Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2006 (22/06/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

322186

NORMAS LEGALES
ACUERDA:

El Peruano jueves 22 de junio de 2006

observaciones a las Bases de la Licitacion Publica Nº 00012006-MDE/CE-LP concluyendo en dicho Pronunciamiento , NO ACOGER en su totalidad las observaciones Nº 1 al 7 formuladas por la empresa MORDAZA S.A.; indicando ademas que el Comite Especial debera efectuar las modificaciones a las Bases del presente MORDAZA teniendo en cuenta las observaciones formuladas por el CONSUCODE. Asimismo precisa en el numeral 4.8 CONCLUSIONES que: "Publicado el Pronunciamiento del CONSUCODE en el SEACE, este debera ser implementado estrictamente por el Comite Especial, aun cuando ello implique que dicho organo acuerde bajo responsabilidad, la suspension temporal del MORDAZA y/o la prorroga de las etapas del mismo, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 113º del Reglamento". Por lo que en virtud a lo expuesto, se necesita un tiempo prudencial para que el Comite Especial implemente las conclusiones arribados por el CONSUCODE conforme al numeral 4.7 y 4.8 del rubro 4. CONCLUSIONES del mencionado Pronunciamiento; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 024-2006-MDE de fecha 3 de MORDAZA de 2006, se acuerda Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche, de esta Corporacion Edilicia, por el lapso de 30 dias calendario, autorizandose la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos de Programa del Vaso de Leche, conforme al requerimiento del area usuaria, consistente en 2, 637.48Kg. de Leche en Polvo Saborizada con Azucar y 7,033.20Kg. de Harina de MORDAZA con Quinua Fortificada con Kiwicha. Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 597-2006-MDE de fecha 9 de MORDAZA de 2006, se aprobo el contrato suscrito entre esta Municipalidad y la Empresa Molinera San MORDAZA para dicho abastecimiento, segun el requerimiento descrito en el Considerando precedente, durante el periodo comprendido entre el 18 de MORDAZA al 16 de junio de 2006. Que, mediante Oficios Nº 295-2006-MDE y Nº 192-2006MDE/GM de fechas 31 de MORDAZA de 2006, se alcanza al CONSUCODE informacion suficiente y relevante respecto a la Licitacion Publica Nº 001-2006-MDE/CE-LP, asi como el Proyecto de Bases Administrativas Integradas del referido MORDAZA adecuadas a las observaciones de CONSUCODE contenidas en el Oficio Nº 370-2006/GNP/AN de fecha 23 de MORDAZA de 2006, siendo necesaria la fecha efectiva de notificacion por parte de CONSUCODE para continuar con el referido Proceso. Que, el inciso 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 27470 "Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche", modificado por la Ley Nº 27712, prescribe que "El Programa del Vaso de Leche debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos". Por lo que es necesaria la atencion y distribucion de los alimentos a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, toda vez que se trata de la alimentacion diaria de los ninos en edad de crecimiento, extrema pobreza y condicion economica precaria; Que, de conformidad al articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, "Se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, de lo mencionado en el parrafo precedente, se tiene que para que se configure la causal de exoneracion de procesos de seleccion, segun el inciso c) del articulo 19º del TUO. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se deben presentar los siguientes supuestos; a) Ausencia de bienes y/o servicios, b) La ausencia debe ser extraordinaria e imprevisible, c) La ausencia compromete servicios esenciales u operaciones productivas realizadas por la Entidad, y d) El compromiso de los servicios esenciales u operaciones productivas debe ser directo e inminente. Por los fundamentos expuestos, el Concejo Municipal en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por Mayoria, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta;

Articulo 1º.- DECLARAR en SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por el lapso de 30 dias calendario. Articulo 2º.- AUTORIZAR la Exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, conforme al requerimiento del area usuaria, consistente en: 2 637,48 Kg. de Leche en Polvo Saborizada con Azucar y 7 033,20 Kg. de Harina de MORDAZA con Quinua Fortificada con Kiwicha. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Unidad de Logistica y Sistemas la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, en forma directa mediante acciones inmediatas, atendido con los recursos de la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios - Programa del Vaso de Leche, del Presupuesto Institucional Ano Fiscal 2006, segun detalle: - ITEM I: Leche en Polvo Saborizada con Azucar: 2 637,48 Kg. - ITEM II: Harina de MORDAZA con Quinua Fortificada con Kiwicha: 7 033,20 Kg. Articulo 4º.- DISPONER el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales, de los funcionarios o servidores publicos involucrados; de resultar procedente, en el caso que el desabastecimiento se produzca como consecuencia del obrar negligente de la Entidad; encargandose de su cumplimiento a la Gerencia Municipal. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General e Imagen Institucional de la Municipalidad, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE MORDAZA del acuerdo y del informe tecnico legal que dieron origen al presente documento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA NAMOC MORDAZA MORDAZA 10963

SEPARATA ESPECIAL MINISTERIO PUBLICO
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 728-2006-MP-FN Mediante Oficio Nº 3976-2006-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Publico solicita se publique Fe de Erratas del Reglamento de Supervision de Organismos de Bienes Incautados aprobado por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 728-2006-MP-FN, y publicado en Separata Especial en la edicion del dia 17 de junio de 2006. DICE: Articulo 19º.- Procedimiento de procesamiento y entrega de la informacion registro,

a. Recibida la informacion a que se refiere el inciso ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. del Articulo 8. , la Oficina la registra en su base de datos. DEBE DECIR: Articulo 19º.- Procedimiento de procesamiento y entrega de la informacion registro,

a. Recibida la informacion a que se refiere el inciso a) del Articulo 9º, la Oficina la registra en su base de datos. 111051

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.