Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2007 (01/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

340749

Generales y Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
30708-1

de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA DE INTERES PARA DEVOLUCIONES POR PAGOS REALIZADOS INDEBIDAMENTE O EN EXCESO EN MATERIA TRIBUTARIA PARA EL ANO 2007 Articulo Primero.- Fijese en treinta y dos centesimos por ciento (0.32 %) mensual, la tasa de interes aplicable para el ejercicio 2007, a las devoluciones en moneda nacional a efectuarse por pagos realizados indebidamente o en exceso en materia tributaria. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, asi como a la Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA
31581-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen tasa de interes para devoluciones por pagos realizados indebidamente o en exceso en materia tributaria durante el ano 2007
ORDENANZA Nº 283-MSS

MORDAZA de MORDAZA, 27 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: CONSIDERANDO: Que, los articulos 162º y 163º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establecen el procedimiento para la atencion de las solicitudes de devolucion de pagos indebidos o en exceso realizados por el contribuyente ante la Administracion Tributaria; Que, el primer parrafo del articulo 38º del mismo cuerpo legal, establece que las devoluciones de pagos realizados indebidamente o en exceso se efectuaran en moneda nacional agregandoles un interes fijado por la Administracion Tributaria, el cual no podra ser inferior a la tasa pasiva de MORDAZA promedio para operaciones en moneda nacional (TIPMN) publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones el ultimo dia habil del ano anterior, multiplicado por un factor de 1.20 en el periodo comprendido entre el dia siguiente a la fecha de pago y la fecha en que se ponga a disposicion del solicitante la devolucion respectiva; Que, el ultimo dia habil del ano 2006 fue el dia 29 de diciembre, siendo la Tasa de Interes Pasiva de MORDAZA Promedio para Operaciones en Moneda Nacional publicada por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de 3.19% anual; Que, de conformidad con el articulo 38º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 139-99-EF y modificatorias, resulta necesario que la Municipalidad de MORDAZA fije la tasa de interes aplicable a los procedimientos de devolucion de pagos indebidos o en exceso de naturaleza tributaria; Estando al Informe Nº 003-2007-GAT-MSS de fecha 05.01.07 de la Gerencia de Administracion Tributaria, al Informe Nº 031-2007-OAJ-MSS de fecha 10.01.07 de la Oficina de Asesoria Juridica y contando con Dictamen Nº 001-2007-CGM-CAJ-MSS Dictamen Conjunto de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos de fecha 21 de febrero de 2007; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) del articulo 9º y por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del tramite

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ATALAYA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2007
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 029-2007-A-MPA

Atalaya, 29 de enero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ATALAYA VISTO: El Informe Nº 015-2007-ADM-MPA del 26 de enero del 2007, presentado por la Oficina de Administracion de la Municipalidad Provincial de Atalaya, referente al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la MPA - 2007 y el Proveido Nº 0425-GM-MPA de fecha 26 de enero del 2007. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680 dispone que las Municipalidades Provinciales, Distritales, son Organos de Gobierno Local, con Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, en el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 22º y siguientes de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, y la Resolucion Nº 380-2003CONSUCODE/PRE, de fecha 29 del diciembre de 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE, que regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual; establecen que cada Entidad, debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, consolidando la

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