Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2006 (17/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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· Descripcion del sistema electrico ( principal y alterno) · Descripcion del sistema de seguridad de la instalacion. c) Plano de ubicacion de la Instalacion Portuaria Especial propuesta d) Plano de ubicacion de distribucion de equipos de lucha contraincendio. e) Plano de ubicacion de instalaciones electricas. f) Plan de Emergencia para toda la Instalacion Por tuaria Especial y Plan de Contingencias para instalaciones que operan con hidrocarburos o sustancias nocivas debidamente aprobadas. 3) Cuando se nombre un inspector de la APN, el administrado asumira los costos del traslado del inspector al area de inspeccion asi como los costos por alojamiento, alimentacion y movilidad local PROCEDIMIENTO 2 Para el otorgamiento de la Refrenda Anual del Certificado de Autorizacion de la Instalacion Portuaria Especial (IPE) se debera de cumplir con lo siguiente: 1) Solicitud del administrado dirigido al Gerente General de la APN que contenga: a) Generales de ley e indicar detalle de lo solicitado. b) Indicar numero y fecha de autorizacion del certificado. c) Clase de mercancias o sustancias peligrosas que se movilizan y/o almacenan. 2) Adjuntar: a) MORDAZA del RUC de la empresa b) Certificado original vigente 3) Cuando se nombre un inspector de la APN, el administrado asumira los costos del traslado del inspector al area de inspeccion asi como los costos por alojamiento, alimentacion y movilidad local PROCEDIMIENTO 3 Para el otorgamiento de la autorizacion de ingreso de una nave a puerto (que tenga carga para el puerto o en transito) con sustancias y/o mercancias peligrosas CLASE 1 (Explosivos), se debera cumplir lo siguiente: 1) Solicitud del administrado dirigido al Gerente General de la APN que contenga: a) Generales de ley e indicar detalle de lo solicitado. b) MORDAZA del certificado de matricula de la nave. c) Indicar si las operaciones comerciales se efectuaran directamente. d) Relacion de las sustancias o mercancias peligrosas a ser movilizadas, indicando nombre tecnico, clase numero ONU o numero de carga a granel segun corresponda. 2) Adjuntar: a) Dos (2) copias del manifiesto de carga peligrosa b) Dos (2) copias del plano de estiba c) MORDAZA del certificado de aprobacion de los embalajes/envases o RIG emitido por la Autoridad Maritima, de las mercancias a embarcar en el puerto. 3) Se debera documentar las gestiones realizadas con el administrador portuario por donde se efectuaran las operaciones comerciales, para el nombramiento de personal especializado que se encargara de verificar la manipulacion de sustancias o mercancias peligrosas CALSE 1. PROCEDMIENTO 4 Para el otorgamiento de la autorizacion de operaciones de trasbordo de explosivos de una nave a otra, se debera cumplir lo siguiente: 1) Solicitud del Administrado dirigido al Gerente General de la APN que contenga:

a) Generales de ley e indicar detalle de lo solicitado. b) Caracteristicas de las naves c) Indicar las medidas de seguridad adoptadas 2) Adjuntar: a) Dos (2) copias del manifiesto de carga peligrosa b) Dos (2) copias del plano de estiba c) Permiso de trasbordo otorgado por la SUNAT (Aduanas) PROCEDMIENTO 5 Para el otorgamiento de la aprobacion de PLANES DE EMERGENCIA para la Instalacion Portuaria Especial, se debera cumplir lo siguiente: 1) Solicitud del administrado dirigido al Gerente General de la APN que contenga: a) Generales de ley e indicar detalle de lo solicitado. b) MORDAZA del RUC de la empresa c) Dos (2) originales del PLAN DE EMERGENCIA de acuerdo a los lineamientos establecidos por la APN. PROCEDIMIENTO 6 Para el otorgamiento de la autorizacion para efectuar operaciones de alijo de hidrocarburos o sustancias nocivas y/o perjudiciales liquidas a granel. 1) De acuerdo a lo indicado en el parrafo (1) del anexo 6 de la presente resolucion. 06708

Delegan competencia de Gerente General para impedir zarpe o levantar impedimento de zarpe a personas encargadas de la recepcion y despacho de naves que se encuentren de turno
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 046-2006-APN/GG
Callao, 7 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 15º numeral 15.1 de la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943, el ingreso y salida de naves y el embarque y descarga de mercancias al Puerto, asi como su recepcion, permanencia y tratamiento en el Puerto y/o recinto portuario es de competencia y responsabilidad exclusiva de la Autoridad Portuaria Nacional (APN); asimismo, el articulo 24º inciso k) de dicha Ley senala, entre otras atribuciones y funciones de la APN, la de normar el ingreso, permanencia y salida de naves y de la carga en los puertos de todo el MORDAZA, al igual que el remolcaje, recepcion y despacho, seguridad del puerto y de las naves; Que, las Disposiciones Transitorias y Finales Novena y Decimo Primera del Reglamento de la Ley Nº 27943 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, modificadas mediante Decreto Supremo Nº 010-2005-MTC, establecen que a partir del 30 de junio de 2005 la Autoridad Portuaria Nacional sera la encargada de tramitar todos los procedimientos administrativos de su competencia, entre ellos el ingreso y salida, recepcion, permanencia y tratamiento de las embarcaciones recreativas y naves pesqueras de bandera peruana en puertos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2005-MTC se aprobo el Reglamento de Recepcion y Despacho de Naves en los Puertos del Peru, en el cual se regulan los procedimientos de Recepcion y Despacho de Naves REDENAVES - que son de competencia de la APN. Asimismo, en el articulo 55º de la referida MORDAZA se establecen las causales de impedimento de zarpe de una nave; Que, el Decreto Supremo Nº 014-2005-MTC expresa que el servicio de recepcion y despacho de naves debe prestarse las 24 horas del dia y los 365 dias del ano, procurando la eficiencia y la rapidez del trafico maritimo

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