Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2006 (24/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Aprueban propuesta de nueva zonificacion en el distrito de San MORDAZA y rectifican la R.D. Nº 1514/INC
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 576/INC
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2006 VISTA, la Resolucion Directoral Nacional Nº 1514/INC de fecha 10 de noviembre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 5º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 1514/INC de fecha 10 de noviembre de 2005 senala: "Para cualquier obra de Ingenieria que se pretenda ejecutar en la MORDAZA A, que implique remocion de tierras en areas libres de construcciones modernas, se debe presentar y ejecutar un proyecto de evaluacion arqueologica de acuerdo al Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; y para el caso de areas con estructuras modernas se debe presentar y ejecutar trabajos de monitoreo arqueologicos; Que, mediante Oficio Nº 139-2005-PATPAL/PCD de fecha 30 de noviembre de 2005 el Ing. MORDAZA Woodman Pollit, Presidente (e) del Consejo Directivo del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita lo siguiente: - Se modifique el Articulo 5º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 1514/INC en los siguientes terminos: "Para el caso de las areas que conforman la MORDAZA A se deben ejecutar trabajos de monitoreo arqueologico, los que estaran a cargo de la Division de Arqueologia del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dando cuenta de lo actuado al Instituto Nacional de Cultura; y en las areas que colindan con la MORDAZA Tres Palos, La MORDAZA La MORDAZA, la MORDAZA 39 y la MORDAZA 47, que se requieran ejecutar obras de ingenieria y que implique remocion de tierras, se debe presentar y ejecutar un proyecto de evaluacion arqueologica, de acuerdo al Reglamento de Investigaciones Arqueologicas"; - Que, se rectifique la parte considerativa de la Resolucion Directoral Nacional Nº 1514/INC en la cual se ha consignado MORDAZA 570, debe decir MORDAZA 57 D, Muralla 550 debe decir Muralla 55 D; Muralla 550-2, debe decir Muralla 55 D-2; Muralla 550-3, debe decir 55 D-3; y MORDAZA 47, debe decir 47 A; - Se excluya de la Resolucion Directoral Nacional Nº1514/INC la MORDAZA 58B, por haber colapsado y elaborado los trabajos de rescate; - Se modifique las areas que se ha consignado en el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 1514/ INC, asi como en los articulos 3º y 4º de la referida Resolucion, teniendo en cuenta que el area del terreno del MORDAZA de Las Leyendas es de 973, 450 m2, conforme a los linderos y medidas perimetricas que se detallan en la Resolucion Nº 04-93-SBN, emitida por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, mediante Acuerdo Nº 025 de fecha 13 de enero de 2006, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acuerda: 1. Encargar a la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, elabore una propuesta para zonificar nuevamente la denominada MORDAZA A, a fin de que se proponga otra MORDAZA (area comprendida por las Huacas Tres Palos, MORDAZA La MORDAZA, MORDAZA 39 y MORDAZA 47) que contienen caracteristicas similares a la denominada MORDAZA B, y que necesariamente requieren de la ejecucion de un proyecto de evaluacion arqueologica previa; 2. Los trabajos de monitoreo arqueologico, deben estar a cargo de un licenciado en arqueologia debidamente inscrito en el Registro Nacional de Arqueologos, Colegiado y Habilitado, quien debe presentar el Plan de Trabajo de Monitoreo Arqueologico, para su revision y aprobacion por el Instituto Nacional de Cultura;

3. Recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, rectifique la parte considerativa de la Resolucion Directoral Nacional Nº 1514/INC, la cual senala MORDAZA 570, debe decir: MORDAZA 57 D, Muralla 550 debe decir: Muralla 55 D; Muralla 550-2, debe decir: Muralla 55 D-2; Muralla 550-3, debe decir: 55 D-3; y MORDAZA 47, debe decir: 47 A; 4. Solicitar a la Subdireccion de Supervision y Peritaje, emita el informe de supervision correspondiente sobre el estado actual de la MORDAZA 58 B; 5. Una vez elaborada la nueva propuesta de zonificacion se emitira opinion para la aprobacion de los planos definitivos; Que, con Informe Nº 145-2006-INC/DREPH/DA-SDICLAMS de fecha 8 de febrero de 2006, el Lic. MORDAZA Moulet MORDAZA, Arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, remite el Plano Tematico: Remanente del Conjunto Arqueologico Maranga (en el MORDAZA de Las Leyendas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B1) Plano Nº PTEM-007-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 de fecha 2 de febrero de 2006, a escala 1/2500, con un area de 11.02 Ha y un perimetro de 1729.2762, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 427-2006-INC/DREPH-SDSPMAGC de fecha 28 de febrero de 2006, el Lic. MORDAZA MORDAZA Ciquero, Arqueologo de la Subdireccion de Supervision y Peritajes de la Direccion de Arqueologia, comunica que se ha realizado la inspeccion en la "Isla 1", a fin de verificar el nivel de danos en la MORDAZA 58-B, deduciendo que esta ha sido completamente nivelada por maquinaria pesada, segun las huellas halladas en el terreno. Asimismo, concluye que la denominada MORDAZA 58-B, no debe ser retirada de la lista de sitios arqueologicos en el MORDAZA de Las Leyendas; Que, mediante Acuerdo Nº 201 de fecha 3 de marzo de 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda, entre otros: 1. Aprobar la propuesta de zonificacion (area comprendida por las Huacas Tres Palos, MORDAZA La MORDAZA, MORDAZA 39 y MORDAZA 47) siguiente: - Plano Tematico: Remanente del Conjunto Arqueologico Maranga (En el MORDAZA de Las Leyendas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B1) Plano Nº PTEM-007-INC_DREPH/DA/ SDIC-2006 de fecha 2 de febrero de 2006, a escala 1/2500, con un area de 11.02 Ha y un perimetro de 1729.2762, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; 2. Mantener la intangibilidad del sitio arqueologico MORDAZA 58-B, del Remanente del Complejo Maranga, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, el inciso 1) del Articulo 201º de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision. Con la visacion de la Direccion de Gestion, la Direccion de Arqueologia, la Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 0172003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la propuesta de zonificacion (area comprendida por las Huacas Tres Palos, MORDAZA La MORDAZA, MORDAZA 39 y MORDAZA 47) siguiente: Plano Tematico: Remanente del Conjunto Arqueologico Maranga (En el MORDAZA de Las Leyendas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B1) Plano Nº PTEM-007-INC_DREPH/DA/ SDIC-2006 de fecha 2 de febrero de 2006, a escala 1/2500, con un area de 11.02 Ha y un perimetro de 1729.2762, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; que contienen caracteristicas similares a la denominada MORDAZA B, y que necesariamente requieren de la ejecucion de un proyecto de evaluacion arqueologica previa.

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