Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2007 (05/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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cooperacion para que PRODAME pueda insertarse dentro de las funciones y actividades del Programa Mi Empresa. Cuarta.- Derogacion de normas legales Deroguense las normas legales que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. DISPOSICION FINAL TRANSITORIA Unica.- Manual Operativo del Programa Mi Empresa En el plazo de noventa (90) dias calendario, se aprobara mediante Resolucion Ministerial el Manual Operativo del Programa Mi Empresa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 56901-4

moviles, a fin de promover la entrada de un MORDAZA operador en este segmento de mercado; Que, la referida precision, se enmarca en la politica de la presente administracion de promover la inversion privada en el sector y consolidar la competencia en la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones a fin de elevar la calidad de MORDAZA de las personas; Estando a lo dispuesto en el inciso 8 del Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 27791, el Decreto Supremo N° 013-93-TCC y Decretos Supremos N°s. 027-2004-MTC y 003-2007-MTC; DECRETA: Articulo 1°.- Los concesionarios de servicios publicos moviles no podran participar en el concurso publico para la asignacion en conjunto de las Banda B (835-845 MHz / 880890 MHz y 846,5-849 MHz / 891,5-894 MHz) y Bandas D (1 865 - 1 870 MHz/ 1 945-1950 MHz) y E (1 882,5 - 1 895 MHz / 1 962,5 - 1 975 MHz) a que se refieren las Resoluciones Ministeriales N° 735-2006-MTC/03 y 903-2005-MTC/03, asi como para el otorgamiento de la concesion para la prestacion de estos servicios, de ser el caso. Estas restricciones se aplican a toda persona natural o juridica vinculada a los concesionarios MORDAZA senalados, conforme a las normas especiales sobre vinculacion y grupo economico aprobadas por Resolucion SBS N° 4452000, Resolucion CONASEV N° 090-2005-EF/94.10 y Resolucion CONASEV N° 005-2006-EF/94.10. Articulo 2°.- Los concesionarios de servicios publicos moviles podran participar en el concurso publico para la adjudicacion de las bandas a que se refiere el articulo 1° del presente Decreto Supremo, siempre que dicha adjudicacion no se realice en forma conjunta. En este supuesto, los concesionarios se sujetaran a los topes establecidos en el articulo 1° del Decreto Supremo N° 011-2005-MTC y, de ser el caso, a lo dispuesto en el articulo 225° inciso 6 del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Articulo 3°.- No podran participar en el concurso publico para la adjudicacion por separado de la Banda B a que se refiere el articulo 1° del presente Decreto Supremo, aquellos concesionarios que se encuentren incursos en el supuesto previsto en el articulo 2° del Decreto Supremo N° 011-2005-MTC, siendo de aplicacion lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 1° de la presente norma. Articulo 4°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 56902-3

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Precisan participacion de operadores de servicios moviles en concursos publicos para la asignacion de bandas
DECRETO SUPREMO N° 014-2007-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 6° del Texto Unico de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece que el Estado fomenta la libre competencia en la prestacion de los servicios de telecomunicaciones, regula el MORDAZA de forma que se asegure el normal desenvolvimiento, se controle los efectos de situaciones de monopolio y se evite practicas y acuerdos restrictivos derivados de la posicion dominante de una empresa o empresas en el mercado; Que, los Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de las Telecomunicaciones en el Peru, aprobados por Decreto Supremo N° 020-98-MTC y modificados por Decreto Supremo N° 040-99-MTC, dispusieron en su lineamiento 88, que siendo interes del Estado incentivar la entrada de un MORDAZA operador para prestar el servicio de comunicaciones personales (PCS), los concesionarios del servicio telefonico movil, no podian participar en el concurso publico para la asignacion de la Banda A (1850-1865 MHz / 1 930 -1 945 MHz); Que, de igual modo, mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-MTC, se incorporo a los citados Lineamientos el numeral 88-A, disponiendose que los concesionarios del servicio telefonico movil y del servicio de comunicaciones personales (PCS), no podian participar en el concurso publico para el otorgamiento de concesion y asignacion de la Banda A (1 710 - 1 725 MHz / 1 805 - 1820 MHz) o Banda C ( 1 895 - 1910 MHz/ 1 975 - 1990 MHz), a fin de priorizar la entrada de un MORDAZA operador en el MORDAZA de servicios publicos moviles; Que, habiendose dispuesto mediante Resolucion Ministerial N° 735-2006-MTC/03 y Resolucion Ministerial N° 903-2005-MTC/03, la realizacion de concursos publicos para la asignacion de las Bandas B y Bandas D y E, respectivamente, asi como su respectiva concesion, de ser el caso; resulta igualmente necesario precisar los supuestos de participacion de los operadores de servicios

Amplian areas de concesion otorgadas a empresas para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL N° 189-2007-MTC/03 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007 VISTO, el expediente N° 2003-018487 presentado por la empresa CABLE VISION DEL NORTE S.A.C. (antes MORDAZA TELEVISION E.I.R.L.) para la modificacion del contrato de concesion para prestar el servicio de distribucion de radiodifusion por cable, en lo referente a la ampliacion del area de concesion; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 131-99MTC/15.03 de fecha 6 de MORDAZA de 1999, se otorgo a la

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