Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2006 (17/05/2006)


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NORMAS LEGALES
DECRETA:

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2006

Los representantes que tienen la calidad de funcionarios publicos deberan asistir obligatoriamente a las sesiones debidamente convocadas de los respectivos organos a que se refiere el articulo 4º, bajo responsabilidad. Articulo 7º.- Autonomia tecnica y economica La Comision goza de autonomia para canalizar recursos tecnicos, asi como para efectuar coordinaciones con el Fondo Nacional del Ambiente FONAM, a fin de implementar el diseno del fondo economico, a efectos de fortalecer sus acciones de lucha contra la desertificacion y mitigacion de los efectos de la sequia. Articulo 8º.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y el Ministro de Relaciones Exteriores, y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 08791

Articulo 1º.- Aprobacion y difusion del Plan Nacional de Desarrollo Ganadero Apruebase el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero para el periodo 2006 - 2015, que forma parte del presente Decreto y dispongase su difusion en las respectivas paginas web del Ministerio de Agricultura (MINAG), de sus Organismos Publicos Descentralizados y de sus Programas y Proyectos Especiales. Articulo 2º.- Implementacion Encarguese al Ministerio de Agricultura a traves de su Direccion General de Promocion Agraria, la implementacion del Plan Nacional de Desarrollo Ganadero. Los demas organismos del Poder Ejecutivo, prestaran el apoyo necesario para tal fin. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 08792

Aprueban Plan Nacional de Desarrollo Ganadero para el periodo 2006 - 2015
DECRETO SUPREMO Nº 023-2006-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 0490-2005-AG se constituyo la Comision Tecnica encargada de elaborar un Plan Ganadero Nacional, de acuerdo con las politicas del sector con la finalidad de promover el desarrollo sostenido del sector pecuario, a traves de mecanismos de gestion empresarial, innovacion tecnologica, entre otros que contribuyan al mejoramiento de su productividad; Que, el MORDAZA de elaboracion del Plan fue realizado de manera descentralizada a traves de su publicacion en la pagina web del Ministerio de Agricultura para la recepcion de aportes de los agentes involucrados y a traves de 8 talleres regionales donde se recogieron las propuestas de agentes del sector publico y privado de 22 regiones del MORDAZA, principalmente, de ganaderos e instituciones ganaderas representativas de la region; Que, el 28 de febrero del 2006, con Oficio Nº 0192006-AG-AS-MRB/PGN se hizo entrega al Ministro de Agricultura el documento final del plan, el mismo que fue elaborado por los miembros de la Comision Tecnica, que incluyo a representantes del sector publico y privado vinculados al sector pecuario, y que concertadamente lo titularon como Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2006 - 2015, estableciendo politicas y estrategias especificas para el sector pecuario que implica la intervencion directa e indirecta de diversas instituciones publicas y privadas, en el ambito nacional, regional y local; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura;

Prorrogan reservas de agua a favor del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico Olmos - Tinajones y del Proyecto Especial Hidroenergetico Alto MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 024-2006-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2002-AG, se prorrogo hasta el 27 de MORDAZA del ano 2004, las reservas de agua procedente de los MORDAZA Huancabamba, Tabaconas, Manchara, Chotano y Chunchuca, asi como de los afluentes del rio Chotano, a favor del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico Olmos y del Proyecto Hidroenergetico Alto MORDAZA, hasta un volumen anual de 2,050 MMC, correspondiendole a cada uno de ellos volumenes de 1,715 MMC y 335 MMC, respectivamente; Que, por Decreto Supremo Nº 030-2003-AG, se modifico el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 059-2002AG, estableciendose que las aguas para el desarrollo del Proyecto Hidroenergetico Alto MORDAZA procederan de la MORDAZA alta del rio Huancabamba; en tanto, que los requerimientos hidricos del Proyecto Olmos seran cubiertos con las aguas no utilizadas de este mismo rio, descontando la reserva ecologica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 0025-2004AG, se prorrogo en via de regularizacion hasta el 27 de MORDAZA del 2006, las reservas de agua procedentes de los MORDAZA Huancabamba, Tabaconas, Manchara, Chotano y Chunchuca, asi como los afluentes de estos MORDAZA, con excepcion del rio Paltic afluente del rio Chotano, a favor del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico Olmos, y del Proyecto Especial Hidroenergetico Alto MORDAZA, hasta un volumen anual de 2,050 MMC, correspondiendole a cada uno de ellos volumenes de 1,715 MMC y 335 MMC, respectivamente;

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