Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2006 (11/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 11 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, a traves de su informe del visto, la Gerencia de Operaciones hace conocer la problematica que afrontan los peruanos que radican en el exterior, cuando tratan de efectuar tramites relacionados con el DNI, en las visitas que realizan a nuestro MORDAZA, en muchos casos de una corta estadia, proponiendo un procedimiento excepcional, para la atencion en tramite especial para dichas personas, de modo que pueda emitirseles los documentos de identidad solicitados en menor tiempo que el establecido para los tramites ordinarios; Que asimismo, solicita que se incluya en este procedimiento a las personas que por razones de salud, estudio o viajes imprevistos, debidamente comprobados, requieran la emision de su Documento Nacional de Identidad en plazos mas breves, para atender con prontitud la situacion urgente generada; Que, conforme lo dispuesto por el Art. 11º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la Jefatura Nacional esta autorizada para efectuar las modificaciones convenientes para un mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, atendiendo a la naturaleza de la situacion, y siendo politica de la Entidad brindar facilidades a todas las personas, en particular a quienes en forma justificada requieran con urgencia la emision de su DNI, sin causar perjuicio a los demas usuarios del servicio sin desnaturalizar las disposiciones reglamentarias, en los casos de peruanos que han retornado temporalmente al MORDAZA, o que afrontan situaciones imprevistas de salud, viaje, estudios u otros, resulta pertinente aprobar la propuesta formulada por la Gerencia de Operaciones, constituyendose el servicio de atencion especial en la Oficina Registral de San MORDAZA, conforme lo recomendado por la referida Unidad Organica; y, Estando a las atribuciones conferidas por Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el funcionamiento de una Oficina de atenciones especiales, en la Agencia Registral del RENIEC del distrito de San MORDAZA - MORDAZA, la cual tendra a su cargo la atencion urgente a los diversos tramites del DNI, con un plazo MORDAZA de expedicion de 48 horas, en los casos que se senala en la presente Resolucion, salvo desaprobaciones en el analisis de los sustentos respectivos de lo que se informara a los interesados. Articulo Segundo.- Dicha atencion especial comprende todo MORDAZA de tramites relacionados con el DNI, que efectuen los peruanos residentes en el exterior que se encuentren temporalmente en el territorio de la Republica, asi como los que realicen aquellos peruanos que tengan que viajar al extranjero en forma urgente o imprevista por razon de enfermedad, estudios, becas, representacion deportiva, etc., para lo cual sera necesario acreditar la urgencia. Articulo Tercero.- Los pedidos de atenciones especiales seran presentados en forma personal por los interesados, ante el Administrador de la Oficina Registral de San MORDAZA, adjuntando la respectiva documentacion que acredite las situaciones precisadas en el articulo anterior, quedando a criterio de nuestra Entidad, la aprobacion del tramite urgente solicitado. Articulo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Operaciones, Procesos e Informatica y Estadistica, la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06498

VISTOS: El Of. RE (DGC) Nº 3-0-BB/1095, cursado por la Secretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Informe Nº 9302005-GAJ/RENIEC, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, emitir el documento que acredita su identidad; Que, mediante su comunicacion del visto, la Secretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores expreso la necesidad de emitir el Documento Nacional de Identidad con subtitulos en ingles, lo cual facilitaria su reconocimiento por las autoridades estatales en los Estados Unidos y permitiria a los peruanos residentes en tal MORDAZA el desarrollo de sus gestiones ante las entidades bancarias, financieras y otras autoridades, mas aun considerando que, conforme tal documento, alrededor del 49% de los connnacionales migrantes se encontrarian en ese pais; Que, conforme lo dispuesto por el Art. 26º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad es un documento publico, personal e intransferible que constituye la unica cedula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; asi como el unico titulo de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que, el Art. 32º de la acotada Ley Nº 26497 precisa el contenido minimo del Documento Nacional de Identidad, en cuya virtud, mediante Resolucion Jefatural Nº 356-2005JEF/RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de marzo de 2005, se aprobo el MORDAZA formato de los DNI de mayores y menores de edad, disponiendose que se mantendrian el diseno, caracteristicas y elementos de seguridad de los DNI emitidos con anterioridad a tal Resolucion; Que, conforme lo dispuesto por la Decima Disposicion Final del Reglamento de Inscripciones en el RENIEC aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, la Jefatura del Registro podra aprobar las modificaciones que resulten necesarias en la relacion de datos del Archivo Personal, del Documento Nacional de Identidad y de cualquier otro documento a ser emitido o conservado por el Registro; Que, las disposiciones citadas no contienen prohibicion alguna para la incorporacion de subtitulos en idioma adicional al castellano en el Documento Nacional de Identidad, lo cual facilitaria su uso ante autoridades extranjeras, mas aun considerando que algunas autoridades estatales de Estados Unidos han reconocido al Documento Nacional de Identidad como un documento seguro para las gestiones ante sus respectivas dependencias; y, De conformidad con las atribuciones conferidas la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC y el Reglamento de las Inscripciones en el RENIEC aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la incorporacion en el Documento Nacional de Identidad que se emita a los peruanos residentes en el extranjero, de subtitulos en ingles, adicionales a los que constan en castellano, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Precisar que los DNI emitidos con anterioridad a la vigencia de la presente Resolucion conservan la vigencia prevista por Ley. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Informatica y Estadistica la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

Disponen incorporar subtitulos en ingles en el Documento Nacional de Identidad que se emita a los peruanos residentes en el extranjero
RESOLUCION JEFATURAL Nº 229-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2006

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