Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2006 (24/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2006

Declaran en abandono procedimiento de cambio de titular de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 086-2006-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 20 de marzo del 2006 Vistos los escritos de Registros Nº 00014163 del 1 de agosto y 14 de setiembre de 2005, presentados por "PESQUERA MORDAZA S.A." mediante los cuales solicita el cambio del titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA II de matricula Nº CO-9906-PM; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE del 17 de enero de 1995, se otorgo Permiso de Pesca, a RODGA S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada RODGA con matricula Nº CO-9906-PM para ser destinada a la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 321-96-PE de fecha 17 de junio se 1996, se autorizo a MORDAZA S.A. el Cambio del Titular del Permiso de Pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "YAGO II" (ex Rodga), con matricula Nº CO-9906-PM; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que la transferencia de la posesion o la propiedad de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que mediante escrito con Registro Nº 00014163 del 1 de agosto de 2005, PESQUERA MORDAZA S.A. solicita el cambio del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 321-96-PE, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II con matricula Nº CO-9906PM; Que a traves del Oficio Nº 3033-2005-PRODUCE/ DNEPP-Dchi de fecha 22 de agosto de 2005, recibido el 24 de agosto de 2005 segun consta en el cargo de notificacion, se requirio a PESQUERA MORDAZA S.A. que presente el certificado compendioso de dominio y certificado de matricula de la embarcacion MORDAZA II a nombre de la empresa asimismo, precise si recaian gravamenes sobre la embarcacion; Que con el escrito de Registro Nº 00014163 del 14 de setiembre de 2005, PESQUERA MORDAZA S.A. informa que sobre la embarcacion existe una hipoteca MORDAZA constituida a favor de PESQUERA TOPACIO S.A.C por lo que solicita se deje sin efecto la declaracion jurada de no tener gravamenes asimismo, que se encuentran a la espera que la Oficina Registral respectiva emita el certificado compendioso de dominio y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, el certificado de matricula, por lo que solicitan se amplie el plazo para subsanar dicha documentacion; Que a traves del Oficio Nº 3401-2005-PRODUCE/ DNEPP-Dchi, de fecha 3 de octubre del 2005, recibido por la empresa el 4 de octubre de 2005 segun consta en el cargo de notificacion, se responde el escrito de fecha 14 de setiembre de 2005, informando a PESQUERA MORDAZA S.A. que debera cenirse al plazo establecido en el articulo 191º de la Ley del Procedimiento Administrativo General y cumplir con subsanar los requisitos observados, conforme se establece en el procedimiento Nº 6 del Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Que a la fecha, la empresa "PESQUERA MORDAZA S.A." , no ha cumplido con presentar la documentacion solicitada a traves del oficio MORDAZA mencionados, produciendose la paralizacion del Procedimiento por mas de treinta dias por causa imputable al administrado, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, procede declarar en abandono el procedimiento iniciado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y

Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 0182006-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono el Procedimiento de Cambio del Titular del Permiso de Pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE y modificada por la Resolucion Ministerial Nº 321-96-PE, para la operacion de la embarcacion pesquera "YAGO II", con matricula Nº CO-9906PM iniciado por PESQUERA MORDAZA S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 07086

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de licencia de operacion de planta de enlatado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 087-2006-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 20 de marzo del 2006 Visto el escrito con registro Nº 00035092 de 7 de noviembre y su adjunto del 25 de noviembre del 2005, presentado por SAN MORDAZA S.A. y demas documentos propios al procedimiento administrativo; CONSIDERANDO : Que de acuerdo con lo establecido por el literal d) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, para el desarrollo de las actividades pesqueras las personas naturales y juridicas requeriran de licencia para la operacion de las plantas de procesamiento pesquero de productos pesqueros; la misma que es otorgada a nivel nacional por el Ministerio de la Produccion, conforme a lo dispuesto en el articulo 46º del mismo cuerpo legal, en concordancia con la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Que de conformidad con el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de Licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el articulo 51º del citado Reglamento en el considerando precedente, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 217-95-PE, de fecha 5 de MORDAZA de 1995, se otorgo a la empresa PESQUERA SAN MORDAZA DEL SUR S.A., Licencia de Operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos para la produccion de enlatado y harina de pescado, con las capacidades de 2,880 cajas/turno y 6 t/h respectivamente, en su establecimiento industrial ubicado en el Km 21.5 de la carretera Pisco-Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que a traves del escrito del visto, la empresa SAN MORDAZA S.A solicita el cambio de titular de la citada

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