Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2006 (17/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Modifican el Reglamento de la Ley Nº 28600, sobre incentivos y elaboracion del Padron de Productores de Algodon correspondiente a la Cosecha 2005
DECRETO SUPREMO Nº 030-2006-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 041-2005-AG, se modifico la Primera Disposicion Transitor ia del Reglamento de la Ley Nº 28600, que crea el Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de las variedades Tanguis, Pima, Supima, Del Cerro, Hazera y otras producidas en el Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 036-2005-AG, estableciendo el monto del incentivo a otorgarse a los productores de algodon Tanguis y Aspero para la cosecha 2005; Que, es necesario determinar el otorgamiento del incentivo a los productores de las variedades Pima, Supima, Del Cerro y Hazera para la cosecha 2005, a fin de dar cumplimiento a la Ley Nº 28600, en ese extremo y adicionar a la MORDAZA Disposicion Transitoria de ese Reglamento nuevas normas para un adecuado procedimiento en la confeccion del Padron de Productores de Algodon para los fines del otorgamiento del incentivo; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Del Incentivo Incorporese como penultimo parrafo de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 28600, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2005AG, modificado por Decreto Supremo Nº 041-2005-AG, el texto siguiente: "El incentivo a los productores de algodon de las variedades Pima, Supima, Del Cerro y Hazera para la cosecha 2005, es de S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) por quintal de algodon MORDAZA, hasta un MORDAZA de 250 quintales por agricultor. El otorgamiento del incentivo a productores de algodon de las variedades Tanguis, Pima, Supima, Del Cerro, Hazera y otras producidas en el Peru, para la cosecha 2006 en adelante, se realizara conforme a lo dispuesto en el articulo 2º del Reglamento de la Ley." Articulo 2º.- Modificacion de la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Adicionese a la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 28600, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2005-AG, los parrafos siguientes: "Las Direcciones Regionales Agrarias, en cuyo ambito se aplica el "Programa Nacional de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero", conjuntamente con las Agencias Agrarias de cada MORDAZA, son las responsables de la elaboracion del Padron de Productores de Algodon correspondiente a la Cosecha 2005. Para efectos del otorgamiento del incentivo, el referido padron de productores debera ser visado por el presidente de la Junta de Usuarios de la jurisdiccion. Asimismo, las Direcciones Regionales Agrarias deberan remitir a la Unidad de Administracion del Programa, para su evaluacion, el citado Padron de Productores. Las fechas de cierre y de envio de los padrones de productores, asi como el plazo que permita resolver las omisiones y/o errores originados en la elaboracion de los padrones de beneficiarios seran determinados por el Ministerio de Agricultura mediante Resolucion Ministerial."

Articulo 3º.- De las Direcciones Regionales y Agencias Agrarias Sustituyase el inciso d) del articulo 4º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2005-AG, con el siguiente texto: "d) Lima: Direccion Regional y Agencias Agrarias de Barranca, Huaral, MORDAZA, Canta, Mala y Canete." Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Agricultura y de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 08799

Aprueban Carta de Entendimiento suscrita con IICA para viabilizar el diseno e implementacion en el Peru de un Observatorio de MORDAZA Agroproductivas y Territorios
RESOLUCION SUPREMA Nº 014-2006-AG MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2002 el Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura IICA suscribio un Acuerdo General de Cooperacion Tecnica con el Ministerio de Agricultura - MINAG, fijando las bases y lineamientos a traves de los cuales el IICA brindara cooperacion tecnica al MINAG y sus organismos descentralizados en las Areas Estrategicas de Politica Comercial e Integracion, Promocion de la Competitividad de los Agronegocios, Promocion de la Sanidad Agropecuaria y la Inocuidad de Alimentos, Desarrollo Rural Sostenible y el Uso Racional de Recursos Naturales, y Modernizacion Institucional; Que, los objetivos del MINAG y el IICA son coincidentes y complementarios en las actividades vinculadas a las Areas Estrategicas de Politica Comercial e Integracion, Promocion de la Competitividad de los Agronegocios, Promocion de la Sanidad Agropecuaria y la Inocuidad de Alimentos, Desarrollo Rural Sostenible y el Uso Racional de Recursos Naturales, y Modernizacion Institucional, y que por lo tanto puede traducirse en la implementacion de programas conjuntos; Que, el Sector Publico debe contar con informacion, herramientas y mecanismos para orientar y apoyar su relacion con el Sector Privado, en el MORDAZA de los acuerdos de competitividad, siendo necesario viabilizar el diseno e implementacion en el Peru de un Observatorio de MORDAZA Agroproductivas y Territorios; Que, es necesario aprobar la Carta de Entendimiento suscrita por el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura - IICA; y, De conformidad con lo dispuesto en la Setima Disposicion Final de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

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