Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2006 (17/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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kilometro 669,85 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, segun los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese.

De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 107-2003EF y 042-2006-EF; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0058-2006/SBN-GO-JAR de fecha 24 de MORDAZA de 2006; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones (e) 08727 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 052-2006/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 Visto el Expediente Nº 005-2006/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 178,03 m² ubicado en la parte alta del Cerro La Toma, en el distrito de Sayan, provincia de Huaura y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno ubicado en la parte alta del Cerro La Toma, en el distrito de Sayan, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, que se encuentra libre de inscripcion; Que, realizada la inspeccion tecnica el 25 de enero de 2006 se verifico que el terreno de 178,03 m2, es de naturaleza eriaza, conformado por suelo rocoso, ocupada por una Estacion Retrasmisora de la empresa Telefonica del Peru S.A.A.; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 16 de diciembre del 2005, la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA manifiesta que efectuado el estudio correspondiente, segun consta en el Informe Tecnico Nº 8202-2005SUNARP-Z.R.N NºIX/OC de fecha 15 de diciembre de 2005, no se encontro inscripcion del predio en consulta; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, el Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 1542001-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de septiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia;

Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno de 178,03 m2, ubicado en la parte alta del Cerro La Toma en el distrito de Sayan, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Huacho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones (e) 08728 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 053-2006/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 Visto el Expediente Nº 007-2006/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 141.41 m², ubicado en la parte alta del Cerro Escalon en el distrito de Lunahuana, provincia de Canete y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno ubicado en la parte alta del Cerro MORDAZA en el distrito de Lunahuana, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, que se encuentra libre de inscripcion; Que, realizada la inspeccion tecnica el 12 de octubre de 2005, se verifico que el terreno de 141.41m2 es de naturaleza eriaza, conformado por suelo rocoso, ocupada por una Estacion Retrasmisora de la empresa Telefonica del Peru S.A.A.; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 28 de diciembre del 2005, la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA manifiesta que de acuerdo al Informe Tecnico Nº 8100-2005-SUNARP-Z.R.N NºIX/OC de fecha 22 de diciembre de 2005, el predio en consulta se ubica en MORDAZA donde no se observan graficados perimetricos inscritos; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, el Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF modificado por el Decreto Supremo

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