Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2006 (17/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Autorizacion Expresa para explotar juegos de casino en la sala de juegos del Restaurante Cinco Tenedores Turistico "CLUB SOCIAL MIRAFLORES"; Que, al MORDAZA de lo establecido en el literal b) del articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, mediante Expediente Nº 0003372006-MINCETUR, la empresa solicita el retiro de una (1) mesa de juego de la modalidad de BLACK JACK; Que, la documentacion e informacion requerida para efectuar el retiro e incremento de mesas de juego se encuentra establecida en el Procedimiento Nº 03, literal b) del T.U.P.A. del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, vigente a la fecha de MORDAZA de la solicitud; Que, evaluada la documentacion e informacion presentada por la empresa, se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar su solicitud; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, el Decreto Supremo Nº 0062005-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 372-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 732-2003-MINCETUR/VMT/DNT, en los terminos siguientes: "Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa RECREATIVOS DEL MORDAZA S.A., la explotacion de diez (10) mesas de juego de casino en la sala de juegos del Restaurante cinco Tenedores Turisticos denominado: "Club Social Miraflores", ubicado en la Av. Malecon de la Reserva Nº 535, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, segun el siguiente detalle:
Nº DE MESAS 01 04 05 MODALIDAD POKER CARIBENO RULETA (Americana) BLACK MORDAZA AUTORIZACION Y REGISTRO JC0008 JC0002 JC0001 RESOLUCION DIRECTORAL R.D. Nº 206-1999-MITINCI/VMT/DNT R.D. Nº 200-1999-MITINCI/VMT/DNT R.D. Nº 199-1999-MITINCI/VMT/DNT

TOTAL DE MESAS AUTORIZADAS: Diez (10) "

Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 06634

Autorizan a Inversiones Hobby S.A.C. la explotacion de mesas de juego de casino en sala de juegos ubicada en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 301-2006-MINCETUR/VMT/DNT
MORDAZA, 15 de marzo de 2006 Visto, el Expediente Nº 001694-2005-MINCETUR, de fecha 11.11.2005, en el que la empresa INVERSIONES HOBBY S.A.C. solicita autorizacion expresa para explotar juegos de casino en la sala de juegos del Restaurante Cinco Tenedores Turistico: "LA HUACA", ubicado en la avenida MORDAZA Nº 2130, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regula la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el MORDAZA, estableciendose en el articulo 24º del citado cuerpo legal que corresponde a la Direccion

Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion, fiscalizacion, supervision, evaluacion y sancion vinculadas a las explotaciones MORDAZA referidas; Que, el articulo 14º de la ley MORDAZA mencionada asi como el articulo 7º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establecen los requisitos que los solicitantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorizacion; Que, de la evaluacion de la presente solicitud se advierte que la empresa ha cumplido con presentar la documentacion y/o informacion requerida para acceder a la autorizacion expresa solicitada; Que, en observancia de lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la solicitante presenta MORDAZA del Certificado de fecha 10.12.2004, otorgado por la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el que se deja MORDAZA que el establecimiento denominado "LA HUACA" tiene la categoria y calificacion de Restaurante Cinco Tenedores Turistico; asimismo, presenta MORDAZA de la Licencia de Apertura de Establecimiento Nº 0844-01, de fecha 07.04.1999, otorgada por la Municipalidad de Lince por el giro principal de Restaurante, ademas de la correspondiente Declaracion Jurada de permanencia en el giro principal; Que, con relacion a la observancia de la distancia minima establecida en el articulo 5 º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, de los resultados del Informe Tecnico Nº 073-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJMTC/SDFCSMACS-FVB, de fecha 08.02.2006; y en aplicacion de lo establecido en la Directiva Nº 002-2003-MINCETUR/VMT/ DNT, se determino que la sala de juegos se encuentra dentro de la prohibicion establecida en el articulo MORDAZA mencionado; Que, no obstante, la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional de Casinos de Juego mediante Resolucion Nº 056-97-ST/CNCJ, de fecha 07.07.1997, asi como la Direccion Nacional de Turismo mediante Resolucion Directoral Nº 863-2000-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 24.10.2000, autorizaron la explotacion de maquinas tragamonedas en la referida sala de juegos, razon por la que a la solicitante no le debe resultar aplicable la restriccion establecida en el articulo 5º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, al haberse acreditado el inicio de operaciones de la sala de juegos objeto de la presente autorizacion, MORDAZA de la entrada en vigencia del mencionado cuerpo legal; Que, de otro lado, la solicitante adjunta MORDAZA del Certificado de Seguridad en Defensa Civil Nº 2263-INDECISDRDC, de fecha 19.12.2005, expedido por la MORDAZA Direccion Regional de Defensa Civil del Instituto Nacional de Defensa Civil, en el que se deja MORDAZA que la sala de juegos ubicada en Av. MORDAZA Nº 2130, distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, cumple con las normas de seguridad exigibles a este MORDAZA de establecimientos; Que, segun consta en el Informe Tecnico Nº 073-2006MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-SDFCS-MACS-FVB, la sala de juegos cumple con las normas tecnicas de funcionamiento y seguridad, encontrandose las mesas de juego de casino contenidas en la presente resolucion autorizadas y registradas (homologadas) por la Direccion Nacional de Turismo; Que, de la evaluacion de la solvencia economica e idoneidad moral de la solicitante y de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decision, se advierte segun consta del Informe Economico-Financiero Nº 038-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-CAPJNHDB-CADTN, de fecha 07.12.2005, que la solicitante y las personas MORDAZA indicadas cumplen con los criterios de evaluacion establecidos en la Directiva Nº 004-2003MINCETUR/VMT/DNT, debiendose precisar de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, que dicha evaluacion es permanente en tanto el titular de la autorizacion mantenga vigente la autorizacion concedida; Que, en observancia de lo establecido en los articulos 19º y siguientes de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la solicitante ha cumplido con otorgar garantia por las obligaciones y sanciones derivadas de su aplicacion y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la misma que se encuentra constituida por la Poliza de Caucion en Garantia Nº J0004-00-2006, de fecha 16.02.2006, otorgado por la Compania de Seguros de Credito y Garantias;

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