Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2007 (05/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2007

MORDAZA de especialidad, por el que se deben integrar las funciones y competencias afines; Que, el Decreto Supremo Nº 080-2006-PCM dispuso la actualizacion del inventario de los programas sociales a fin de obtener la informacion necesaria para la elaboracion de una propuesta consistente de fusion, integracion y/o articulacion de los diversos programas existentes, teniendo en cuenta los ejes del Plan Nacional para la Superacion de la Pobreza; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2007-PCM fue aprobado el "Plan de Reforma de Programas Sociales", que contiene lineamientos para la fusion, integracion y/o articulacion de los programas sociales; Que, de acuerdo al articulo 58º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 018-2006-TR, la Direccion Nacional de la Micro y Pequena Empresa es el organo de linea de ambito nacional encargado de formular, coordinar, promover, evaluar y supervisar la politica nacional y la normatividad legal y tecnica correspondientes a las micro y pequenas empresas, formales o informales, y la poblacion economicamente activa con iniciativas de negocios, especialmente jovenes y mujeres de escasos recursos; Que, conforme al articulo 59º de la MORDAZA citada en el parrafo precedente, la Direccion Nacional de la Micro y Pequena Empresa tiene entre sus funciones las de formular, proponer, coordinar, supervisar y evaluar la politica nacional de promocion del desarrollo y formalizacion de la micro y pequena empresa; formular, proponer e implementar programas y proyectos de promocion a las micro y pequenas empresas y el apoyo de nuevos emprendimientos, asi como promover el desarrollo empresarial con responsabilidad social y condiciones laborales adecuadas en las micro y pequenas empresas; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 60º de la Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR, el PROFECEPrograma Femenino de Consolidacion del Empleo es un Programa adscrito a la Direccion Nacional de Micro y Pequena Empresa, dirigido a promover programas de apoyo, empleo y generacion de ingresos para las mujeres de escasos recursos, mejorando el nivel de sus competencias productivas y habilidades personales, asi como la articulacion comercial de sus actividades productivas a mercados locales, regionales y de exportacion; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MTPE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1732002-TR, establece que son funciones del Programa de Auto Empleo y Micro Empresa - PRODAME, entre otras, fomentar la constitucion de micro y pequenas empresas a fin que tengan acceso a los recursos economicos y financieros del sistema formal, brindar asesoria tecnica gratuita en aspectos legales y de gestion empresarial, desarrollar programas de capacitacion en lo referente a constitucion y formalizacion de micro y pequenas empresas; Que, el citado Reglamento de Organizacion y Funciones dispone como funciones del Fondo de Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa - MORDAZA de Capacitacion Laboral y Empresarial - FONDEMI - BONOPYME, entre otras, promover la demanda de servicios de desarrollo empresarial y formacion de recursos humanos de las MYPE, promover nuevas iniciativas empresariales, facilitar el acceso de las MYPE a servicios financieros y favorecer la incorporacion de jovenes con formacion tecnica y capacidad de gestion a las MYPE; Que, las acciones y utilizacion de Bonos mencionadas se desarrollan en el MORDAZA del Programa "Peru Emprendedor", cuya finalidad es fomentar el desarrollo de las micro y pequenas empresas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 356-2006-TR se crea el Programa MI EMPRESA bajo la articulacion del Programa de Auto Empleo y Micro Empresa - PRODAME y del Fondo de Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa - MORDAZA de Capacitacion Laboral y Empresarial - FONDEMI ­ BONOPYME; Que, por lo MORDAZA expuesto y conforme a lo propuesto por la Secretaria Tecnica de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales ­ CIAS, es conveniente concentrar

y consolidar las funciones y acciones de promocion del Estado que venian siendo cumplidas por el Programa de Auto Empleo y Micro Empresa ­ PRODAME el Programa Femenino de Consolidacion del Empleo ­ PROFECE y el programa BONOPYME ­ MORDAZA de Capacitacion Laboral y Empresarial, a traves del Programa Mi Empresa, un programa de desarrollo empresarial integral, que contempla todos los componentes, orientandolos a un fin y a una meta comun, articulandolos en una politica mas integral con el objetivo de impulsar y mejorar la competitividad de la micro y pequena empresa, asi como promover el desarrollo de nuevos emprendimientos, a traves de una estrategia integral de capacitacion, asistencia tecnica, promocion de mercados y articulacion empresarial; De conformidad con el articulo 13º de la Ley Nº 27658, modificado por la Ley Nº 27899 y el Decreto Legislativo Nº 560, con el informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- De la fusion del PRODAME, del PROFECE y del BONOPYME en el Programa Mi Empresa Aprobar la fusion de los programas: PRODAME Programa de Auto Empleo y Micro Empresa, PROFECE - Programa Femenino de Consolidacion del Empleo y BONOPYME ­ MORDAZA de Capacitacion Laboral y Empresarial del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo con el Programa Mi Empresa; correspondiendole a este ultimo la calidad de programa incorporante. El Programa Mi Empresa estara a cargo de la Direccion Nacional de la Micro y Pequena Empresa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y su objetivo sera impulsar y mejorar la competitividad de la micro y pequena empresa y el desarrollo de nuevos emprendimientos, para lo cual promovera la formalizacion de las micro y pequenas empresas y el acceso a servicios de desarrollo empresarial a traves de una estrategia de promocion de capacitacion, asistencia tecnica, asociatividad, articulacion empresarial, desarrollo de mercados y acceso al credito. Articulo 2º.- Adecuacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo debera adecuar su Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de acuerdo a lo establecido en el presente Decreto Supremo dentro de un plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario contados desde la entrada en vigencia de la presente norma. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Primera.- Extincion El MORDAZA de fusion, a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, culminara en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo. Dentro dicho plazo, correspondera al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo determinar la fecha de culminacion de la fusion y presentara la propuesta de adecuacion de su Reglamento de Organizacion y Funciones, siendo que a partir de dicha fecha el PRODAME, el PROFECE y el BONOPYME quedaran extinguidos. Segunda.- Normas complementarias Facultese al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a dictar las normas complementarias necesarias para la mejor aplicacion del presente Decreto Supremo. Tercera.- Coordinacion con Gobiernos Regionales Para la implementacion del Programa Mi Empresa en los Gobiernos Regionales, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo podra suscribir con ellos convenios de

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