Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2007 (01/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2007

acciones para el cumplimiento del presente acuerdo municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
31051-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2007-MDAV-SG

Aguas Verdes, 29 de enero del 2007 VISTOS: En la Extra Ordinaria de Concejo de fecha 27 de enero del 2007, el Informe Nº 001-2007-PVL-MDAV, el Informe Legal Nº 017-2007-UAJ-MDAV, que en su conjunto constituye el Informe Tecnico Legal que dispone el Articulo 146 del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en virtud del cual se recomienda se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente el suministro de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, aprobandose la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 001-2007-PVL-MDAV, de fecha 24 de enero del 2007, la Responsable del Programa del Vaso de Leche, informa que no cuenta con los insumos para cubrir el Programa en los meses de enero, febrero y marzo, por lo que recomienda se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente el suministro de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, y se realice en forma inmediata la adquisicion de los productos a fin de atender a los beneficiarios. Que, mediante Informe Nº 017-2007-UAJ-MDAV, de fecha 24 de enero del 2007, el Jefe de la Unidad de Asesoria Juridica informa que la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, no cuenta a la fecha con insumos para el Programa del Vaso de Leche. Por lo que no se viene cumpliendo con la entrega de las raciones alimenticias diarias dispuesta por ley, no habiendose efectuado ningun MORDAZA de seleccion que asegure el aprovisionamiento oportuno de los insumos que requiere el referido Programa en el presente ano. Precisa el Informe Legal, que existen los presupuestos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, para declarar la Situacion de Desabastecimiento Inminente el suministro de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, a fin de asegurar la continuidad del suministro de insumos alimenticios que requiere este Programa. Para ello debe efectuarse la adquisicion en forma directa y mediante acciones inmediatas en aplicacion del penultimo parrafo del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, en concordancia con el articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Que, el desabastecimiento de insumos por el que atraviesa el Programa de Vaso de Leche, se ha originado por el obrar negligente de los funcionarios de la Administracion Municipal pasada, que omitieron adoptar las acciones pertinentes, a fin de asegurar la provision de los insumos que conocian demandarian el Programa de Vaso de Leche en el presente ano.

Que, en el presente caso de conformidad con lo expuesto por la responsable del Programa del Vaso de Leche, se hace necesario declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente para los meses de enero, febrero y marzo del 2007, para la obtencion de insumos para el Programa de Vaso de Leche a fin de no poner en riesgo la atencion de los beneficiarios del referido Programa. Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, en su inciso c) establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, conforme a los hechos expuestos, se concluye que existe merito suficiente para la declaratoria de Situacion de Desabastecimiento Inminente para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, conforme lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º de su Reglamento, por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de asegurar la continuidad del suministro de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche. Que, de acuerdo a lo prescrito en el tercer parrafo del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando el desabastecimiento se MORDAZA producido por inaccion o demora en el accionar de un servidor publico, en la resolucion exoneratoria, bajo sancion de nulidad, debera disponerse el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados. De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º y los articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, inciso 35) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 y demas normas, luego del debate correspondiente, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta de Concejo Municipal por Unanimidad ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de insumos para el Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, correspondiente al producto de Hojuela de Cereales con Leche Fortificada con Vitaminas y Minerales Azucarados y Leche Evaporada, para los meses de enero, febrero y marzo del presente ano, a fin de no poner en riesgo la atencion de los beneficiarios de este programa. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la EXONERACION del MORDAZA de Seleccion, conforme al inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Gerencia Municipal a traves de la Jefatura de Logistica, como organo encargado responsable de llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion de

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