Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2006 (27/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES PROYECTO

El Peruano MORDAZA 27 de agosto de 2006

TITULO VI: PROGRAMAS Y PROYECTOS PRESENTADOS POR LAS EMPRESAS OPERADORAS PARA LA UTILIZACION DE LOS APORTES EFECTUADOS AL FITEL, EN EL MORDAZA DEL ARTICULO 246-A DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE TELECOMUNICACIONES Articulo 35º.- MORDAZA con los objetivos de FITEL Los proyectos presentados por las empresas operadoras, que soliciten el financiamiento de proyectos utilizando los aportes efectuados, deberan realizarse en MORDAZA con los objetivos de FITEL y de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento. Articulo 36º.- Empresas operadoras que puede presentar programas o proyectos Cualquier empresa que aporte a FITEL puede presentar programas o proyectos de telecomunicaciones. En caso una empresa no cuente con concesion para el area especifica del proyecto o para un servicio determinado, la firma del contrato de financiamiento estara sujeta a la suscripcion o modificacion del contrato de concesion. Para poder obtener el subsidio, la empresa operadora debera haber cumplido con las siguientes obligaciones: 36.1. MORDAZA de la declaracion jurada mensual y anual del aporte por regulacion a OSIPTEL y del derecho especial de FITEL. 36.2. MORDAZA de pago de las multas administrativas y tributarias que OSIPTEL le MORDAZA impuesto y cuya resolucion MORDAZA causado estado; salvo que se encuentren impugnadas en sede judicial. Articulo 37º.- Requisitos que deben cumplir los programas o proyectos de telecomunicaciones presentados por las empresas operadoras Los requisitos para los programas o proyectos que presenten las empresas operadoras son los siguientes: 37.1. Ofertar servicios publicos de telecomunicaciones esenciales y/o TICs en las areas de intervencion de FITEL, a tarifas razonables con el nivel de ingreso de la poblacion rural. 37.2. Los servicios propuestos no deben formar parte de las obligaciones contraidas por las empresas operadoras en sus respectivos contratos de concesion u otras obligaciones asumidas con el Estado. 37.3. Elaborar y presentar programas o proyectos de telecomunicaciones, formulados en base a costos de empresa eficiente en la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones esenciales propuestos en la iniciativa. El modelo de costo del prestador eficiente, sera analizado teniendo en cuenta el dimensionamiento optimo de planta, con tecnologia adecuada y eficiente, que permita el mantenimiento de calidad de servicio asi como la sostenibilidad del proyecto. Los parametros de definicion de empresa eficiente seran alcanzados a los promotores por la Gerencia de Politicas Regulatorias y por la Gerencia FITEL de OSIPTEL. 37.4. Deberan demostrar que: a) Generaran beneficio social. b) El proyecto es sostenible en el largo plazo. c) El subsidio se limita a cubrir los recursos necesarios para hacer viable el proyecto. d) Se encuentra dentro del MORDAZA de las politicas del sector. 37.5. Los proyectos deben ser formulados en el MORDAZA del SNIP y al nivel del ciclo del proyecto que corresponda sea el de perfil, pre factibilidad o factibilidad. Cada vez que se pase de un nivel a otro, deberan perfeccionar la informacion presentada, los costos, los calculos, reducir el riesgo, entre otros. Asimismo, deberan atender los requerimientos que les hayan sido alcanzados por las diversas instancias de evaluacion. 37.6. El plazo para que la totalidad de los servicios se encuentren operativos no debe superar dos anos luego de la suscripcion del contrato de financiamiento. Excepcionalmente, OSIPTEL podra considerar plazos superiores cuando estos

MORDAZA absolutamente necesarios para la generacion de un mayor beneficio economico y social. Articulo 38º.- MORDAZA de revision La revision de los programas o proyectos presentados por las empresas operadoras estara a cargo de la Gerencia FITEL. Dicha revision se realizara en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles. Articulo 39º.- Localidades que podran ser parte de los proyectos Las localidades deberan contar con las siguientes caracteristicas a la fecha de formulacion del proyecto: 39.1. Que se encuentren dentro de las areas de intervencion de FITEL. 39.2. Que MORDAZA localidades que no esten incluidas en programas, proyectos o servicios que hayan sido aprobados por el Consejo Directivo de OSIPTEL o por el MTC, con anterioridad a la fecha de MORDAZA de la solicitud. 39.3. Que las localidades no esten comprendidas en programas o proyectos que hayan recibido anteriormente subsidio con fondos de FITEL o del MTC, para un servicio igual o similar al que se propone implementar. 39.4. Que MORDAZA localidades en las que OSIPTEL, de acuerdo a sus objetivos y a la politica de desarrollo del sector, considere conveniente la provision de algun servicio. Articulo 40º.- Calculo de los aportes disponibles por cada empresa operadora El monto de los aportes disponibles por cada empresa para un proyecto o programa elaborado para la aplicacion del presente titulo, se calculara a la fecha de MORDAZA de la solicitud, teniendo en cuenta que solo se consideraran los aportes realizados por el derecho especial de FITEL correspondientes a los ingresos de la empresa operadora a partir del ejercicio del ano 2005, el acumulado de los aportes realizados por el derecho especial de FITEL que tengan el caracter de pago anual y los aportes realizados por el derecho especial de FITEL que tengan el caracter de pago a cuenta. Para estos efectos se consideraran los pagos por el derecho especial de FITEL realizados a partir del ejercicio del ano 2005, descontando: 40.1. Los subsidios otorgados a dicha empresa operadora por proyectos anteriores que se hayan adjudicado en aplicacion del articulo Nº 246-A del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. 40.2. Los subsidios solicitados por la empresa mediante proyectos que se encuentren en evaluacion o pendientes de firma de contrato de financiamiento. 40.3. La parte alicuota de los gastos corrientes de FITEL calculados sobre el periodo comprendido dentro de la solicitud del subsidio. 40.4. La parte alicuota del valor total del subsidio requerido por los proyectos consignados en el Programa de Actividades que OSIPTEL presente al MTC cada ano. Esta disposicion estara vigente a partir del agotamiento de los fondos acumulados en FITEL hasta el ano 2004. Las empresas operadoras podran solicitar a OSIPTEL informacion sobre el valor de sus aportes disponibles. Articulo 41º.- Subsidio a otorgar Para la disposicion de los recursos de FITEL, de conformidad con el MORDAZA del presente titulo, se tomara en cuenta que el subsidio solicitado servira unicamente para cubrir el monto equivalente al Valor Actual Neto negativo del programa o proyecto que resulte de la evaluacion del flujo de MORDAZA economico expresado en moneda nacional. La empresa operadora solicitante de los aportes al FITEL debera co financiar al menos el veinte por MORDAZA (20%) del valor del CAPEX del proyecto o programa. El flujo de MORDAZA economico debera considerar un periodo de evaluacion minimo de diez (10) anos y una tasa de descuento calculada de acuerdo al costo promedio de capital, aplicandose una metodologia que

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