Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2006 (24/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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LICA DEL P E

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322384

NORMAS LEGALES
DECRETA:

El Peruano sabado 24 de junio de 2006

haberse efectuado en las diversas especialidades relacionadas con la especialidad principal que el Instituto desarrolla. Para Hospitales del Nivel II se requiere mas de cinco (5) anos de desempeno profesional." Articulo 2º.- Establecer que la convocatoria a que se refiere el articulo 18º del mencionado Reglamento, se efectuara en primera convocatoria a nivel del personal nombrado del Ministerio de Salud y Direcciones Regionales de Salud; y, en caso de no haber postulantes aptos, la MORDAZA convocatoria sera de caracter abierto. Articulo 3º.- Las mencionadas disposiciones no son de aplicacion en los concursos para acceder a los cargos de Directores de los Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud que se encuentren en proceso. Articulo 4º.- Restituir la vigencia del Reglamento de Concurso para el cargo de Jefaturas de Departamentos y Servicios de los Institutos Especializados, Hospitales y Centros de Salud que fue aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2002-SA, en tanto se apruebe el MORDAZA Reglamento. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los veintitres dias del mes de junio del ano dos mil seis. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11235

Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Salud para que, mediante Resolucion del Titular se disponga el desplazamiento del personal nombrado de MORDAZA necesario, para desempenar funciones en el MORDAZA de los compromisos adoptados a traves del Acuerdo de Cooperacion entre el Ministerio de Salud y el Organismo MORDAZA de Salud - Convenio MORDAZA Unanue; reservandose la plaza y el retorno a su nivel de MORDAZA al concluir el desplazamiento del personal, considerando para todos los efectos legales, el tiempo de servicios prestados. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de junio del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11236

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de aseo y limpieza del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 224-2006-TR
MORDAZA, 21 de junio de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1630-2006-MTPE/4/10.1, el Oficio Nº 835-2006-MTPE/4/9.2, el Informe Nº 154-2006-MTPE/ 4/9.220, el Oficio Nº 1623-2006-MTPE/4/10.1, el Informe Nº 068-2006-MTPE/4/10.120, y el Informe Nº 317-2006MTPE/9.110; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 1630-2006-MTPE/4/10.1 la Oficina de Administracion solicita se declare la situacion de desabastecimiento inminente del servicio de aseo y limpieza del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para contratar via exoneracion dicho servicio; Que, el Informe Nº 068-2006-MTPE/4/10.120 senala que la empresa PROFESIONALES EN MANTENIMIENTO S.R.L. actualmente viene prestando el servicio de aseo y limpieza del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de conformidad con el contrato suscrito el 22 de marzo del 2006, el mismo que concluira el 21 de junio del 2006, quedando en una MORDAZA situacion de desabastecimiento inminente el servicio de aseo y limpieza; Que, con Memorando Nº 424-2006-MTPE/4/10.1 la Oficina de Administracion informa que en la actualidad el MORDAZA de seleccion para la contratacion de este servicio se encuentra en el Tribunal del CONSUCODE (Expediente Nº 0602.2006.TC), en virtud del recurso de revision interpuesto por la empresa Limpieza y Apoyo Personal S.A. - LIMASA; Que, se indica en el Informe Nº 068-2006-MTPE/4/10.120 que los hechos mencionados lineas arriba conllevan a una situacion de desabastecimiento inminente del servicio de aseo y limpieza del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, lo que compromete en forma directa e inminente las funciones, servicios y actividades que tiene a su cargo de manera esencial el Ministerio de Trabajo y Promocion, por ser condiciones minimas de seguridad e higiene ocupacional respecto de servidores, trabajadores y funcionarios de la Institucion; y respecto del servicio publico que se presta a los usuarios el cual debe prestarse en ambientes adecuados y con condiciones minimas de salubridad, siendo en consecuencia el servicio de aseo y limpieza un elemento sustancial para el desarrollo de la actividad institucional; Que, en ese contexto, a traves del Informe Nº 0682006-MTPE/4/10.120 se solicita se declare en desabastecimiento el servicio de aseo y limpieza por un plazo de 3 meses o hasta un dia MORDAZA de la entrada en vigencia del contrato a suscribirse con la empresa postora que resulte finalmente beneficiada con la buena pro en el Concurso Publico Nº 001-2006/MTPE, lo que ocurra primero; por un monto MORDAZA de S/. 55,627.74 Nuevos Soles;

Autorizan desplazamiento de personal necesario para desempenar funciones en el MORDAZA de compromisos adoptados a traves del Acuerdo de Cooperacion con el Organismo MORDAZA de Salud Convenio MORDAZA Unanue
DECRETO SUPREMO Nº 011-2006-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Peru es signatario del Convenio MORDAZA Unanue en el MORDAZA de la cooperacion tecnica horizontal en el Sector Salud, reconociendose con ello las ventajas que significa desarrollar una estrecha colaboracion cientifica, el intercambio de conocimientos y experiencias tecnicas y practicas en el Area de la Salud; y, la necesidad de llevar a la practica en forma rapida y efectiva los planes y programas aprobados por las Reuniones de Ministros de Salud del Area Andina; Que, los acuerdos de cooperacion, bajo el contexto del citado Convenio, como el celebrado entre Ministerio de Salud y el Organismo MORDAZA de Salud (ORAS) implican envio o intercambio de especialistas, expertos, consultores y tecnicos para la prestacion de servicios de consulta, asesoramiento, ensenanza e investigacion, en relacion a programas y proyectos especificos enmarcados en el contexto del acotado Convenio; Que, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, no contemplan acciones administrativas especificas para el desplazamiento de funcionarios y/o servidores a Instituciones Supranacionales, como el Organismo MORDAZA de Salud-Convenio MORDAZA Unanue; Que, en consecuencia es conveniente y necesario dictar las medidas que permitan facilitar, en forma inmediata y oportuna el desplazamiento de personal a fin de cumplir los compromisos contraidos en el MORDAZA del Acuerdo de Cooperacion citado, durante el lapso de tiempo que dure el programa o proyecto, lo que implica, en el caso de ser un servidor de MORDAZA, contemplar la reserva de la plaza; Que, para efectos de dar cabal cumplimiento a los compromisos del Ministerio de Salud, en el MORDAZA del Acuerdo de Cooperacion ORAS-CONHU, es pertinente facilitar el desplazamiento del personal de carrera; De conformidad con el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru;

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