Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2006 (27/08/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA 27 de agosto de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

326969

departamento de Lima; y, tal como consta en el Acta de la Sesion de la Junta Preparatoria del Congreso de fecha 25 de MORDAZA de 2006, de fojas 08 a 29, se le tomo juramento en su MORDAZA cargo; Que, habiendose cumplido con los requisitos formales para la expedicion de credenciales al accesitario, y estando a lo dispuesto en el articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia, el regidor es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral; correspondiendo en este caso llamar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la organizacion politica "Unidad Nacional"; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Metropolitano de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006, debiendo otorgarsele la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial de Regidor del Concejo Metropolitano de MORDAZA, otorgada a don MORDAZA MORDAZA Galarreta Velarde. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 01488-8

articulos 6º y 11º del "Reglamento para la Recepcion, Calificacion e Inscripcion de Listas de Candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales del Ano 2006" aprobado por Resolucion Nº 1301-2006-JNE, vence el 30 de agosto de 2006; y para los candidatos a elecciones regionales, vencio el 21 de agosto de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 01488-9

Inscriben a la "Organizacion Politica Local Provincial Dialogo Vecinal" de la provincia y departamento de MORDAZA, en el Registro Especial de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas
OFICINA DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLITICAS
RESOLUCION Nº 185-2006-OROP/JNE MORDAZA, 21 de agosto de 2006 VISTA: La solicitud presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Lastres Ferrucci, Presidente y Personero Legal Titular, respectivamente, de la Organizacion Politica Local Provincial "Movimiento Independiente Dialogo Vecinal" cuya denominacion fue modificada por la de "Organizacion Politica Local Provincial Dialogo Vecinal", de la provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que mediante solicitud presentada fecha 20 de MORDAZA de 2005, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Lastres Ferrucci, Presidente y Personero Legal Titular, respectivamente, de la Organizacion Politica Local Provincial "Organizacion Politica Local Provincial Dialogo Vecinal", solicitaron a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, la inscripcion de dicha organizacion politica en el Registro Especial que conduce; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todos los requisitos contenidos en el articulo 17º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, modificado por el articulo 2º de la Ley Nº 28581, esto es, I) Relacion de adherentes en numero no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las ultimas elecciones de caracter nacional dentro de la circunscripcion en la que la organizacion politica local provincial desarrolla sus actividades, advirtiendose en tal sentido que con Oficios Nº 614-2005-GAE/RENIEC de fecha 7 de junio de 2005, Nº 028-2006-GAE/RENIEC de fecha 5 de enero de 2006, Nº 861-2006-GAE/RENIEC de fecha 5 de junio de 2006 y Nº 1415-2006-GAE/RENIEC de fecha 13 de MORDAZA de 2006, la Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, RENIEC, informo que de un total de 77,735 firmas presentadas se declararon validas 41,215 firmas, cantidad que supera las 40,768 necesarias para tal efecto, II) Actas de Constitucion de comites distritales en mas de la mitad mas uno de los distritos que integran la provincia de MORDAZA, suscritas cada una de ellas por mas de 50 adherentes debidamente identificados, adicionalmente, han presentado acta de fundacion, la cual contiene la designacion del organo directivo con expresa mencion de las personas que ocupan dichos cargos, el Ideario, el cual a su vez contiene los objetivos, principios asi como la vision de la provincia de MORDAZA, la denominacion, el domicilio legal, la designacion de los personeros legales, de los personeros tecnicos, del apoderado y del representante legal, asimismo, han presentado un estatuto;

Precisan plazos para la MORDAZA de solicitudes de inscripcion de candidatos para las elecciones municipales y regionales del ano 2006
RESOLUCION Nº 1360-2006-JNE
MORDAZA, 24 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28869 que promueve la participacion de la juventud en las listas de regidores en elecciones municipales, publicada el 12 de agosto de 2006, senala que, para las elecciones municipales del 19 de noviembre de 2006, las organizaciones politicas y alianzas electorales tendran hasta el 30 de agosto de 2006 como plazo para presentar sus respectivas solicitudes de inscripcion de candidatos a alcaldes y regidores ante los Jurados Electorales Especiales; Que, la prorroga excepcional del plazo a que se refiere el considerando precedente, esta referida especificamente a los candidatos municipales, y debe ser incorporada al Reglamento para la Recepcion, Calificacion e Inscripcion de Listas de Candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales del Ano 2006, aprobado por Resolucion Nº 1301-2006-JNE del 7 de agosto de 2006, en cuyo articulo 6º se establece que la fecha de vencimiento del plazo para la MORDAZA de solicitudes de inscripcion de listas de candidatos es el 21 de agosto de 2006 (90 dias MORDAZA de las elecciones), en aplicacion del articulo 10º de la Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Municipales; Que, asimismo, el referido plazo sera el que regira al aplicar el articulo 11º del Reglamento acotado, en cuanto a la posibilidad de reemplazar a candidatos municipales tachados, lo que se podra hacer hasta el 30 de agosto de 2006; lo que no sucede en el caso de los candidatos regionales, cuyo plazo de MORDAZA de solicitudes de inscripcion vencio indefectiblemente el 21 de agosto de 2006; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar que para los candidatos a elecciones municipales, el plazo a que se refieren los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.