Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2006 (17/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2006

JUEGOS MORDAZA S.A., mediante Expediente Nº 0044582006-MINCETUR, de fecha 10.03.2006, contra la Resolucion Directoral Nº 50-2006-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 12.01.2006, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Renovar la autorizacion expresa concedida a la empresa SALON DE JUEGOS MORDAZA S.A., la explotacion de maquinas tragamonedas en la Sala de Juego "Portal Hotel" del Hotel Cuatro (4) Estrellas: "Sonesta Posada del Inca", ubicada en MORDAZA de MORDAZA Nºs. 110 - 118 - 120, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por un plazo de tres (3) anos, en observancia de lo normado en el articulo 17º de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796. Articulo 3º.- La presente autorizacion faculta a la empresa la explotacion de ciento veintiun (121) maquinas tragamonedas y cuatrocientos cincuentisiete (457) memorias de solo lectura, segun detalle contenido en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 4º.- De conformidad con lo establecido en el articulo 7º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, los titulares de una autorizacion de explotacion concedida por la Direccion Nacional de Turismo se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificacion, seguridad, higiene, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones para el otorgamiento de la licencia municipal a que hubiere lugar. Articulo 5º.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2 de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796, todos los requisitos y condiciones que sirvieron de base para la presente autorizacion deben mantenerse durante el plazo de vigencia de la misma, bajo apercibimiento de cancelarse la autorizacion concedida y disponerse la clausura del establecimiento destinado a la explotacion de maquinas tragamonedas. Articulo 6º.- Al MORDAZA de la establecido en la Sentencia de fecha 02.02.2006, expedida por el Tribunal Constitucional (Expediente Nº 4227-2005-PA/TC), la misma que bajo responsabilidad constituye precedente vinculante para todos los poderes publicos y obliga a los explotadores de juegos de casino y maquinas tragamonedas a cumplir con el pago del Impuesto a los Juegos, la Direccion Nacional de Turismo se reserva el derecho de revocar la presente autorizacion en caso verificarse que las condiciones economico-financieras de la empresa autorizada se han modificado negativamente como consecuencia de las acciones de cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) por la deuda exigible por concepto del Impuesto a los Juegos. Articulo 7º.- De conformidad con lo establecido en el articulo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con el MORDAZA de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del articulo IV de la Ley Nº 27444, la Direccion Nacional de Turismo en ejercicio de su facultad de fiscalizacion se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante asi como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 8º.- En observancia de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Final de la Directiva Nº 004-2003MINCETUR/VMT/DNT "Evaluacion financiera y de solvencia economica de las empresas que explotan juegos de casino y maquinas tragamonedas asi como de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decision", remitase a la Unidad de Inteligencia Financiera la informacion y/o documentacion financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales que han sido objeto de evaluacion, para los fines a que se contrae la disposicion MORDAZA indicada. Articulo 9º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia siguiente de su notificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 06633

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra titular de concesion minera por presunta comision de delito de resistencia y desobediencia a la autoridad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2006-MEM/DM
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2006 VISTO; el Informe Nº 303-2006-EM-DGM/TNO de la Direccion de Normatividad Minera, por el que se opina, por la remision del expediente de explotacion de mineral en la concesion minera "Juanita Humberto" a la Procuraduria Publica del Sector de Energia y Minas; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 500-2004-MEM/DGM, del 16 de setiembre del 2004, se ordeno la paralizacion de todo MORDAZA de actividad minera en la concesion minera "Juanita Humberto" de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ubicada en el distrito de Pacaycasa, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, por incumplimiento del articulo 25º del Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-EM; Que, por Resolucion del 7 de noviembre del 2005 (sustentada en el Informe Nº 1296-2005-MEM-DGM-FMI/ SM, del 4 de noviembre del 2005, en cuyas conclusiones se precisa, que de acuerdo a la manifestacion de los trabajadores involucrados, el titular minero cobra por la cantidad de ladrillos quemados, por lo tanto, es de su conocimiento las actividades de explotacion que se estan realizando dentro de su concesion minera) se dispone se derive el expediente de la concesion "Juanita Humberto" de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la Direccion de Normatividad Minera para la prosecucion del tramite correspondiente por desacato a la autoridad de la paralizacion decretada por la Direccion General de Mineria; Que, estando demostrado que el concesionario minero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha acatado la orden de paralizacion de la autoridad minera, habria incurrido en acto de delito de resistencia y desobediencia a la autoridad, prevista en el articulo 368º del Codigo Penal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en defensa de los derechos e intereses del Estado, inicie las acciones legales contra el titular de la concesion minera "Juanita Humberto", por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase al Procurador Publico los antecedentes de la presente resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 06610

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2006-MTC/02
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006

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