Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2006 (17/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 316863

Que, la Oficina de Registro de Estado Civil senalada en el parrafo precedente, implemento expediente de ampliacion de autorizacion para Reinscripcion de Nacimientos, habiendo cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion, confirmandose la necesidad de que se aperture el Registro para Reinscripcion, constituido por Libros de Actas Oficiales para Nacimiento correspondiente a los anos 1999 y 2000; Que, la solicitud de ampliacion de reinscripcion de la Seccion de Nacimiento, contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente por la Subgerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; En tanto a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 11832005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la Resolucion Jefatural Nº 1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de ampliacion de autorizacion de Resolucion Jefatural Nº 231-2005-JEF/ RENIEC, de fecha 28 de enero del 2005, para la Reinscripcion de Libros de Actas Oficiales para Nacimiento correspondiente a los anos 1999 y 2000, de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Sina, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de MORDAZA, por los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Sina, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de MORDAZA, para que proceda a la ampliacion del MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial, con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion ­ Ley Nº 26242 ­ 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06644

Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de San MORDAZA de Porres
RESOLUCION JEFATURAL Nº 243-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 VISTO: el Informe Nº 000513-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 8 de febrero del 2006 y el Informe Nº 000152-2006-GAJ/RENIEC de fecha 16 de febrero del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor, Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas, y

cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497- Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, por Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF de fecha 3 de MORDAZA de 1996, se delego las funciones registrales contenidas en el articulo 44º de la Ley Nº 26497, a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de las Comunidades Nativas, debidamente autorizadas, esto en tanto se promulgara el Reglamento de las Inscripciones en el Registro de Identificacion y Estado Civil; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM de fecha 23 de MORDAZA de 1998, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, en donde ademas se precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, asi como los organos de apoyo, asesoramiento y control del Registro y acorde con ello el Articulo 11º del mismo, precisa que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175 - Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la MORDAZA y de Ceja de MORDAZA, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil; Que, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el articulo 262º del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Subgerencia de Registros del Estado Civil, a traves del Informe Nº 000513-2006/SGREC/GO/RENIEC, senala que la Comunidad MORDAZA de SAN MORDAZA DE PORRES ha presentado Acta de Conformacion de Comite Especial, a que se refiere el considerando precedente; Que, la Comunidad MORDAZA a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente complementado, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional que la normatividad vigente dispone, las mismas que requieren de publicidad, esencial para su vigencia; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil- Ley Nº 26497, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la Resolucion Jefatural Nº 1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, asi como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de:
COMUNIDAD MORDAZA DISTRITO PROVINCIA MAYNAS DEPARTAMENTO MORDAZA

SAN MORDAZA DE PORRES MORDAZA MORDAZA CLAVERO

Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA mencionada en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza, asi como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.