Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2006 (24/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 24 de junio de 2006

Visto, el Oficio V-900-SGFA-EMGI-Nº 0810 del 27 de marzo de 2006 remitido por el Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru a la Secretaria General del Ministerio de Defensa; CONSIDERANDO: Que, el Gerente Administrativo de la Seccion de Asuntos Antinarcoticos (NAS) de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, ha efectuado una donacion con cargo y pacto de reversion a favor del Ministerio de Defensa de la Republica del Peru, consistente en una Impresora H.P., Jet 6110, Accesorios, MORDAZA MORDAZA 510D, 14", 2000, MORDAZA MORDAZA 501P, 14", 2000, CPU H.P., Vectra VLi8, PIII, 800 Mhz/WNT/Office97., CPU H.P., PIII, 800 Mhz/WNT/Without Office, bienes que seran destinados a la Base FAP Puerto MORDAZA de la Fuerza Aerea del Peru; Que, mediante Cartas de Donacion N° 135/04-JP de fecha 14 de Diciembre del 2,004, N° 146/04-JP de fecha 28 de Diciembre 2004, el Gerente Administrativo de la Seccion de Asuntos Antinarcoticos (NAS) de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, certifica la Donacion a favor de la Base FAP Puerto MORDAZA de la Fuerza Aerea del Peru, la cual consiste en una Impresora H.P., Jet 6110, Accesorios, MORDAZA MORDAZA 510D, 14", 2000, MORDAZA MORDAZA 501P, 14", 2000, CPU H.P., Vectra VLi8, PIII, 800 Mhz/ WNT/Office97., CPU H.P., PIII, 800 Mhz/WNT/Without Office, dentro del MORDAZA del Convenio para combatir el Uso Indebido y la Produccion y el Trafico Ilicito de Drogas y su acuerdo operativo vigente entre nuestros Gobiernos, bienes valorizados en US$ 967.86 (NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE Y 86/100 DOLARES AMERICANOS); Que, el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 21942 establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas al Gobierno Central, Gobiernos Locales, Instituciones y Organismos Publicos, gozaran de tratamiento preferencial en el despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos la expedicion de Resolucion liberatoria; Que, el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 935, que modifica el inciso k), del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-99-EF de fecha 15 de MORDAZA de 1999, establece que no estan gravados con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Publico, siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 67º del mencionado Decreto Supremo Nº 055-99-EF, senala que no estan gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo, las operaciones de importacion de bienes que se efectuen conforme a lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del inciso e) del Articulo 2º, asi como la importacion o transferencia de bienes a titulo gratuito, a que se refiere el inciso k) del indicado Articulo 2º; Que, el Articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF de fecha 17 de MORDAZA del 2001, senala que la donacion de bienes muebles que se efectue a favor del Estado, sera aceptada por Resolucion del Titular de la entidad publica donataria, debiendose especificar el valor de los bienes donados; y, Estando a lo informado por el Secretario de Administracion de Bienes de la FAP y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 055-99-EF de fecha 15 de MORDAZA de 1999, Decreto Supremo 154-2001-EF de fecha 17 de MORDAZA del 2001, Decreto Supremo Nº 099-96-EF de fecha 07 de Octubre de 1996, Ley Nº 27860 de fecha 12 de Noviembre del 2002, Ley del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 004-DE-SG de fecha 19 de Febrero del 2003 que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar y Aprobar la donacion efectuada por el Gerente Administrativo de la Seccion de Asuntos Antinarcoticos (NAS) de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, a favor del Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aerea del Peru - Base FAP Puerto MORDAZA, consistente en una Impresora H.P., Jet 6110, Accesorios, MORDAZA MORDAZA 510D,

14", 2000, MORDAZA MORDAZA 501P, 14", 2000, CPU H.P., Vectra VLi8, PIII, 800 Mhz/WNT/Office97., CPU H.P., PIII, 800 Mhz/ WNT/Without Office., valorizados en US$ 967.86 (NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) que se detalla a continuacion:
Descripcion Impresora H.P., Office Jet 6110. Accesorios MORDAZA MORDAZA 510D, 14", 2000 MORDAZA MORDAZA 501P, 14", 2000 CPU H.P., Vectra VLi8, PIII, 800Mhz/WNT/ Office 97. CPU H:P., Vli8, PIII, 800 Mhz/WNT/Without Office Numero de Serie MY482J33JV Codigo de Barras N007848 Cantidad Precio Unitario Estimado US$ 01 367.82

G1558028002908 A9915019886 US03901753

N007629 N007628 N007627

01 01 01

100.01 100.01 200.01

US03901317

N007626

01

200.01

Articulo Segundo.- Comprendase a la donacion aceptada en el articulo anterior, dentro de los alcances del Articulo 1º del Decreto Ley Nº 21942, del Inciso k), del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-99-EF, sustituido por el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 935, y del MORDAZA parrafo del Articulo 67º del citado Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion a la Secretaria de Administracion de Bienes de la Fuerza Aerea Peru, a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Defensa, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo senalado por ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 11109

Autorizan viaje de oficial del Ejercito a EE.UU. para participar en Curso de Equipo Especial de Reaccion a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aereas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 564-2006/DP/SDAPE/INF-2
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2006 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 0033 A-4/DAI/ JEMGE de MORDAZA 2006, de la Oficina de Asuntos Internacionales del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio al Tte Inf MORDAZA MORDAZA DENEGRI BALLESTEROS, para participar como alumno en el Curso de Equipo Especial de Reaccion a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aereas en San MORDAZA, Texas - Estados Unidos de MORDAZA del 19 de MORDAZA al 1 setiembre del 2006, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula al autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero del 2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004 y el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero del 2006 y;

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