Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2007 (01/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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MORDAZA y la Dieta de los Regidores; asimismo el Articulo 12º de la precitada MORDAZA, establece que los Regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por Acuerdo de Concejo Municipal, dentro del Primer Trimestre del primer ano de gestion. Que, el Articulo 21º de la Ley Nº 27972 senala que el MORDAZA Distrital o Provincial, segun sea el caso, desempenara su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por Acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. Que, el inc. 2 del Articulo 5º de la Ley Nº 28212, modificado por Decreto de Urgencia Nº 038-2006 senala que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales recibiran Dietas segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales conforme a sus Leyes Organicas. En ningun caso las dietas pueden superar en total el Treinta por Ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional o MORDAZA correspondiente. Que, el Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM de fecha 31 de MORDAZA del 2006, fija en la suma de S/. 2,600.00 (Dos Mil Seiscientos Nuevos Soles) el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico (URSP); correspondiente al Ano 2007. Que, puesto a consideracion del Pleno, luego del debate correspondiente, sometido a votacion el pedido, se obtuvo siete (7) votos a favor expresado por los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Watanabe, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA, tres (3) votos en contra expresado por los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gavi MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Kobayashi Kobayashi, con una (1) abstencion expresada por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien propone que tanto el como los Regidores que votaban en contra puedan coordinar a fin que la Dieta a percibir sea donado a los ninos pobres de la Provincia; por tanto, Estando a lo expuesto y a las facultades que le confieren los articulos 9º, 12º, 39º, 41º y 44º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta. ACORDO: Articulo Primero.- FIJAR la Remuneracion Mensual del MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral, en la suma equivalente a Cuatro y Un MORDAZA de la Unidad Remunerativa del Sector Publico (4.25 URSP), por todo concepto. Articulo Segundo.- FIJAR el monto de la Dieta de los senores Regidores de la Municipalidad Provincial de Huaral, en la suma equivalente a 0.6375 de la Unidad Remunerativa del Sector Publico, por asistencia efectiva a una sesion de Concejo, abonandose hasta un MORDAZA de dos (2) Sesiones Mensuales, a partir del mes de febrero; cuyo total equivale al 30% de la Remuneracion Mensual del senor Alcalde. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion e Informatica y Gerencia de Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AGUAS VERDES
Establecen montos de remuneracion de MORDAZA y de Dieta de Regidores de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 02-2007-MDAV-SG

Aguas Verdes, 8 de enero del 2007 VISTO; En Sesion de Concejo Extraordinaria Nº 01 de fecha 5 de enero del 2007; bajo la Presidencia del senor MORDAZA ARQ. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Chininin, Sra. MORDAZA Jovany MORDAZA MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, El punto de Agenda 2.- Fijar Remuneracion para Sr. MORDAZA y Dietas a Sres. Regidores. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidad son Organos de Gobierno Local que gozan de Autonomia Administrativa, Economica y Politica en los asuntos de su competencia. Que, segun las normas Generales de Tesoreria, y de Presupuesto Publico, que dispone los montos para Remuneracion de Alcaldes Provinciales y Distritales, asi como las Dietas para los senores Regidores, que se fija en base a la disponibilidad presupuestal de cada Municipalidad, en la actual Gestion el Titular del Pliego su Remuneracion sera de S/. 9388.00 afecto a descuentos de Ley, existiendo un compromiso formal que aportara la suma de S/. Un Mil Nuevos Soles para Trabajo Social. El Concejo Municipal sebe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada quince dias y los Sres. Regidores pueden percibir dietas por un MORDAZA de 4 sesiones, y que en el presente ano fiscal se establece que MORDAZA 4 sesiones al mes, en S/. 675.00 cada sesion, dando un total de S/. 2,700.00, existiendo un compromiso formal que cada Regidor de sus dietas aportar la suma de S/. 500.00 Nuevos soles., para trabajo Social. Y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por Mayoria Calificada ACORDO: Articulo Primero.- ESTABLECER, la Remuneracion mensual para el Titular del Pliego de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la suma de S/. 9,388.00 (Nueve Mil Trescientos Ochenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles), con los descuentos de Ley, No debiendo acogerse a convenios Colectivos, asimismo de su remuneracion mensual, efectuara cada mes un aporte economico de S/. 1,000.00 (Un Mil y 00/100 Nuevos Soles) para trabajo social. Articulo Segundo.- ESTABLECER, la suma de S/. 675.00, por dieta a percibir de los senores Regidores de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, por asistencia efectiva a la Sesion de Concejo, y hasta un MORDAZA de 4 sesiones al mes siendo un total de S/. 2,700.00 (Dos Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles, existiendo un compromiso formal de cada Regidor que aportara la suma de S/. 500.00 (Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), cada mes para trabajo social. Articulo Tercero.VER los mecanismos administrativo, en coordinacion con el Area de Asistencia Social se cristalice el aporte para trabajo social que tendra la Municipalidad Distrital de Aguas verdes. Articulo Cuarto.- Derivar a la Gerencia Municipal, oficina de Presupuesto y Planeamiento, se adopten las

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