Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2006 (17/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2006

Articulo 3º.- El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento, matrimonio y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de SAN MORDAZA DE PORRES, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06645

reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06646

Autorizan a Oficinas de Registro de Estado Civil de las Municipalidades Distritales de Mosoc MORDAZA y Jivia la apertura de registros de libros de actas de nacimiento, matrimonio y defuncion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 244-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 VISTOS: el Informe Nº 000570-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 9 de febrero del 2006 y el Informe Nº 000153-2006-GAJ/RENIEC de fecha 16 de febrero del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mosoc MORDAZA, provincia de Acomayo, departamento de Cusco. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Mosoc MORDAZA, provincia de Acomayo, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente por la Subgerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 11832005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la Resolucion Jefatural Nº 1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mosoc MORDAZA, provincia de Acomayo, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion efectuados entre los anos 1965 a 1993. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mosoc MORDAZA, provincia de Acomayo, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de

RESOLUCION JEFATURAL Nº 245-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 VISTOS: el Informe Nº 000559-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 8 de febrero del 2006 y el Informe Nº 000155-2006-GAJ/RENIEC de fecha 16 de febrero del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Jivia, provincia de Lauricocha, departamento de Huanuco. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Jivia, provincia de Lauricocha, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente por la Subgerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 11832005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la Resolucion Jefatural Nº 1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Jivia, provincia de Lauricocha, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion efectuados desde la creacion del distrito de Jivia (6 de setiembre de 1920) hasta el ano 1980. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Jivia, provincia de Lauricocha, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de

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