33º de la Ley Nº 27867, precisa que las Funciones Ejecutivas y Administrativas corresponden al Gerente General Regional y los Gerentes Regionales, concordante con el Articulo 26º de la Ley invocada; Que, en merito al considerando precedente, es necesario desconcentrar y delegar facultades hacia los niveles de jerarquia inferior, para una oportuna administracion, en aplicacion de los Principios de Celeridad y Simplicidad del Articulo IV, Titulo Preliminar y Articulo 74º de la Ley Nº 27444, en tal sentido, se otorga facultades a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que expida Resolucion en los aspectos de su competencia, concordante con el Articulo 40º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo informado; y, Con la visacion de la Gerencia General Regional, y Oficina Regional de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales y Ley Nº 27902 - Modificatoria de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DELEGAR a partir de la fecha a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la competencia de emitir Resoluciones en las acciones administrativas inherentes a sus funciones. Articulo 2º.- La Resolucion que expedira la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se denominara RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL. Articulo 3º.- Las acciones delegadas deben ejecutar con estricta sujecion a las normas legales vigentes sobre la materia, ademas debera dar cuenta a la Gerencia General Regional de dichos actos, bajo responsabilidad. Articulo 4º.- COMUNICAR el presente Acto Administrativo a los Organos Competentes del Gobierno Regional de Huancavelica. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente 13196

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Regulan el servicio de transporte publico de pasajeros y carga en vehiculos menores en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 260-MDEA
El MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesion ordinaria de fecha 18 de MORDAZA de 2005, ha aprobado por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES PARA EL DISTRITO DE EL MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular el Servicio de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores motorizados y no motorizados en la circunscripcion territorial de el distrito de El MORDAZA asi como las condiciones optimas para la prestacion del servicio, garantizando la seguridad y calidad del servicio a favor de los usuarios como tambien de las asociaciones y empresas prestadoras del servicio. Articulo 2º.- La presente Ordenanza tiene alcance distrital, en consecuencia su cumplimiento es obligatorio para las autoridades policiales, funcionarios y trabajadores de la Municipalidad Distrital de El Agustino; asi como para las personas juridicas, propietarios y/o conductores que prestan el servicio de transporte de pasajeros y carga en vehiculos menores. Articulo 3º.- La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes bases legales: a) Art. 194º, Art. 195º inciso 5) de la Constitucion Politica del Peru. b) Art. 8º, Art. 9º, Art. 10º inciso 1), Art. 40º, Art. 73º inciso 2.2), Art. 80º inciso 3.4), y Art. 81º, Art. 86º inciso 3.2 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. c) Ordenanza Nº 217-99/MML, Reconocen el Transporte Publico en Vehiculos Menores como Complementario al Servicio de Transporte Masivo de Pasajeros en la provincia de Lima. d) Ordenanza Nº 241-99/MML. Aprueba Ordenanza sobre Servicio de Transporte de Pasajeros en Vehiculos Menores. e) Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Art. 18º inciso a). f) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados y No Motorizados; modificado por Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC. g) Ordenanza Nº 351, que Modifica el Reglamento de Transporte MORDAZA, Interurbano de Pasajeros en Omnibus y otras Modalidades, del Servicio de Taxi, y Transporte en Vehiculos Menores. h) Ley Nº 27189, Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores. i) Ordenanza Nº 341-2001/MML, Aprueba el Plano del Sistema Vial de la provincia de Lima.

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