Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2006 (17/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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SI NO N/A

5.6 Desvios y control de flujo vehicular. 5.7 Trabajos de mantenimiento suspendidos. 5.8 La vigilancia de la Instalacion Portuaria Especial, queda a disposicion de la operacion con caracter de apoyo. 6) Sin perjuicio de lo senalado en los parrafos anteriores, por los riesgos involucrados, a las cargas siguientes se les aplicara para los efectos de almacenamiento la siguiente clasificacion; 6.1 Tetraetilo de plomo: de Deposito Prohibido. 6.2 Hidroxido de Sodio: de Deposito Prohibido. 6.3 Sustancias de la clase 4.1 que reaccionan espontaneamente y se les MORDAZA asignado un riesgo MORDAZA de Explosivo: de Deposito Prohibido. 6.4 Motores de combustion interna: de Deposito Condicionado. 7) Queda totalmente prohibido efectuar faenas operacionales adicionales en el area adyacente del respectivo puesto de atraque, cuando se embarque las clases de mercancias que a continuacion se indican: 7.1 Clase 1, Explosivos 7.2 Clase 3, Liquidos inflamables, subdivision 3.1 7.3 Clase 5, Sustancias oxidantes, subdivision 5.2 Igual procedimiento se aplicara a las otras clases de mercancias peligrosas, cuando por su volumen y/o nivel de riesgo, la Autoridad Portuaria Nacional lo estime necesario. 8) Se establece que el uso de codigos distintos al Codigo IMDG para los efectos reglamentarios de etiquetado y rotulado en la identificacion de bultos y contenedores con mercancias peligrosas, solo tendra caracter complementario y para entrega de mayor informacion. 9) Los bultos y contenedores con carga peligrosa que se almacenaran en las Instalaciones Portuarias Especiales deberan cumplir con las normas de segregacion y distancias entre las mismas estipuladas en el Codigo Internacional de Transporte de Mercancias Peligrosas (Codigo IMDG). 10) Durante las operaciones de carga y descarga de sustancias y/o mercancias peligrosas en los muelles considerados dentro de la Instalacion Portuaria Especial (IPE), la instalacion portuaria debera nombrar durante toda la operacion a un representante calificado en el control y manipulacion de las mismas, con la finalidad de verificar la correcta manipulacion de la carga. 11) Durante las operaciones de carga y descarga de sustancias y/o mercancias peligrosas en los muelles considerados dentro de la Instalacion Portuaria Especial (IPE), la empresa y/o cooperativa de estiba y desestiba debera nombrar durante toda la operacion a un representante calificado en el control y manipulacion de las mismas, con la finalidad de verificar la correcta manipulacion de la carga. 12) Durante las operaciones de carga y descarga de sustancias y/o mercancias peligrosas en las instalaciones portuarias (incluidos los terminales multiboyas) certificadas como Instalacion Portuaria Especial (IPE), donde se opere con hidrocarburos u otros graneles liquidos, la instalacion portuaria debera desplegar una MORDAZA de contencion en el perimetro entre la nave y el muelle donde se realice la interfase, y en el perimetro de la nave cuando se trate de terminales multiboyas, a fin de prevenir la contaminacion del medio ambiente. Anexo 3 (apendice "a")
PROTOCOLO DE EVALUACION DEL PERSONAL QUE LABORA EN LA INSTALACION PORTUARIA ESPECIAL (IPE) Nombre IPE ............................................................................................. Propietario ............................................................................................... Fecha de Inspeccion ..............................................................................
Nº 1. ¿Cuenta la IPE con personal operativo calificado y documentado, dimensionado en cantidad y composicion para el MORDAZA de IPE? 2. ¿Cuenta la IPE con personal de seguridad capacitado y documentado, dimensionado en cantidad y composicion para el MORDAZA de IPE? SI NO N/A

Nº 3. ¿Se encuentra el personal operativo y de seguridad capacitado en tecnicas y metodos de lucha contra incendio y uso de equipos resucitadores? 4. ¿Realiza el personal operativo y de seguridad ejercicios periodicos de lucha contra incendio, se registran? 5. ¿Conoce todo el personal el Plan de Emergencia aprobado para la IPE, se realizan ejercicios, hay registros? 6. ¿Estan todos los puestos de seguridad, fijos y moviles, provistos de ordenes explicitas relacionadas al manejo de Mercancias y sustancias peligrosas? 7. ¿Las ordenes del personal de seguridad relacionada al control de mercancias peligrosas, son revisadas por el responsable de la IPE al menos una vez al mes para ver su vigencia? 8. ¿Usa el personal de seguridad y personal operativo de supervision uniformes distintivos en la IPE? 9. ¿Tiene la IPE personal capacitado y entrenado para responder a una EMERGENCIA? 10. ¿Los procedimientos de seguridad establecidos por la IPE tienen una coordinacion previa para traer personal adicional en situaciones de emergencia? 11. ¿Se mantienen registros individuales de entrenamiento para el personal operativo y de seguridad? 12. ¿Desarrolla el personal de seguridad actividades distintas a las relacionadas con seguridad? 13. ¿El personal de seguridad esta capacitado para reportar situaciones de emergencia? 14. ¿Cuenta el conductor de vehiculos de transporte de mercancias peligrosas con la capacitacion adecuada de acuerdo a las directrices internacionales aplicables a las unidades de transporte?

Notas: ...................................................................................................................................... ...................................................................................................................................... Inspector APN Antefirma Firma

Anexo 3 (apendice "b")
PROTOCOLO DE EVALUACION DE LA DOCUMENTACION DE LA INSTALACION PORTUARIA ESPECIAL (IPE) Nombre IPE ............................................................................................. Propietario ............................................................................................... Fecha de Inspeccion ..............................................................................
Nº 1. ¿Cuenta la IPE con un Plan de Emergencia actualizado y aprobado por la APN. ? 2. ¿Existe en la IPE un inventario actualizado (electronico/ fisico) de las mercancias peligrosas almacenadas? 3. ¿Cuenta la IPE con rotulos en espanol e ingles de "PROHIBIDO FUMAR - MERCANCIAS PELIGROSAS PROHIBIDO FUEGO ABIERTO - PROHIBIDO EL INGRESO A PERSONAS NO AUTORIZADAS", asi como de las clases de mercancias y sustancias peligrosas almacenadas segun el Codigo IMDG? 4. ¿La IPE ha establecido la prohibicion de trabajos en caliente en los almacenes o en las naves amarradas?. 5. ¿Si excepcionalmente se requiera efectuar trabajos especiales, existe una lista de verificacion (check list)? 6. ¿Existen procedimientos para la separacion de las operaciones de buques de pasaje y buques con manipuleo de mercancias peligrosas? 7. ¿Cuenta la IPE con un manual de operaciones para el manipuleo de mercancias peligrosas? 8. ¿Existen procedimientos documentados para que camiones y otros vehiculos no autorizados a permanecer y/o estacionarse en la IPE, excepto en las siguientes condiciones y por tiempo limitado: a. Cuando esten esperando para cargar o descargar mercancias, provisiones de las naves o pasajeros, debiendo estar siempre presente el conductor del mismo. b. Cuando esten cargando o descargando herramientas, equipos o materiales de mantenimiento y/o reparacion y MORDAZA atendidos por un conductor. c. Cuando el vehiculo este enfilado hacia una salida libre de obstaculos y este atendido por un conductor. d. Cuando un vehiculo este considerado como carga. Los vehiculos motorizados que pertenezcan o se estacionen temporalmente en las "Instalaciones SI NO N/A

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