Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2007 (01/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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que se encuentran pendientes de ser resueltos por el citado organismo; Que, asimismo, la Direccion Regional MORDAZA refiere que con fecha 20 de enero de 2007, se suscribio el Contrato Nº 01-2007-INPE/16 con la empresa COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A., derivado del MORDAZA exonerado mediante Resolucion Presidencial Nº 035-2007-INPE/P de fecha 19 de enero de 2007, por el que se declaro en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y MORDAZA, por un monto total de S/. 184 592,80 (Ciento ochenta y cuatro mil quinientos noventa y dos con 80/100 nuevos soles), por los periodos de cuarenta (40) dias, para ambos establecimientos penitenciarios; Que, de otro lado, mediante Informe Nº 016-2007INPE/16.05.URMyS-ADQ de fecha 16 de febrero de 2007, la Jefa del Area de Adquisiciones y el Sub Director de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios de la Direccion Regional MORDAZA, manifiestan que el indicado contrato Nº 01-2007-INPE/16, debido al incremento de la poblacion penal en los citados centros penitenciarios, culminara el 28 de febrero de 2007, por lo que sugieren que se adopten las medidas necesarias que permitan el normal abastecimiento del suministro de alimentos preparados; Que, ante esta circunstancia, la Direccion Regional MORDAZA manifiesta que es necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del suministro de alimentos preparados para los internos, personal de seguridad y salud de los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y MORDAZA, por los periodos de sesenta y tres (63) y sesenta y un (61) dias calendarios, respectivamente, hasta por la suma total de S/. 367 553,50 (Tres cientos sesenta y siete mil quinientos cincuenta y tres con 50/100), importe que servira para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se resuelven los recursos de revision interpuestos por los citados consorcios, ya que ante una inminente situacion de desabastecimiento del suministro de alimentos preparados en los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y MORDAZA, podria ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas de estos que comprometerian directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como de los Centros Penitenciarios; debiendose tener presente que la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, mediante Oficio Nº 050-2007-INPE/16.03 de fecha 20 de febrero de 2007, la Oficina de Planificacion de la Direccion Regional MORDAZA senala que cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria para el suministro de alimentos preparados para los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y Huacho; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, conforme lo dispone el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-

PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento inminente; Que, en el articulo 148º de la normal legal acotada, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Que, mediante Informe Nº 053-2007-INPE/P de fecha 26 de febrero de 2007, la Oficina General de Asesoria Juridica, en atencion a los informes emitidos por la Direccion Regional MORDAZA, senala que legalmente es viable que se declare en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y Huacho; Estando a lo solicitado por la Direccion Regional MORDAZA y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 030-2007JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para los internos, personal de seguridad y salud de los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y MORDAZA, por los periodos de sesenta y tres (63) y sesenta y un (61) dias calendarios, respectivamente, a partir de la emision de la presente Resolucion, mientras se resuelven los recursos de reconsideracion en el Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Direccion Regional MORDAZA, del requisito del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Direccion Regional MORDAZA, para la adquisicion del suministro de alimentos preparados para los internos, personal de seguridad y salud de los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y MORDAZA de la Unidad Ejecutora 002: Direccion Regional MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 2 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO E.P. HUARAL E.P. MORDAZA TOTAL DIAS 63 61 TOTAL S/. 217 758,24 149 795,26 367 553,50

Dicha autorizacion es los periodos de sesenta y tres (63) y sesenta y un (61) dias calendarios, para los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y MORDAZA, respectivamente, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situacion de desabastecimiento inminente prevista en el articulo precedente, debiendose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento

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