Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2006 (24/06/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

322406

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 24 de junio de 2006

y custodiados por la Jefatura de Logistica hasta la fecha de realizacion del sorteo, luego de lo cual seran entregados a la Gerencia de Administracion y Finanzas para que proceda a la entrega de los premios a los ganadores del sorteo que se encuentren presentes. Articulo 13º- Entrega de los premios Los premios se entregaran solamente dentro del mes siguiente de realizado el sorteo, debiendo publicarse los resultados en la pagina web de la municipalidad y en un diario de circulacion local. En caso en que no se encuentren presentes los ganadores al momento de realizado el sorteo, la entrega se realizara en las oficinas de la Gerencia de Administracion y Finanzas sito en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 200 - San MORDAZA, a los ganadores o a la persona que acredite su representacion mediante una carta poder legalizada, debiendo suscribirse la correspondiente acta de entrega. La Gerencia de Administracion debera remitir MORDAZA del acta a Secretaria General y a la Gerencia Municipal, para su supervision. Los premios no recogidos seran donados a los contribuyentes que el Concejo Municipal estime conveniente. Articulo 14º.- Archivo e Informe al Ministerio del Interior La Jefatura de Servicios y Orientacion al Contribuyente debera organizar un archivo en el que se registren la documentacion y antecedentes que se generen para cada uno de los contribuyentes premiados. La Gerencia de Rentas remitira al Ministerio del Interior - Direccion General de Gobierno Central el informe detallado y documentado del sorteo realizado y premios entregados. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion de la presente Ordenanza en coordinacion con la Gerencia de Rentas. Segunda.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones necesarias y/o reglamentacion a que hubiera lugar para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, incluyendo la ampliacion de la vigencia de esta, de ser necesaria la misma. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11158

sujecion al ordenamiento juridico, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; siendo competentes, entre otros, para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial. Estableciendo la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en su numeral 3) del articulo 79º como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, el reconocer a los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalizacion; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senale la ley; Que, el articulo 40º de la MORDAZA precitada, establece que la deuda tributaria podra compensarse total o parcialmente con los creditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, que correspondan a periodos no prescritos, que MORDAZA administrados por el mismo organo administrador y cuya recaudacion constituya ingreso de una misma entidad; Que, el ultimo parrafo del articulo 43º del Codigo Tributario, establece que la accion para solicitar o efectuar la compensacion, asi como para solicitar la devolucion prescribe a los cuatro (4) anos; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5) del articulo 44º del Codigo Tributario, el termino prescriptorio se computara desde el uno (1) de enero siguiente a la fecha en que se efectuo el pago indebido o en exceso o en que devino en tal, tratandose de la accion a que se refiere el ultimo parrafo del articulo anterior; De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA PRESCRIPCION DE COMPENSACIONES Y DEVOLUCIONES POR CONCEPTO DE TRIBUTOS MUNICIPALES Articulo Primero.- PRESCRIBIR las compensaciones y devoluciones de pagos indebidos o en exceso, por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al periodo 2001 y anteriores, por tener la condicion de periodos prescritos. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Informatica y a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11159

Disponen prescripcion de compensaciones y devoluciones de pagos indebidos o en exceso, por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al periodo 2001 y anteriores
ORDENANZA Nº 375-MSB
San MORDAZA, 22 de junio de 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto, en la XI-2006 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22.06.2006, el Dictamen Nº 014-2006-MSB-CER, de la Comision de Economia y Rentas. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional publicada el 4 de octubre del 2005, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con

Otorgan beneficio tributario para pago de arbitrios correspondientes al 2006, a favor de contribuyentes de los asentamientos humanos cuyos predios esten registrados con el uso comercio
ORDENANZA Nº 376-MSB
San MORDAZA, 22 de junio de 2006

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.