Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2006 (24/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano sabado 24 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

322369

de US$ 800,00 (Ochocientos y 00/100 Dolares Americanos) por concepto de viaticos ... DEBE DECIR: SE RESUELVE: (...) Segundo.- Autorizar a la Oficialia Mayor para que, con cargo al Pliego Presupuestal del Congreso de la Republica, otorgue al Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la suma de US$ 600,00 (Seiscientos y 00/100 Dolares Americanos) por concepto de viaticos ... 11240

Suspenden declaracion adicional exigida para semillas de cartamo establecida en la R.D. Nº 288-2005AG-SENASA-DGSV
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 27-2006-AG-SENASA-DSV
MORDAZA, 22 de junio de 2006 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 04-2006-AG-SENASA-DSV-SCV que sustenta la necesidad de ampliar la entrada en vigencia de la declaracion adicional exigida como requisito fitosanitario en la Resolucion Directoral Nº 288-2005-AGSENASA-DGSV para la importacion de semillas de cartamo (Carthamus sp.) origen y procedencia de EE.UU.; y CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 27322, "Ley MORDAZA de Sanidad Agraria", se establece que la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados capaces de introducir o propagar plagas deberan sujetarse a las disposiciones que establezca el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el Articulo 36º del Decreto Supremos Nº 048-2001-AG, Reglamento General de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, los requisitos fitosanitarios aplicables a la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, deberian ser aprobados mediante Resolucion de Organo de Linea correspondiente; Que, como resultado de la evaluacion del Analisis de Riesgo de Plagas de la semilla de cartamo (Carthamus sp.), la Resolucion Directoral Nº 288-2005-AG-SENASADGSV ha establecido los requisitos fitosanitarios para la importacion de estas semillas.; Que, hemos tomado conocimiento que, existe la imposibilidad de cumplir con uno de los requisitos fitosanitarios exigidos, referidos a que las semillas provienen de semilleros oficialmente inspeccionados por la Organizacion Nacional de Proteccion Fitosanitaria ­ ONPF del MORDAZA de origen y/o procedencia durante el crecimiento activo del cultivo, debido a que el stock de semillas en el MORDAZA corresponden en la mayoria de los casos, a cosechas pasadas; Que, la Resolucion Directoral Nº 288-2005-AG-SENASADGSV, no otorgo un plazo para la entrada en vigencia del mencionado requisito; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 0482001-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Unico.- Suspender hasta el 31 de MORDAZA de 2007 la declaracion adicional exigida para semillas de cartamo ( Carthamus sp.) establecida en la Resolucion Directoral Nº 288-2005-AG-SENASA-DGSV, referido a la exigencia que las semillas provengan de semilleros que han sido inspeccionados oficialmente por la ONPF del MORDAZA

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Designan Gerente de la Oficina de Administracion del INRENA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0538-2006-AG
MORDAZA, 23 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0921-2004AG de fecha 28 de octubre del 2004, se designo al economista MORDAZA Einshower MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente de la Oficina de Administracion del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura; Que, el referido funcionario ha presentado su renuncia al cargo con efectividad al 23 de junio de 2006; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar con efectividad al 23 de junio de 2006, la renuncia presentada del economista MORDAZA Einshower MORDAZA MORDAZA al cargo de Gerente de la Oficina de Administracion del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, en el cargo de Gerente de la Oficina de Administracion del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 11200

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