Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2006 (17/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y a su Ley Organica. Que, de conformidad con el literal c) del articulo 5º de la Ley Organica de la ONPE, Ley Nº 26487, es funcion de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente. Que, asimismo, segun lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Organica de la ONPE, este organismo tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular, manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo. Que, el articulo 159º de la Ley Organica de Elecciones establece que corresponde a la ONPE determinar las caracteristicas de las cedulas de sufragio, disponer lo relacionado con la impresion y distribucion de las mismas en la forma que estime mas conveniente, asi como las indicaciones ilustrativas que debe llevar la cedula para facilitar el MORDAZA al elector. Que, asimismo, el articulo 5º, literal b) de la Ley Organica de la ONPE dispone que es funcion de la ONPE disenar la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realizacion de los procesos a su cargo. Que, de conformidad con el articulo 42º, literal g) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 311-2005J/ONPE, es funcion de la Gerencia de Gestion Electoral elaborar el diseno grafico de la cedula de sufragio, actas

electorales, formatos y cualquier otro material electoral, incorporando las especificaciones tecnicas, en el MORDAZA de los contenidos propuestos por la Gerencia de Planificacion y Desarrollo Electoral, y proponer dichos materiales a la Jefatura Nacional para su aprobacion. Que, asimismo, el literal e) del articulo 9º del citado Reglamento dispone que es funcion de la Jefatura de la ONPE aprobar el diseno de la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral. En uso de las atribuciones que se le confieren a la Jefa de la ONPE por el articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru, y en merito a las normas legales y reglamentarias referidas, y con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Planificacion y Desarrollo Electoral, y de la Gerencia Gestion Electoral; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el modelo de la cedula de sufragio para las Nuevas Elecciones Municipales 2006, cuyos formatos aparecen en el anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- El formato del modelo de cedula de sufragio a que se refiere el articulo precedente tiene las especificaciones tecnicas consignadas en el anexo 2, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Pongase la presente resolucion en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y de las organizaciones politicas participantes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional

ANEXO 1

El modelo de cedula publicado mide 13.5 cm. de ancho x 20.5 cm. de largo, es de formato vertical a 04 MORDAZA en el anverso y 01 color en el reverso. La ubicacion de las organizaciones politicas son referenciales (sujeto al sorteo de ubicacion)

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