Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2006 (22/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano jueves 22 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

322183

DEBE DECIR: "(....)Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los (....)." En el Articulo 1º, primer parrafo DICE: Los propietarios de edificaciones ubicadas en el Distrito del MORDAZA, que hayan ejecutado obras de construccion, ampliacion, modificacion y remodelacion sin la Licencia de Obra, Conformidad o Finalizacion de Obra y Declaratoria de Fabrica se consideraran aptas para regularizar, aquellas construcciones ejecutadas que a la fecha cuenten por lo menos con aprobacion municipal del Proyecto de Habilitacion MORDAZA, exceptuandose de este requisito a los inmuebles ubicados dentro del Centro Historico del Rimac.. DEBE DECIR: Los propietarios de edificaciones ubicadas en el Distrito del MORDAZA, que hayan ejecutado obras de construccion, ampliacion, modificacion y remodelacion sin la Licencia de Obra, Conformidad o Finalizacion de Obra y Declaratoria de Fabrica, terminadas durante el periodo comprendido desde el 21 de MORDAZA de 1999 hasta el 30 de MORDAZA del 2005, podran regularizarlas sin el pago de multas, ni otras sanciones, de acuerdo al procedimiento establecido en la presente Ordenanza. Tambien se consideraran aptas para regularizar, aquellas construcciones ejecutadas que a la fecha cuenten por lo menos con aprobacion municipal del Proyecto de Habilitacion MORDAZA, exceptuandose los inmuebles indicados en el Articulo 2º de la presente. En el Articulo 2º DICE: Los Monumentos y Edificaciones conformantes de Ambientes Urbanos Monumentales y Zonas Monumentales Declaradas o no, que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nacion no estaran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza, los cuales se regiran por la Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles" publicada el 6 de diciembre del 2001 y por la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", publicada el 22 de MORDAZA del 2004. DEBE DECIR: Los inmuebles expresamente declarados Monumentos Historicos y aquellos conformantes de Ambientes MORDAZA Monumentales que Constituyen Patrimonio Cultural de la Nacion, no estan comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza, los cuales se regiran por la Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles" publicada el 6 de diciembre del 2001 y por la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", publicada el 22 de MORDAZA del 2004. En el Articulo 6º DICE: El Verificador Responsable encargado del tramite de Regularizacion de la Declaratoria de Fabrica presentara la siguiente documentacion - Solicitud dirigida al MORDAZA en formato oficial DEBE DECIR: El Verificador Responsable encargado del tramite de Regularizacion de la Declaratoria de Fabrica presentara la siguiente documentacion - Solicitud simple dirigida al Alcalde. En el Articulo 6º parrafo antepenultimo DICE: (*) Para la revision previa, se presentara solo un juego de formularios y planos debidamente firmados. Luego del VºBº del Departamento de Obras Privadas, Zonificacion y Anuncios, de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, dichos documentos seran entregados a la Division de Declaratoria de Fabrica de Desarrollo MORDAZA, para proseguir con el tramite DEBE DECIR: (*) Para la revision previa, se presentara solo un juego de formularios y planos debidamente firmados. Lue-

go del VºBº del Departamento de Obras Privadas, Zonificacion y Anuncios, de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, dichos documentos seran entregados a la Municipalidad por triplicado y debidamente legalizados ante Notario Publico, para proseguir con el tramite. En el Articulo 9º ultimo parrafo DICE: Luego de contar con la documentacion que acredite el levantamiento de las cargas inscritas, debera solicitarse el Certificado de Levantamiento de Cargas al Departamento de Obras Privadas, Zonificacion y Anuncios cuyo costo sera de 4.063% de la Unidad Impositiva Tributaria. DEBE DECIR: Luego de contar con la documentacion que acredite el levantamiento de las cargas inscritas, debera solicitarse el Certificado de Levantamiento de Cargas al Departamento de Obras Privadas, Zonificacion y Anuncios cuyo costo sera de 3.25% de la Unidad Impositiva Tributaria. En la MORDAZA Disposicion Complementaria DICE: La Municipalidad Distrital del MORDAZA, a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, reconocera para los tramites inherentes a otro MORDAZA de Autorizaciones, tales como Licencia de Funcionamiento, Certificado de Numeracion y otros contemplados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), las Resoluciones de Aprobacion de Regularizacion de Declaratoria de Fabrica de las edificaciones ejecutadas hasta el 30 de MORDAZA del 2004, gestionadas a traves de la presente Ordenanza, asi como las Declaratorias inscritas de acuerdo al Titulo I, de la Ley Nº 27157. DEBE DECIR: La Municipalidad Distrital del MORDAZA, a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, reconocera para los tramites inherentes a otro MORDAZA de Autorizaciones, tales como Licencia de Funcionamiento, Certificado de Numeracion y otros contemplados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), las Resoluciones de Aprobacion de Regularizacion de Declaratoria de Fabrica de las edificaciones ejecutadas hasta el 30 de MORDAZA del 2005, gestionadas a traves de la presente Ordenanza, asi como las Declaratorias inscritas de acuerdo al Titulo I, de la Ley Nº 27157. El plazo para acogerse a este beneficio es de doce (12) meses, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza. 11052

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Autorizan a procurador iniciar acciones contra presunto responsable de falsificacion de documentos
ACUERDO Nº 068-2006/MDV-CDV Ventanilla, 26 de MORDAZA de 2006 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo celebrada el 26 de MORDAZA del 2006, el Informe Nº 260-2006/MDV-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica referente a presunta falsificacion de documentos;

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